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¿Es necesario el permiso de los vecinos para instalar fibra y cajas CTO?

Joshua Llorach
Fibra desplegada en fachada

Las operadoras gozan de algunos privilegios a la hora de desplegar las redes de fibra en las calles y edificios. Muchos vecinos desconocen la normativa, así que no es raro que haya conflictos de todo tipo en los que un propietario protesta porque una operadora ha instalado el cableado de fibra o una caja en su fachada sin pedirle permiso, lo que deriva en conflictos y rivalidades con otros vecinos que no pueden acceder al servicio. Los hay que incluso han cruzado algunos límites como quitar los cables o cortar la fibra, lo que supone un sabotaje penado por la ley.

Pero ¿qué dice la normativa? Las redes públicas de telecomunicaciones se consideran1 equipamiento de carácter básico y obra de interés general que está por encima de los intereses particulares de los propietarios, por lo que disfrutan de derechos especiales a la hora de acceder a edificios o utilizarlos como soporte para el despliegue.

La Secretaría de Estado para el Avance Digital publicó una nota aclaratoria2 para ayudar a interpretar lo que el artículo 45 de la Ley General de Telecomunicaciones dice sobre cómo las operadoras deben actuar a la hora de instalar sus redes en edificios ajenos y donde queda claro quién tiene la razón.

¿Puede una comunidad de vecinos impedir que me instalen la fibra?

Cartel no pasen cables por fachada
Cartel de un vecino pidiendo que no se instale cableado en su fachada

El primer caso nos lo encontramos dentro de comunidades de vecinos en las que un residente quiere ponerse fibra y el resto de vecinos entiende que es una decisión que deben tomar todos en junta de propietarios. La realidad es que la ley otorga a las operadoras el derecho a desplegar sin pedir permiso, aunque sí deben seguir un procedimiento.

  • Si se trata del primer operador que despliega en el edificio solo tendrá que presentar una memoria descriptiva de las actuaciones previstas y tras un mes podrá iniciar la instalación. Tendrá que frenar sus planes si la comunidad acredita que ningún vecino está interesado o que van a adaptar el edificio a la normativa ICT.
  • Si en el edificio ya hay un operador, el segundo que llegue solo tiene que avisar con un mes de antelación. Podrá reutilizar las acometidas del primer operador si tienen acuerdo entre ellos o bien instalar las suyas propias.

Con esta información sabemos que, por ejemplo, si una operadora como Digi se quiere instalar en un edificio donde ya está presente Movistar, solo tiene que avisar con un mes de antelación y puede instalar sus propias acometidas de fibra paralelas a las ya existentes.

Modulo de operador de MásMóvil en cuarto RITI

¿Puede un vecino prohibir que el cable de fibra pase por su fachada?

El segundo caso son los despliegues en paso, en los que la operadora utiliza la fachada de un edificio para sostener su cable de fibra y otros elementos como divisores y cajas CTO. La pregunta es ¿debe la operadora pedir permiso al propietario del edificio? La ley dice que no.

Incluso si nadie en el edificio en cuestión va a utilizar la fibra, las operadoras están directamente habilitadas para utilizar una fachada si es necesario para llegar al resto de viviendas de la calle. El único requisito es presentar al propietario una descripción de la actuación al menos un mes antes de efectuarla.

Las únicas excepciones son que haya una canalización subterránea usable que evite usar la fachada o en casos justificados de edificaciones del patrimonio histórico-artístico o que puedan afectar a la seguridad pública.

Instalador de Adamo

Puedes entender cómo es el despliegue de fibra en las calles en este artículo: Cómo es el despliegue de la red de fibra FTTH GPON de Movistar

Qué hacer si un vecino se opone a que te instalen la fibra

Como hemos visto, las operadoras tienen derecho a instalar en el interior de comunidades de vecinos y pasar sus cables o fijar cajas en fachadas ajenas. La realidad es que no siempre ejercen este derecho. Si un vecino se opone y el problema afecta a pocos clientes, prefieren dejarlo correr y dejar que los vecinos afectados resuelvan el conflicto mientras se le da servicio mediante otras soluciones, como por radio. Esto deja al usuario que quiere contratar fibra en una situación de indefensión ante la terquedad de un vecino.

La única posibilidad que se puede probar en este caso es abrir una reclamación ante Usuarios Teleco exponiendo el caso, para que recuerde a la operadora su derecho de paso. En cualquier caso, las operadoras son empresas privadas que tienen libertad para decidir si les sale a cuenta continuar con la instalación.

  1. Art. 34.2 de la Ley General de Telecomunicaciones
  2. Nota aclaratoria sobre el art. 45 de LGT

Actualizado