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Al cambiar de compañía de fibra ¿se reutiliza la instalación y el cable de acometida vertical o se hace de nuevo?

Joshua Llorach
CTO en fachada con acometidas verticales de fibra

Una pregunta frecuente es si al cambiar de operadora de fibra, el instalador de la nueva compañía tendrá que volver a tirar el cable que entra de la calle a la vivienda y llega hasta la roseta óptica, o por el contrario puede reutilizar el que ya hay instalado. La respuesta es que depende del año de construcción de la vivienda y de qué operadoras están implicadas en el cambio.

Las acometidas de fibra deben estar listas para compartir

Las operadoras con red propia de fibra alquilan a Telefónica, gracias a la oferta regulada MARCo, el uso de sus conductos, arquetas, cámaras de registro y postes, para introducir su propia fibra y llegar a los edificios. Allí instalan instalan sus propias cajas terminales CTO junto a las de Movistar, como puedes ver en la imagen que abre este artículo.

En los primeros despliegues, las fibras que salían de una caja CTO estaban fusionadas en vez de conectorizadas, por lo que requería mucho trabajo desconectar a un cliente o cambiarlo de puerto. La CNMC obligó en 2009, con la famosa resolución de verticales1, a que las CTO tengan conectores para que las acometidas puedan cambiarse fácilmente entre CTO de diferentes operadores cuando el cliente cambia de compañía.

Las operadoras tratan de instalar las cajas CTO juntas en la misma zona de la fachada, de forma que resulte sencillo cambiar la acometida de un cliente desde la red de una operadora a otra. Sin embargo, no todas las operadoras tienen permiso para hacer este cambio.

Acometidas en edificios modernos

La situación más sencilla para reutilizar acometidas la encontramos en los edificios construidos desde marzo de 2011 con la normativa ICT2, puesto que ya traen, desde el módulo de clientes instalado en el cuarto RITI, 2 pares de fibra desplegada hasta cada domicilio. Cuando una nueva operadora llega al edificio, solo tiene que instalar en este recinto su módulo de operador y con cada alta tender puentes al puerto de cada vivienda. En este caso las acometidas verticales son propiedad de la comunidad y se comparten entre todos los operadores de cualquier marca.

Módulos CTO interior cliente y operadora
Puertos del módulo cliente listos para empalmar con los puertos asignados en el módulo de operador. Instalación situada en el cuarto RITI de los edificios construidos desde 2011.

Acometidas en edificios antiguos y muy antiguos

Los edificios construidos con la normativa ICT que entró en vigor en 1999 y estuvo vigente hasta 2011, también cuentan con cuarto RITI, pero no disponen de instalación interior de fibra. Peor es el caso de los edificios más antiguos construidos antes de 1999, ya que no disponen de espacio común para los servicios de telecomunicaciones, razón por la que las operadoras instalan las cajas CTO en el exterior sobre la fachada.

La primera operadora que llega a estos dos tipos de edificios notifica a la comunidad su intención de desplegar fibra y tras un mes puede empezar con los trabajos, convirtiéndose en gestor de los recursos de red del edificio. Como tal, la regulación le obliga a aceptar en un plazo máximo de 4 meses acuerdos con otras operadoras interesadas en usar la red del edificio, a las que tendrá que ofrecer las acometidas a precios razonables.

Si la nueva operadora que llega al edificio a partir de ese momento ha firmado acuerdo para compartir acometidas con la operadora gestora del edificio, solo tienen que desconectar la acometida del cliente de la CTO del operador donante para conectarla a un puerto de su propia CTO. En caso contrario tendrá que instalar su propia acometida paralela a la que ya existe.

¿Puede Digi utilizar acometidas de Movistar?

El primer acuerdo de este tipo se produjo en el 2012 entre la entonces independiente Jazztel y Telefónica. Un año después se sumaron Orange y Vodafone. En 2016 Orange y MásMóvil alcanzaron un acuerdo similar.

Con este tipo de acuerdos, habitualmente las operadoras se comprometen a desplegar red en un número determinado de hogares y darse acceso mutuo a las acometidas mediante la cesión de derechos irrevocables de uso IRU (Indefeasible Right of Use), que les da derecho a usar las verticales durante unos 20 años. Cada vez que un cliente cambia de operadora se traspasa la propiedad de la acometida y el nuevo operador es responsable de su mantenimiento.

Puesto que como hemos visto solo las grandes operadoras cuentan con este tipo de acuerdos, operadoras locales y alternativas como Digi no pueden utilizar las acometidas de sus competidores y debe instalar su propio cableado vertical y la instalación dentro del domicilio.

  1. Resolución de acometidas verticales de fibra de la CNMC

Actualizado