Buenas...hoy he recibido con la facturación del mes una carta en la que textualmente se me informa que se modifican las condiciones generales de nuestros contratos de servicios de comunicaciones fijas, para adaptarlo al RD 899/2009 de 22 de mayo.
A continuación recuerdan que si no estuviera conforme con la modificación de las mismas podría solicitar la baja del servicio sin penalización alguna por este concepto.
Mi duda es que al referirse a "comunicaciones fijas" si me doy de baja del servicio de voz y datos (ya que entiendo lo de fijas por voz aunque no se si es exacto) si aún así podrían cobrar la penalización del periódo de permanencia.
A ver si hay algún experto en el tema en el foro o bien alguien que ya haya dado este paso.
Gracias a todos!!!