Abro este tema por que he quedado un poco (bueno bastante) asombrado en dos llamadas que realiza esta mañana a este organismo. Realice dos consultas sobre muchas situaciones que leo en los foros.
Les informo que contrate un servicio con Orange, la tarifa Love lite de 45,95€. Expongo que la portabilidad del móvil se realizó correctamente y que la del fijo e Internet no. Que ya pagué el servicio completo en la primera factura pero que se niegan a portar el fijo por "motivos de seguridad" sin más explicaciones. Me contesta que Orange no está obligada a ofrecerme servicio de Internet y fijo aunque tenga cobertura FTTH y que si tengo el móvil con ellos que pague mensualmente los 45€ y que si rompo la permanencia la tendré que pagar. No se si estaba hablando con un oficina donde se miran supuestamente los derechos de la ciudadanía o si estaba hablando con el 1470.
Me dijo que esa era la normativa (la ley) que solo Movistar estaba obligada a ofrecer un servicio de fijo e Internet a un mega de velocidad. Ya que estaba pregunte que si también se podían negar a ofrecer el alta en un SIM prepago y me dijo que sí, que ningún operador tendría que ofrecerme un servicio de móvil ni no quería aunque ni tuviera deudas ni estuviera en una lista de impagos ni nada.
Entonces, ¿En España nos pueden dejar solo con Internet de un mega?. ¿Sin móvil aunque sea prepago?. La identificación de las tarjetas prepago no eran para prevenir ataques terroristas o se utilizan los datos de otras formas?. Que opinión tenéis sobre estas "leyes".
Muchas gracias por leerme y por vuestro tiempo.