La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 900.000 euros impuesta en abril de 2002 por el Tribunal de Defensa de la Competencia (hoy CNC tras la fusión de éste con el Servicio de Competencia) a Telefónica por abuso de posición dominante al privilegiar a su filial Telefónica Data el acceso al servicio de ADSL y retrasar la conexión de los otros proveedores de servicios de Internet.
Competencia multó a Telefónica por infringir el artículo 6 de la Ley 16/1989 de Defensa de la Competencia y no cumplir con las Ordenes Ministeriales de 26 de marzo de 1999, que regulaban las condiciones en las que los operadores dominantes de redes públicas telefónicas fijas debían de proveer el acceso al bucle del abonado incorporando tecnologías de ADSL.