Me llaman reclamando una deuda del 2008 con Mbna pero se niegan a enviarme documentos acreditativos .
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Tti finance no se dirección ni nada
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Las deudas creo que prescriben a los 5 años. Y si no te dicen a que se debe, o te envían documentación no pagues. Si van por el juzgado, te enviarán una carta detallando el tema, y siempre podrás pagas antes. Ahora, reclamar una deuda de 8 años atrás, parece cuanto menos dudosa y rara.
Nada, ya dirás algo.
Las deudas NO PRESCRIBEN NUNCA, no sé de donde se saca la gente esas ideas ... cosa diferente es que no te la reclamen, porque normalmente las empresas, a los 3 años las meten en la cuenta de 'incobrables' y las declaran como perdidas, pero eso no quiere decir que 'prescriban'. Te las pueden estar reclamando toda la vida.
Eso sí ... sino estás deacuerdo con la deuda ... espera a que te la reclamen judicialmente, luego en el juzgado ya puedes protestar todo lo que quieras, son los que reclaman, los que tienen que demostrar la validez de la deuda.
Las deudas prescriben.
Las deudas de este tipo no reclamadas en plazo de 5 años prescriben. Con que lo busques un poco en google ya encuentras el fundamento jurídico.
Y es muy obvio, pero muy muy obvio que no vas a pagar nada que no esté demostrado (y cualquier juez te entenderá que tengas ánimo de pagar lo que supuestamente debas siempre y cuando esté demostrado, y que no estés en disposición de pagar algo que no te demuestran que debes); Y si se niegan a demostrarlo, es como si yo te llamo una y otra vez a tu casa diciéndote que me debes 10.000 euros, y que por cojones me los tienes que pagar.
Eso es lo que hacen las empresas de "recuperación de deudas" en muchos casos, reclamar supuestas deudas que no existen o han prescrito a cambio de una suculenta comisión.
A estas empresas, siempre les dije (siempre que la deuda reclamada fuese a mi parecer ilegítima, como penalizaciones por bajas unilaterales, etc) que nos veíamos en los tribunales. Me han amenazado con monitorios y monitores y monitorias y su p***... Y eh, de momento no he pisado un juzgado por este tema.
Las deudas no prescriben y se lo puedes preguntar a cualquier abogado, lo que prescribe es el derecho de reclamación, no la deuda en sí. De forma general el plazo de prescripción de el derecho de reclamación va desde los 3 años a los 15 años, dependiendo de la naturaleza de la deuda.
El plazo queda interrumpido, si se interpone demanda judicial o se intenta el cobro por vía extrajudicial o si el deudor reconoce la deuda.
En cualquiera de esos tres supuestos, el plazo deja de contar, así que en román paladino ... si te echan encima a una agencia de recobros ... que te lo reclame de forma extrajudicial cada 10 minutos ... deja de contar el plazo de prescipción de el derecho de reclamación ... así que a efectos prácticos ... LA DEUDA NO PRESCRIBE, salvo que el acreedor se aburra, desista y pasen 15 años.
Ya te lo dije en otro post y te lo repito, las dedudas no reclamadas prescriben por regla general en 5 años, en el caso de ventas a particulares en tres años, y hay numerosa jurisprudencia que en el caso de particulares equipara los servicios del hogar a esta últim acategoría y fija su prescripción en tres años.
A ver ... que estamos DICIENDO LO MISMO, a ver si aprendemos a leer ..., he dicho que si te las reclaman, no prescriben, que es lo mismo que decir que las deudas no reclamadas prescriben
Y los plazos van desde los 3 años a los 15 años ... pongamos una de las de venta a particulares ... 3 años, y resulta que cuando queda 1 mes ... te la reclaman ... pues te jodiste, ya no hay prescripción que valga. Y la ley dice que da igual que sea reclamación judicial o extrajudicial ... 'queda en suspenso el plazo de prescripción del derecho de reclamación' ... que volvemos a lo mismo, lo que prescribe no es la deuda ... es el derecho a reclamarla.
Y el acreedor se puede pegar así todo el tiempo que le de la gana, hasta que consiga cobrar o se aburra ... te queda un mes para la prescripción, te denuncian, gana, esa deuda ya NO PRESCRIBE, y cada 2 años y 11 meses, puede volver a reclamar al juzgado la ejecución de la sentencia ... con lo que vuelve a empezar la pelota.
Solo si se aburren, dejan de reclamar y pasa el plazo de prescripción del título no-judicial ... será cuando te libres.
Hay verdaderos 'expertos' en dejar pufos y no pagar ... pero eso no quiere decir que se escapen de rositas.
las deudas no prescriben, si te reclaman una deuda cada vez que reclamen se inicia otros 3 años es decir si tienes una deuda con 2 años y te la reclaman de nuevo empiza de nuevo desde cero es decir tienen otros 3 años para que presciba. Si no te la reclaman en un plazo de 3 años si prescribe pero si te mandan cartas y llamadas reclamando ese importe la deuda sigue en pie.