Hola
se ha cometido supuestamente un delito de apropiacion indebida
En todo caso seria un delito leve de hurto (por parte del empleado de la operadora si ha sido él quien se ha quedado con el iPhone) o de apropiación indebida (por parte de quien ha recibido el iPhone en calidad de préstamo y con la obligación de devolverlo), puesto que la operadora ha valorado el iPhone X en 350 € + IVA. Tal y como dispone el Código Penál en sus articulos 234 al 236, no supera los 400 euros; dado que se trata de un articulo de segunda mano ENTREGADO EN CALIDAD DE PRÉSTAMO, por la operadora a un cliente, NO DE UNA VENTA, y por lo tanto no puede llevar IVA.
A mi me da la sensación de que este asunto se resolverá de forma sencilla al acudir el usuario a la tienda de la operadora y solucionarlo con la misma persona que le atendió y al cual le entrego el iPhone.
Si bien, por otro lado este empleado de esta tienda, es obvio que no actuó de forma correcta, puesto que no entrego al usuario el correspondiente recibo de depósito del iPhone que le dejaron en calidad de préstamo.
Por otro lado, temerosa actuación del usuario (no sirven las escusas de niños ni cosas parecidas), que no solicitó un justificante de entrega / devolución del iPhone prestado en esa tienda de la operadora VF.
A todos los efectos el operario de la tienda no registro debidamente la devolucion del iPhone prestado, y por lo tanto la operadora ha procedido a cargar su importe en la cuenta del usuario; lo cual se ajusta a derecho y le reclama el importe de 350 € .
Por lo tanto y bajo mi punto de vista, es el usuario quien tiene que gestionar y solucionar el problema de la entrega del iPhone prestado, en la tienda de Vodafone y con el empleado que le atendió.
El usuario perjudicado no puede efectuar ningún otro tipo de reclamación, ante ninguna otra instancia, puesto que "CARECE" de documento alguno que justifique que haya entregado el iPhone prestado; es triste y lamentable, pero es la cruda realidad.
- Siempre, siempre, que se entregue "algo" que se ha recibido en calidad de depósito y/o prestamo, hay que solicitar el correspondiente recibo de entrega firmado por quien lo recibe, e incluso avalado con la firma de una tercera persona que actua como testigo de la entrega; así se evitan muchísimos problemas a posteriori.
Un saludo.