"Es posible que por vía civil se considere al P2P como ilícito"
Con la reciente reforma de la LPI, con una nueva definición de copia privada más restringida y la incorporación del nuevo derecho de puesta a disposición, se ha dejado mucho lugar a la interpretación y, por lo tanto, también a la arbitrariedad en lo que respecta a la legalidad de la descarga de obras intelectuales a través de redes P2P. Si bien por vía penal no existe posibilidad de ser condenados a las penas de multa y prisión que prevé el artículo 270 del Código Penal, es posible que por vía civil los tribunales consideren actualmente esas copias como ilícitas y que puedan dar lugar por tanto a las indemnizaciones previstas en la LPI.