El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas multó el pasado 28 de abril a España por no trasponer la directiva 2001/29/CE lo que ha apresurado que el Gobierno ya haya aprobado la remisión a las Cortes Generales del proyecto de ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Con ello, el Ejecutivo acata definitivamente la normativa europea. A destacar, según la nota de prensa del Ministerio de Cultura, lo siguiente:
- La regla general para el uso de las obras sujetas a derechos de autor será la de disponer de autorización expresa del autor o del titular de los derechos sobre la obra, salvo bibliotecas y establecimientos análogos, profesores de enseñanza reglada dentro de las actividades docentes, personas discapacitadas o procesos judiciales.
- La novedad más llamativa de esta nueva regulación es la figura del denominado derecho de puesta a disposición interactiva, que regula expresamente el uso y explotación de obras en Internet con la autorización de los autores o de los titulares de los derechos. Sobre obras derivadas, hay que decir que los derechos morales (autoría e integridad de la obra), no prescriben nunca.
- En cuanto a la copia privada (lo analógico sigue igual y se regula lo digital por primera vez), el proyecto de ley "establece un régimen flexible, transparente y ágil para el establecimiento de la compensación por copia privada en el ámbito digital". El texto prevé que, en un plazo de cinco meses a partir de su aprobación, los sectores implicados acuerden una relación de los equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de compensación a los titulares de los derechos, así como la cuantía que deberán pagar. Un acuerdo que se revisará cada dos años y que será propuesto a los Ministerios de Cultura e Industria, Comercio y Turismo que decidirán, previa consulta al Consejo General de Consumidores y Usuarios. Se excluye expresamente del canon los discos duros de ordenador y las conexiones ADSL, y todos los sistemas de almacenamiento que no se usen preferentemente para copias.
- Punto polémico el de las anti-copia. Las medidas tecnológicas constituyen una herramienta para asegurar la protección de las obras y prestaciones en el contexto de la Sociedad de la Información y para evitar copias no autorizadas. Así, el proyecto de ley considera infracciones contra los derechos de autor las actividades que sirvan para eludir las medidas tecnológicas con las que los titulares de derechos hayan protegido sus obras.
- En otro orden de cosas, el proyecto dispone que será lícita la cita de obras ajenas ya divulgadas, de naturaleza escrita o audiovisual, con fines docentes o de investigación. Las reseñas o revistas de prensa tendrán consideración de citas, pero no aquellas recopilaciones de artículos periodísticos ("press clippings") que consistan en una mera reproducción con fines comerciales, lo que requerirá autorización del titular de derecho.
Actualizado: La Federación Antipiratería rechaza la nueva regulación de la copia privada, la SGAE y Promusicae aplauden el proyecto. Más en El País.