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ADSL

SIN compromiso para usar las llamadas pero NO en cuanto a ADSL

Omnidani

Siento que esto sea reiterativo pero Jazztel podría dar carpetazo a nuestras dudas redactando de un plumazo un contrato acorde a la nueva promoción.

En la publicidad pone SIN COMPROMISO cuando le haces clic en el flash de "gratis llamadas nacionales y locales" ....
pero en el flash de ADSL 1 MB CON ROUTER WIFI ahi no pone en absoluto que sea sin compromiso.
Parece una estrategia de marketing en la cual se asocia el término "sin compromiso" tb a ADSL 1MB,sin embargo fijaos que cuando las especificaciones de las condiciones de ADSL 1mb y las de llamadas locales y nacionales gratis .... SE ABREN EN PAGINAS DIFERENTES E INDEPENDIENTES .

Por tanto si intentaseis usar la Publicidad como contrato,Jazztel podría escudarse en que las condiciones de las llamadas SI indican sin compromiso (y que por ello se abren en una página aparte respecto a adsl 1mb) pero no así ADSL puesto que se abre en página diferente y en ella NO indica nada respecto a la duración del contrato...

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BocaDePez

¡¡¡¡¡joderrrr q paciencia!!!!!!

A ver por vigésimo novena vez. En el flash de la promo puedes pinchar donde pone 1 mega, donde pone llamadas gratis y JUSTO DEBJAJO DE LA FOTO DEL MP3 DE REGALO que pone Condiciones Generales y explica todo incluso lo de sin compromiso ni penalizaciones. Y vuelvo a decir que eso no se refiere al MP3 puesto que es gratuito y no habria que poner que el mp3 es sin compromiso.

Leer más los foros.

🗨️ 1
BocaDePez

lo del mp3 ya lo han quitao pq supuestamente se han agotado, menos mal que hice capturas de la promo. Si quieres te las mando.

Omnidani

ok mandamela a omnidani@yahoo.es

🗨️ 2
BocaDePez

si, te lo decia debajo de mi respuesta, que lo han quitado. Tengo las capturas si quieres dame una direccion y te lo mando.

BocaDePez

ya lo tienes

Omnidani

gracias...lastima que ya no queden mp3,jijiij.Pero bueno ya ha salido el ipod shuffle.

🗨️ 2
BocaDePez

lo de los mp3 es una suposición mia, digo yo q si lo quitan es por una de dos:

1.-o se les ha acabado.

2.-o van a empezar a aplicar el año de permanencia a partir de ahora.

Un saludo.

🗨️ 1
Bitxa

Yo ayer me di de alta y todavía ofrecían el mp3, a mi me lo van a enviar tambien.
Además ha coincidido que quitan la publicidad del reproductor mp3 de la oferta internet+llamadas con la otra de internet por 39€ (en la que te daban router wifi gratis) que terminaba ayer.
En la publi de los 39€ si que ponía en condiciones que la permanencia mínima era de un año y en la de los 33€ todo lo contrario, estos de jazztel se lian un poquito, no os parece? Y si entras en el area de clientes es para volverse loco, no está nada claro.

BocaDePez

Insisto: (pego un post anterior)
Según la Ley de Condiciones Generales de Contratación (en este momento no recuerdo que artículo, si queréis lo miro) se establece que la publicidad prevalece sobre las CGC (Condiciones Generales de Contratación). Y no sólo eso, sino que toda cláusula que no pueda ser prevista por el adherente en el momento de contratar el servicio, es considerada cláusula sorpresiva y es, por ello, nula; ello quiere decir, que para que exista un periodo de permanencia mínimo, debe especificarse en la publicidad o, al menos, en el momento de realizar el alta, PERO DEBE ESPECIFICARSE CLARAMENTE, NO BASTA CON QUE APAREZCA EN LAS CGC. Además, en el caso de los consumidores (no de las empresas), puede pedirse un control de contenido de las CGC, lo que implicaría (resumiendo) que esa cláusula podría también ser declarada nula por abusiva.

CONCLUSIÓN: HACED UNA CAPTURA DE PANTALLA O IMPRIMID LA WEB EN LA QUE PONE QUE NO HAY COMPROMISO DE PERMANENCIA. Aún así, no sería necesario, pero para mayor seguridad os recomiendo que lo hagáis.

Un saludo

RESPONDER

RE: 1 AÑO DE CONTRATO CON JAZZTEL
por mced, el Martes, 01/02/05 07:51 h.

Una captura de pantalla es fácilmente falsificable. No entiendo de Derecho, pero no me parece una prueba muy válida...

RESPONDER

RE: 1 AÑO DE CONTRATO CON JAZZTEL
por BocaDePez (212.106.252.---), el Martes, 01/02/05 11:41 h.

Es válida. Efectivamente, es mejor que lo verifique un notario, pero, en contra de lo que cree la gente, no hace falta que todas las pruebas sean notariales, el tráfico jurídico sería inviable si cada vez que queremos hacer algo hubiera que acudir a un notario. Si presentas una captura de pantalla en un juicio en el que estás discutiendo sobre 200 euros, se presume que es válida, y te aseguro que el juez admitirá la prueba. Por otra parte, en estos casos es la empresa prestadora del servicio la que tiene la carga de probar que, en el momento de la contratación, existía una publicidad en su web en la quedaba claro que hay un año de compromiso. Es decir, al consumidor le basta con decir que no aparecía esa publicidad, y es la empresa la que debe probar su existencia .
Además, insisto, para que el periodo mínimo sea válido debe de expresarse claramente en la publicidad. De lo contrario, la cláusula será nula por sorpresiva (y también, posiblemente, por abusiva).
Un saludo