Estos es para todos los ciber de la comunidad de Madrid.
Me ha llegado a mi poder el siguiente documento de 26 hojas y que
próximamente entrará en vigor en la comunidad de madrid, cuando se apruebe.
Será lo mas seguro en Enero del 2003.
Dicho documento consta de 47 articulos por lo tanto solo voy a detallar los
articulos que a nosotros nos afectan directamente.
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE EXPLOTACIÓN DE
MAQUINAS RECREATIVAS Y DE JUEGO
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Punto Segundo. Régimen Transitorio de locales donde estén instalados
ordenadores que permitan juego recreativo.
Los locales donde estén instalados ordenadores que permitan el juego
recreativo a los que se refiere el articulo 33 de este Reglamento que estén
en funcionamiento a la entrada en vigor del presente Reglamento deberán
ajustarse a lo establecido en él, en el plazo de 6 meses.
ARTICULO 33. Locales donde se instalen ordenadores que permitan el juego
recreativo.
1. Son aquellos locales que ofrecen servicios de juego recreativo
exclusivamente mediante videojuegos o programas informaticos instalados en
ordenadores personales a traves de la red, de su disco duro o de sus
elementos perifericos, sin perjuicio de su utilización para otros usos
telematicos.
2. En todo caso, los ordenadores que permiten el juego recreativo instalados
en estos locales deberan contar con los programas o dispositivos a que se
refiere el articulo 32.4 del presente reglamento.
3. Dichos locales se equiparan en cuanto al régimen de autorización y de
fianzas a los salones recreativos establecido en el presente reglamento.
ARTICULO 32.4
En los salones recreativos de juego se podrán instalar las maquinas
contenpladas en el apartado 2 del articulo 1 del presente reglamento, las
maquinas de realidad virtual, los ordenadores que permitan a cambio de un
precio, la práctica de determinados juegos de naturaleza recreativa
identicos o analogos a los propios de las maquinas recreativas o tipo A , ya
sea a traves de una red, del disco duro del ordenador o de sus elementos
perifericos, así como actividades de puro entretenimiento. Los ordenadores
deberan contar con aquellos programas o dispositivos que impidan el acceso a
contenidos pornograficos, que puedan perjudicar la formación de la infancia
y la juventud, que puedan vulnerar directa o indirectamente la dignidad de
las mujeres y los derechos y libertades fundamentales, así como los que
inciten a la violencia y actividades delictivas y a cualquier forma de
discriminacion racial o sexual.
Bueno esto es el aperitivo.
esto significa el cierre de la mayoria de nuestros negocios
La Asociacion de Cibers MadrilEños, se ha puesto en contacto con la
Comunidad de Madrid, para que nos faciliten todos los datos q afecten a
nuestro sector. Por ello invitamos a todos los cibers de la Comunidad de
Madrid, a que se asocien y de esta forma podremos hacer mas fuerza
representando a la gran mayoria de cibers madrileños. Y asi nos tomaran en
serio y seremos un interlocutor valido para intentar negociar antes de que
aprueben definitivamente el reglamento.
el e-mail provisional de la asociacion es: mhstole@hotmail.com
espero que todos los de madrid apollen a la asociacion.
saludos