El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado provisionalmente este martes que el sistema de cálculo del nuevo canon digital aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012 no se ajusta a las normas comunitarias. Lo que censura la justicia europea es que la compensación no se calcule según el perjuicio sufrido por los titulares de los derechos de autor, sino que se limite a priori en los presupuestos, como hace España, que fija un tope de 5 millones al año.
La opinión del abogado general no es definitiva, pero los jueces del Tribunal de Justicia siguen sus recomendaciones en un alto porcentaje de los casos. El fallo final se conocerá en unos meses y no sólo podría obligar a cambiar de nuevo la legislación española, sino que condicionará el nuevo modelo de canon digital para toda la Unión Europea que prepara la Comisión
Fundamentos jurídicos
En sus conclusiones de hoy el abogado general propone al Tribunal de Justicia que en su futura sentencia responda al Tribunal Supremo que la directiva deja libertad a los Estados miembros y no se opone a que la compensación se financie con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
En cambio, el abogado general sí considera que es contrario a la directiva fijar el importe de la compensación dentro de los límites presupuestarios establecidos a priori sin tener en cuenta el perjuicio real que han sufrido los titulares de los derechos.
Legislación
- Directiva 2001/29 sobre los derechos de autor
- Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público
- Real Decreto 1657/2012, de 7 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado