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servicio tecnico tele2 en un 902 (te cobran sus fallos)

BocaDePez
BocaDePez

Estoy hasta el gorro de llamar a este numero y encima que no es un problema mio ( es de su central) me cobran la llamada.
Esto es un robo.
NUMERO GRATUITO YA!!

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BocaDePez
BocaDePez

Estoy contigo..... por lo menos q la llamadas a ese numero no las factueren coniooo

Rafa01

Antes desde el 1552 te pasaban con el servicio tecnico,
fuera tuyo el problema o de ellos.
Pero vamos lo de ahora es bochornoso que encima que el problema es de ellos tu pagues la llamada tarden lo que tarden y encima para que te respondan que ya hay una incidencia y que hay k esperar.

Encima si luego llamas al 1552 y les dices que quieres saber como está la incidencia de esa central te dicen que tienes que llamar al 902 porque ellos no tienen acceso a lo del servicio tecnico.

Menuda chufla nos meten.

WiLZy

Ya han comentado más de una vez q puedes reclamar en el 1552 el importe de llamadas al 902 del servicio técnico, y más cuando no es culpa tuya.

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Rafa01

ya lo he reclamado y me han respondido litetalmente que las llamadas al servicio tecnico bajo ningun concepto son subceptibles de reclamacion de importes de dichas llamadas. Y to borde me contestó ( abri incidencias por esa reclamacion y por que por favor consideren volver al sistema anterior de atencion al cliente)

BocaDePez
BocaDePez

Como mucho, me dijo la interlocutora, que se podia hacer un 50%-50% sobre el coste, pero que no hay manera de que el 100% sea de parte de Tele2.

La verdad, no estoy muy puesto en legislación y tal, pero, ¿No debería haber un telefono de atención al cliente (1552) desde el cual te conmutasen a los tecnicos y no que tengamos que llamar directamente al 902 ???

Alguno sabe de normativas y de leyes???

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WiLZy

Q yo sepa... desde la ultima ley q afectaba a call centers se les obligaba a disponer de un nº gratuito para incidencias

BocaDePez
BocaDePez

Envie una reclamacion al servicio de telecomunicaciones de lgovierno, y me dijeron que pusiera una denuncia que una compañia tiene que tener un numero de servicio tecnico gratuito, ni un 902 ni nada, si quereis copio lo que me puso, o dejo colgado el archivo en la red pa que lo leyais

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WiLZy

Enga, cuelgalo ;)

Y enviádselo todos a comunitel@comunitel.es o asin enga va ...

Hasta q nos hagan caso.

sw3ety

Os comento lo que yo hago. Por supuesto que me parece indignante que tengan un 902 para Servicio Tecnico. Asi que yo siempre uso el movil para llamar a ese numero, viene a costar mas o menos lo mismo (segun tarifas de operador) y desde luego no van a pillar de mi ni un solo centimo, mas alla de la couta fija del servicio. 902, 091, 061, etc. siempre desde el movil. 8-)

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WiLZy

Joer, pues el dia q llame al 902 (un domingo) desde el móvil me costo más de 2 o 3 euros, un par de minutos jajaja

Edito: y llamé pq me había quedado sin ADSL

BocaDePez
BocaDePez

Estás loco.... con el movil te costará como mínimo 5 veces más caro... Revisa las tarifas...

BocaDePez
BocaDePez

Aqui os dejo el archibo que em envio el govierno para que lo leais y vereis l oque me dijeron: (link roto)

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BocaDePez
BocaDePez

Es la Atención la que tiene que ser gratis y no el número. Es decir no pueden tener un número 806, 807 porque en estos números se cobra por el servicio que se ofrece, pero no hay ningún problema (legal) para tener un 900 (gratis), 901 (±llamada local) o 902 (±llamada interprovincial).

El problema es que los 902 tienen unas tarifas de interconexión tan elevadas que permite a las propietarias dela numeración retribuir por cada llamada a la empresa que persta sus servicios a través de un 902.

Es decir la atención es gratuita en un número de teléfono no gratuito y que encima permite cobrar de tapadillo un dinero por cada llamada..

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WiLZy

¿Y desde cuando pagar es gratutito?

No se... debe ser q no entiendo algunas cosas ;)

BocaDePez
BocaDePez

La queja la puse explicando que tenian un 902 y me dijeron como leesd que tienen que tener un numero gratuito no sirve un 902

BocaDePez
BocaDePez

Esto es una chorizada. Porque estoy especializado en otro tipo de reclamaciones que no tiene nada que ver con las telecomunicaciones, pero ganas me dan de especializarme en esto porque no hace falta ser un lince para darse cuenta de la pasta que se sacaría a estas empresas.

BocaDePez
BocaDePez

Tele2 Son UNOS SINVERGUENZAS

BocaDePez
BocaDePez

Para los que no se han descargado la carta del govierno pego l oque pone y saca de dudas si tienen que tener un numero gratuito o la chorrada que ha dicho uno un servicio gratuito:

Los operadores deben tener un número de atención gratuita para sus clientes, cuando tienen una consulta por ejemplo de tipo técnico.
El primer paso es reclamar ante el operador en la llamada de teléfono pidiendo número de referencia y si no le dejan de este modo, enviar carta certificada con acuse de recibo o burofax. Si en el plazo de un mes no le contestan o la respuesta que le dan no le satisface, puede reclamar ante las juntas arbitrales de consumo de su localidad o ante nosotros en esta dirección:
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información
C/ Capitán Haya Nº 41. 28071 Madrid
Tiene que enviar una carta de reclamación con todos los hechos y razones que le han ocurrido, los datos personales, el lugar, fecha y firma y las fotocopias de los documentos que considere relevantes.

Recuerde que para cualquier duda o consulta , puede contactar con nosotros a través del numero 901 33 66 99 o bien en nuestra web www.usuariosteleco.es
Reciba un cordial saludo
Oficina de atención al usuario de Telecomunicaciones

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Url

A mi (que soy el del servicio gratuito) me gustaría hacer la misma interpretación que vosotros, pero el artículo 104 del Reglamento de Telecomunicaciones donde se habla de los procedimiento de resolición de conflictos no da para más. En estos enlaces de Facua vereis como el tema es complejo y no demasiada claro (link roto) y (link roto)

El artículo 104 dice lo siguientes:
Artículo 104. Procedimientos de resolución de conflictos.

1. Los operadores deberán disponer de un departamento o servicio especializado de atención al cliente, que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen sus clientes. Los titulares del departamento o servicio de atención al cliente serán los encargados de relacionarse, en su caso, con el titular del servicio administrativo de solución de controversias a que se refiere el apartado 4 y al que remitirán copia de las actuaciones realizadas con indicación del número de referencia asignado a la correspondiente reclamación. Este servicio de atención al cliente, de carácter gratuito, deberá prestarse de forma que el consumidor tenga constancia, en cualquier caso, de la reclamación, queja o petición efectuada, estando obligado el operador a comunicar al abonado el número de referencia dado a la reclamación, queja o incidencia planteada por el usuario.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, mediante orden ministerial podrá establecerse, en función del número de trabajadores del operador o de su volumen de negocio, la exención de la obligación de disponer del departamento o servicio especializado a que dicho párrafo se refiere, sin perjuicio del cumplimiento del resto de requisitos establecidos en el artículo 105.2.k.

Si el medio habilitado por el operador para la atención de quejas, reclamaciones o incidencias es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación mediante cualquier soporte que permita tal acreditación.

Resumiendo si hay que pedir teléfono gratuito yo el primero,,, pero creo que la norma no les obliga.

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WiLZy

Me quedo con el titular del 2º artículo:

"La mayoría de las compañías vulneran el nuevo Reglamento de Telecomunicaciones al no disponer de teléfonos gratuitos para atender reclamaciones e incidencias"

Y con el "extracto" del artículo 104:

"los operadores deberán disponer de un departamento o servicio especializado de atención al cliente", que será "de carácter gratuito", y tendrá por objeto "atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen sus clientes".

No se vosotros, pero por "gratuito" entiendo... coste 0 ¿no? ;)

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BocaDePez
BocaDePez

Yo también. Pero el segundo artículo se hizo a los cuatro días de publicar el Reglamente (cuando todos interpretábamos lo del gratuito como en un número de teléfono gratuito) y el segundo es actual y en él se recoge cuál es la interpretación "oficial" del artículo 104.

BocaDePez
BocaDePez

Ono se saltaba y se salta el reglamento con la siguiente estratagema: ponía unos telefonos gratuitos en sus oficinas de forma que cualquiera podía llamar al servicio técnico o al servicio de reclamaciones gratis. Lo ridículo de la situación, aunque la gente tragaba como zopencos es que teniendo al personal de Ono delante, la gestión tenías que hacerla en unos ridículos y cutres locutorios.

Esta claro que un juez tumba esa estrategia y les obliga a cambiar el 902 pero para eso hay que demandar.

fjgtovar

Y digo yo,
aquí mucho portestar del 902 de Comunitel, pero ¿hay alguna proveedora de ADSL que tenga un número gratis?
Yo tenía antes Telefónica y es un 902, el mismo que para Imagenio.

En fin, yo también lo quiero gratis, pero es que eso va a ser difícil, en serio. Seamos realistas. Lo que hay que exigir es que haya facilidad para darse de baja rápido y poder cambiarse a una compañía a la que haya que llamar lo menos posible, o sea que falle lo menos posible

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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez

No sé, yo que leo/interpreto de ese extracto es que las quejas, reclamaciones e incidencias que deben ser resueltas por ese número gratuito son más del tema administrativo en ningún caso técnico por eso de 'contractual' que me suena más a "He firmado algo y creo que he metido la pata" o "En el contrato me decían que pago por esto y realmente tengo esto"...