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Por qué el derecho de desistimiento en la fibra finaliza cuando hacen la instalación

Joshua Llorach
Derecho desistimiento

Tienes 14 días para arrepentirte de haber contratado la fibra, pero la mayoría de usuarios desconoce que en la práctica este plazo es más corto. Una vez activo el servicio el derecho desaparece y toca enfrentarse a penalizaciones que pueden llegar a ser de más de 300 €.

El derecho de desistimiento está reconocido por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios1. Otorga la posibilidad al cliente de dar marcha atrás sin tener que dar explicaciones, siempre que lo haga durante los primeros 14 días tras comprar un producto o contratar un servicio a distancia en una web de internet o por teléfono. Al comprar en una tienda online resulta sencillo ejercer este derecho simplemente enviando el producto de vuelta dentro de plazo, pero la situación se complica y da para muchas interpretaciones en el momento que el objeto del contrato es un servicio como el acceso a internet mediante fibra en un domicilio, que conlleva unos gastos de instalación, consumo del servicio y posible penalización por permanencia.

El derecho de desistimiento finaliza al iniciarse el servicio

Aunque el derecho de desistimiento también protege a los contratos de productos de telecomunicaciones, como cuando contratamos una línea móvil o acceso a internet por fibra en casa, la mayoría de los usuarios no tiene en cuenta que en ellos se aplica una de las de las excepciones contempladas por la ley (art. 103 a1) que hace que caduque en el momento que se empieza a prestar de forma efectiva el servicio. Este momento es "cuando la ejecución haya comenzado", lo que ocurre cuando activamos la SIM o se completa la instalación de la fibra en el domicilio.

Plazo para ejercer el derecho de desistimiento en la fibra

La situación es más complicada de interpretar si has contratado un paquete convergente, pues la operadora puede dar el derecho por caducado en el momento que empieza a prestar uno de los servicios, por ejemplo el móvil, sin esperar a que el resto, como la fibra, estén activos.

Las hay que pretenden cobrar incluso si no se ha empezado a prestar el servicio. La segunda marca de Orange, Jazztel, da a entender en sus condiciones que cargará más de 300€ si no se completa la provisión, una cantidad superior a la que piden en el resto de operadoras y que es claramente desproporcionada.

En el caso de que el CLIENTE durante la provisión de los servicios, solicitase la baja de los mismos, deberá abonar hasta 260€ imp ind.no incl. (hasta 314,6 IVA incl.) en concepto de servicios de provisión ya ejecutados.

¿Quién tiene razón? Es cierto que la redacción de la ley es claramente confusa respecto a las penalizaciones por permanencia durante el periodo de desistimiento, pero la interpretación de los expertos2 dice que no hay posibilidad cobrar ninguna penalización si se ejerce el derecho en plazo.

Orange80€
Jazztel314,6€
Movistar/O20€
Vodafone/Lowi150€
MásMóvil181,5€
Penalización por permanencia de cada operador aplicable si se desiste tras la instalación

Si crees que tu compañía no ha respetado tu derecho de desistimiento en la fibra, puedes iniciar una reclamación formal: Cómo reclamar con contundencia contra tu compañía en la Oficina de Atención de Usuarios de Telecomunicaciones

Derecho de desistimiento en la fibra ¿Pueden penalizarte?

  1. boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555
  2. centrodeestudiosdeconsumo.com/images/CON…IARIOS/8.pdf

💬 Comentarios

mateodd
1

Movistar si tiene coste de instalación, o por lo menos eso pone en el contrato. Se aplica solo "en casos de cancelación en instalaciones provisionales". Por lo que he visto por ahí, parece que son 3 meses pero no estoy seguro.

mov2.webp
🗨️ 3
Lobo Anonimo
1

Movistar suele ir por ahi diciendo que "no tienen permanencia".

Realmente si la tienen y son 3 meses. Eso de que "no tienen permanencia" es puro marketing.

A mi una vez me subieron el precio de mi contrato 2-3 semanas de contratarlo. Por ley tenia el derecho de dar de baja el contrato sin penalizacion. Cuando lo quise cancelar, me querían meter automaticamente la cuota de instalación aunque por ley (Europea) no esta permitido. Estuve una semana peleandome por telefono, y al final me ofrecieron 50% de descuento durante 12 meses y me quedé con ellos.

🗨️ 1
Mick Diaz

Movistar a mi me lleva instalando y desinstalando un ADSL de 19 megas reales desde hace más de 3 años, y sin permanencia. Y lo he hecho al menos 6 veces sin más que una llamada.

Y cero permanencia.

Io40

Movistar tenía 3 meses hasta no hace mucho, y de hecho lo indicaban claramente en sus tarifas, hoy no tiene permanencia ninguna.

BocaDePez
BocaDePez
1

R te clava 150€ iva incluido por instalacion , luego vete a la OCU y reclama pero por lo de pronto la factura te llega

🗨️ 8
Mick Diaz

Yo creo que los Derechos están ahí, y que cuando estamos cumpliendo el contrato, notificando debidamente al operador y lo resolvamos conforme a nuestros derechos sin menoscabar los del operador…

Por ejemplo, ejercitamos nuestro derecho de desistimiento del contrato, burofax al operador, llamada telefónica notificándolo, y todos los recibos que pasen a partir de ahí, se devuelven.

En este caso correspondería al operador reclamarnos lo que crean conveniente, simpre que nosotros hayamos cumplido correctamente, no tendremos problema.

¿Nos inscriben en ASNEF? No hay problema, el puro se lo acabarán comiendo ellos. Ya hay jurisprudencia bastante en ese sentido.

rbetancor
2

¿Y la OCU que es? … ¿los reyes magos o que? …

¿Cuando aprenderá la gente que la OCU es UNA ORGANIZACIÓN PRIVADA? … no tienen ningún tipo de potestad para absolutamente NADA.

Lo más que harán, será presentar una reclamación ANTE QUIEN SI TIENE POTESTAD.

🗨️ 1
Io40

Y sólo si eres miembro (es decir, si eres de los que paga una cuota por sus servicios, sino no creo que tampoco muevan un dedo).

Como dicen esto ha de ir a lo que vulgarmente llamamos Consumo.

EmuAGR
1

Las reclamaciones se ponen en la OMIC: Oficina Municipal de Información al Consumidor, aka "Consumo".

🗨️ 4
raleo

Error, se ponen en el juzgado.

Las juntas de arbitrajes sólo están para descongestionar la justicia, pero no se está obligado a someterse a ellas.

Creo recordar que Jazztel y Ono se "limpiaba el culo" con las reclamaciones.

Solo las empresas que voluntariamente han aceptado los laudos arbitrales están obligadas.

🗨️ 3
Io40

Exacto, pero lo suyo es ir a Consumo, poner allí la correspondiente denuncia, y entonces puedes dejar de pagar cuotas o recibos que te pasen relacionados con esa denuncia hasta que se resuelva sin que eso te suponga un perjuicio a ti.

🗨️ 1
raleo
1

En consumo no se ponen denuncias, solo reclamaciones. Y tienes que seguir pagando las facturas. Es en usuarios teleco donde si tendría una consideración parecida al juzgado. Pero solo entran en algunos tipos de reclamaciones, y esos sí que no tendrías que pagar la parte que reclamas.

Es decir, que lo que comentas de no pagar, es para cuando el litigio es sobre productos que tú dices que no has contratado y mientras se determina quién tiene razón.

PEro si la reclamación es sobre un descuento o la desestimación, si tienes que abonar, y esperar resolución.

rbetancor

Ummm … no, cuando un operador se da de alta en el registro de operadores, hay una casilla muuuuuuuuuuu bonita que dice "El operador se somete voluntariamente a las resoluciones de las juntas arbitrales".

Osea … aquellos operadores que hayan marcado esa casilla, tienene SI o SI, que aceptar los laudos. Luego ya pueden acudir a la justicia ordinaria sino están de acuerdo.

Lo que pasa, es que hay muchos operadores, que NO se someten a las juntas arbitrales, como Jazztell … Ono si se sometía.

BocaDePez
BocaDePez

Gracias @Josh, creo que es muy interesante y nadie tenemos claro. Pon una chincheta.