El Tribunal Europeo de Luxemburgo ha sentenciado que los números de atención al cliente no pueden costar más que una llamada a un número convencional.
El tribunal se pronuncia tras la denuncia de una organización de consumidores alemana contra un fabricante de productos electrónicos que utilizaba un número de este tipo para atender a sus clientes. La directiva europea sobre los derechos de los consumidores aclara que el cliente no debe pagar más que la tarifa básica de llamadas, pero la empresa argumentaba que no queda claro qué es lo que se considera una tarifa básica.
La nueva sentencia sí aclara su definición, precisando que "no puede exceder del coste de una llamada a una línea telefónica fija del área geográfica correspondiente o móvil estándar".