Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha anulado la condena a dos personas como autores de un delito de estafa informática por entender que la mera adjudicación de una dirección IP a los acusados no acredita ser el autor del acto telemático que utiliza dicha IP, algo que no parecía tan obvio hasta que el caso ha llegado al Tribunal Supremo.
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Tribunal Supremo: la dirección IP no es prueba suficiente para imputar un delito a su titular
BocaDePez
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A ver si algún entendido en leyes (fanatismos no, por favor) nos comenta si esto sienta jurisprudencia y se puede dejar la Wi-Fi abierta sin temor a que otros realicen actividades delictivas con nuestra IP y nos caiga a nosotros el marrón.
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BocaDePez
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NO, no sienta jurisprudencia.
Esta sentencia va a poder ser argumentada para casos comparables, pero no todos los casos tienen porqué ser como este.
Antes de esta sentencia tampoco se podía establecer una relación biunívoca entre dirección IP y una acusación, era una prueba más a considerar.
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Gracias.
BocaDePez
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En España, la jurisprudencia puede esperar sentada :D