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Fibra/Cable

Las 'telecos' deberán dar de baja a sus clientes en dos días

BocaDePez
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El Gobierno quiere prohibir la'publicidad basura' por teléfono, y pone coto a todas las campañas agresivas

El Consejo de Ministros dio ayer un espaldarazo a los derechos de los usuarios de telecomunicaciones al incrementar de manera notable su amparo ante los operadores, que deberán ahora ser más rigurosos a la hora de dar de alta o baja a sus clientes y en las modificaciones de los contratos. Del mismo modo, el Ejecutivo ha puesto en marcha el mecanismo legal para prohibir la publicidad basura por teléfono, que en el futuro podrá ser perseguida ante los tribunales, y para frenar las promociones agresivas. El calvario de faxes, cartas, copias, llamadas y esperas absurdas ante impersonales contestadores automáticos para rescindir un contrato de telefonía o de Internet está abocado a desaparecer. Los usuarios de telecomunicaciones disponen ya de una Carta de Derechos que, entre otras novedades, reduce de los actuales 15 a tan sólo dos los días de que disponen las telecos para dar de baja un contrato cuando así lo solicite el cliente. Además, queda prohibida cualquier facturación pasada esa fecha. La Carta persigue mejorar la libre competencia, la dinamización del mercado y, sobre todo, mejorar la capacidad de elección y actuación de los usuarios. Los contratos de telecomunicaciones deberán a partir de ahora incluir hasta 16 extremos (como los periodos mínimos de atadura o la vinculación exacta cuando el usuario recibe un teléfono de regalo) que garanticen el mayor grado de transparencia posible. Los operadores deberán avisar con al menos 20 días de antelación de cualquier modificación unilateral de las condiciones si esta posibilidad no estaba recogida ya en el contrato. Si el cliente no acepta los cambios podrá rescindir el pacto sin coste y con derecho a contar con la documentación necesaria para acreditar su abandono. La denominada portabilidad (cambio de operador manteniendo el número) deberá gestionarse en un día. Un paso para cuya efectividad aún debe aprobar algunas precisiones técnicas la Comisión Nacional del Mercado de Telecomunicaciones (CMT). La Carta amplía también los poderes sancionadores de la Administración frente a los casos de altas fraudulentas sin el consentimiento del interesado, lo que en el negocio se conoce como slamming. Los fraudes en la velocidad de Internet también quedan bajo vigilancia, pues las operadoras no podrán publicitar más megas de lo que realmente permita una determinada tecnología y además deberán, antes de contratar, informar de todos los condicionantes que influyen en la velocidad.

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djnacho

Como bien dice el compañero bocadepez, ese hilo, ya ha sido publicado en la portada de bandaancha.
Para evitar duplicación de información, cierro este hilo, recordando a los usuarios, que pueden postear los comentarios relacionados con este hilo, en la noticia de portada enlazada por el usuario bocadepez.

Un saludo :)