Soy el que inicio el post.
Estoy de acuerdo en que si mi proveedor de linea y todos los servicios hubiera sido Telefonica todo estaria claro; por supuesto, yo no hubiera escrito en el foro. Si mi economia lo permitiera estaria en esa situacion.
Si estuviera con desagregacion total (linea+servicios por otro operador), tambien el tema de a quien reclamar la indemnizacion estaria claro; otro asunto es el de la resolucion de averias.
En mi caso, que es el de otros muchos (se me ocurre que en la misma situacion estaran los usuarios conectados a la central que se quemo), me temo que Telefonica les devolvera, como mucho
el porcentaje correspondiente de la cuota de abono y que el que corresponda del importe mensual que cobra el otro proveedor habra que reclamarlo a este.
Me estoy volviendo loco interpretando esto que estraigo de esta respuesta de usuarios teleco:
"Si la avería no se produce por causa del abonado, su operador le tendrá que indemnizar, aunque no está regulado el tiempo máximo de resolución de averías.
El importe de la indemnización será el mayor de los siguientes:
· El promedio del importe facturado por todos los servicios afectados durante los últimos tres meses prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción, ó
· Cinco veces la cuota mensual de abono prorrateada por el tiempo de la interrupción.
Además, el operador esta obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura siguiente a la interrupción cuando esta sea por un importe superior a 1 euro.
Si la avería fuese provocada por causas de fuerza mayor su operador le indemnizaría con la devolución de la parte proporcional de la cuota de abono y otras cuotas fijas, las que sean independientes del tráfico.
En caso de que usted esté preasignado con otro operador la responsabilidad de reparar la avería corresponde al operador en cuya red se haya originado. Usted tiene derecho a exigir su compensación por el tiempo que haya estado sin línea. "