Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha anulado la condena a dos personas como autores de un delito de estafa informática por entender que la mera adjudicación de una dirección IP a los acusados no acredita ser el autor del acto telemático que utiliza dicha IP, algo que no parecía tan obvio hasta que el caso ha llegado al Tribunal Supremo.
Tribunal Supremo: la dirección IP no es prueba suficiente para imputar un delito a su titular
BocaDePez
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A ver si algún entendido en leyes (fanatismos no, por favor) nos comenta si esto sienta jurisprudencia y se puede dejar la Wi-Fi abierta sin temor a que otros realicen actividades delictivas con nuestra IP y nos caiga a nosotros el marrón.
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BocaDePez
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NO, no sienta jurisprudencia.
Esta sentencia va a poder ser argumentada para casos comparables, pero no todos los casos tienen porqué ser como este.
Antes de esta sentencia tampoco se podía establecer una relación biunívoca entre dirección IP y una acusación, era una prueba más a considerar.
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Gracias.
BocaDePez
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En España, la jurisprudencia puede esperar sentada :D