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Tramitación telemática de cualquier sociedad de responsabilidad limitada

alejandrosantos

La Dirección General de Política de la PYME está impulsando nuevas políticas que logran disminuir los tiempos de tramitación al constituir una empresa facilitando la labor de los emprendedores. El Ministerio Industria, Turismo y Comercio y el Ministerio de Justicia han elaborado un Proyecto de Real Decreto con el que se pretende extender la tramitación telemática, hasta ahora únicamente reservada a la Sociedad Limitada Nueva Empresa, a la constitución de cualquier Sociedad de Responsabilidad Limitada. Está previsto que el Real Decreto entre en vigor a primeros de 2007.

En este mapa, se recogen la dirección y datos de contacto de los PAITs (Puntos de Asesoramiento e Inicio de la Tramitación) a los que deben dirigirse los emprendedores con el fin de iniciar la tramitación telemática de su sociedad. Un procedimiento con el que sólo tendrán que acceder presencialmente a un PAIT y al notario que elijan para el otorgamiento de la escritura pública de la sociedad. De esta forma, se evitarán desplazamientos para realizar el resto de los trámites y el uso de formularios en papel. El sistema de tramitación telemática del CIRCE realizará la tramitación ante los organismos competentes, teniendo en cuenta los datos introducidos en el Documento ico Electrónico, que sustituye a los quince formularios actuales (liquidación del impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados; inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil; trámites ante Hacienda y Seguridad Social, etc.). En definitiva, esta medida permite la constitución y puesta en marcha de una sociedad en un tiempo record.

Nota de prensa del MITyC.

💬 Comentarios

Vermu

"En este mapa, se encuentra se recogen" aish... qué indecisos somos... pongo "se encuentra.." no.. que luego son dos cosas y tengo que ponerlo en plural.. entonces lo cambio y pongo "se recogen"... :P

🗨️ 1
usuario-eliminado

"En este mapa, se encuentra se recogen"

¿?¿?¿?

POC

Pues ya podían haber hecho eso antes... ¬¬

BocaDePez
BocaDePez

k dif hay entre SL y SLNE ?

🗨️ 1
alejandrosantos

A grandes rasgos:

- S.L. --> capital mínimo de 3.005,36 € sin que exista un tope máximo, íntegramente desembolsado. Puede provenir de aportaciones dinerarias o por aportaciones en especie (aquí responden solidariamente). Sus socios oscilan entre uno (sociedad unipersonal) y un número ilimitado. Pueden ser tanto personas físicas como personas jurídicas. No hay responsabilidad de los socios por deudas sociales. Los trámites llevan tiempo.

- S.L.N.E. --> capital mínimo de 3.012 € y el máximo de 120.202 que sólo puede provenir de aportación dineraria. Número de socios máximo de cinco y deben ser personas físicas. Los trámites son rápidos.

BocaDePez
BocaDePez

Y que hay de los autonomos?

🗨️ 4
alejandrosantos

Se optó por las Sociedades de Responsabilidad Limitada por ser el tipo de sociedad más utilizado en el mundo empresarial. Para autónomos, nada todavía aunque en la Seguridad Social, previa autorización, se puede realizar a través del sistema RED.

BocaDePez
BocaDePez

Para un autonomo, hay dos tramites.

1.- Sacar el IAE (Hacienda)

2.- Alta en la Seguridad Social.

Pagar trimestralmente el IVA y Hacer las declaracion de Hacienda como Autonomo.

Saludos

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Buenas, y para las Sociedades Civiles Particulares?

🗨️ 1
carrio

La unica ventaja de la SLNE es que puedes crear la empresa sentado desde la silla y lo unico q tuvimos es ir a por los papeles en el notario.

Desembolsa los 3000 eurillos del capital social y ya tienes SLNE

Sospecho q del total de SL, SLNE sera el 0,01%

salu2