BandaAncha

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Fijo

R se niega a desconectar a "nito75"

Josh
5

La cablera gallega R ha emitido un breve comunicado en su blog oficial en el que reconocen que han recibido la orden judicial que les exige la desconexión de uno de sus clientes, que utiliza en la red el nick "nito75". La operadora explica que no es capaz de identificar a el usuario a partir de su nick, por lo que la petición le resulta de imposible cumplimiento.

Lo cierto es que en la sentencia se menciona la dirección IP utilizada por nito75 y gestionada por R, por lo que en el caso de tener la fecha en la que utilizo la IP si sería posible su identificación si todavía la operadora conserva los logs.

Esta obligación resultará de imposible cumplimiento, ya que en R no podemos identificar a ningún cliente que se encuentre detrás de ningún nickname.

blog.mundo-r.com/gl

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BocaDePez
3

En caso de tener la fecha en la que se utilizó la IP no se podría identificar al usuario en concreto, sino la línea que estuviera usando esa IP en ese momento, a la cual podrían estar conectados un número indefinido de usuarios.

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Josh
3

Claro, puedes identificar al cliente, no al usuario concreto, que incluso puede ser alguien que le ha pirateado la WiFi.

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BocaDePez
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Con lo cual el cumplimiento de la sentencia podria ocasionar perjuicios a terceros ajenos al asunto y no se podra ejecutar... Lo que digo siempre: que una IP solo identifica una maquina, no quien esta detras de ella.

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BocaDePez

Y una matricula un coche, la multa va igual para el propietario a menos que demuestre que el no conducía.

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BocaDePez
BocaDePez
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asmartin
asmartin
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

No lo dices tú sólo, también lo dice el Supremo en varias sentencias de hace tres o cuatro años. Todo lo demás son ganas de marear la perdiz.

Ivaner3k

Eso lo he pensado yo mucho lo de la wifi y en este caso a quien correspondería tener el pc protegido, es decir si te rompen (desencriptan) la wifi que culpa tienes tú quien tiene la culpa?

Por si acaso alguien sale con lo de la mac cambiar el número de una mac no es nada complicado, así que como pueden acusar a alguien en concreto y sigo preguntándome lo de la wifi.

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jackaubrey

En caso de encriptación, aunque sea WEP, imagino que será defendible ante la ley. Pero tenía entendido que si cometen un delito utilizando tu conexión (desprotegida) ilícitamente, el titular del WiFi podría tener alguna clase de responsabilidad.

Pero no estoy seguro de cómo está la ley realmente en ese aspecto, a ver si se pasa algún abogado y nos informa de lo que hay.

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Filiprino
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Sólo con la IP, fecha y hora la operadora no puede determinar quién escribió o usó el nickname "nito75" en ese momento.

Habría que llevar a cabo una investigación para averiguar quién era nito75 en ese momento.

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BocaDePez
-1

Si os parece vamos a razonar un poquito. Está la gente escandalizada porque en los tumultos ucranianos han comenzado a mandar SMS indicando que ese móvil está localizado en el espacio y el tiempo en un lugar donde se están cometiendo actos ilegales. De entrada, con orden judicial, esto es totalmente legal (no sólo mandar el SMS, sino registrar la geolocalización del dispositivo). Ahora, obviamente, el móvil no va cosido al titular del contrato, y eso no sirve para probar que alguien estuvo allí, y no es necesario aparentar un robo: dejé el móvil en mi casa y lo cogió y lo devolvió quien le dio la gana. Pero es que por eso mandan un SMS, es otra prueba piloto, a ver cuántos gilipollas se autodenuncian sin saberlo. Con el tiempo lo que harán, y la inmensa mayoría de la peña tiene instaladas bombas llamadas Windows en sus máquinas (de los Smartphones ya ni hablemos), será forzar la creacion de leyes para identificar al usuario físico involucrado, eso es técnicamente posible, por ejemplo, se puede llegar a probar si una determinada persona está sentada en un ordenador en un momento dado simplemente teniendo la secuencia de pulsaciones de teclado (personal e intrasferible), o simplemente basta que acceda a cuentas personales usando contraseñas que sí lo son (hay jurisprudencia p.ej. con uso de tarjetas). Y luego sería todo automático, se calza una multa de forma automática y se embarga de la cuenta de forma automática. Podeis tomarlo a coña y a ciencia-ficción, pero hace 25 años los móviles eran ciencia-ficción e internet ni te lo cuento. Esto es un problema POLITICO (como todos), y sólo se resuelve POLITICAMENTE.

BocaDePez
-1

Perdón, no era para aqui y no responde a Filiprino. Debería haber ido en el hilo principal de forma autónoma.

BocaDePez
3

La sentencia es muy surrealista y bueno todo el proceso que se realizó sin identificar en ningún momento al famoso Nito75 (que se habrá enterado de todo al mismo tiempo que nosotros)

Aquí la sentencia: e00-elmundo.uecdn.es/documentos/2014/01/…tenciaAP.pdf

Como veis solo se ha condenado a R a desconectar a Nito75, no desconectar a una IP, ni desconectar a una persona física. Por lo tanto desconectar un Nick es imposible.

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BocaDePez
1

El punto 2 del fallo es de traca! Y la parte final de los fundamentos del primer punto no tiene desperdicio...

BocaDePez

En verdad da igual si se desconecta o no al usuario, o lo chapucera que haya podido ser la decision, esto no es lo importante de la sentencia. Como indica David Bravo, esto ha podido ser una causa piloto, iniciada por las entidades gestoras de derechos intelectuales para ver qué pasaba al denunciar a un usuario. Ya habra tiempo de afinar el cómo dirigir las acusaciones y sentencias, para que en verdad apunten de forma innegable a una persona/abonado de ISP y "apretarle las tuercas" con todas las de la ley. Pero parece que han conseguido lo que buscaban, y ahora puede iniciarse toda una larga bateria de denuncias, que saben que podran ganar, que esta ha sido la causa de este juicio en especial.

Agarrarse los nachos que se dice, que vienen curvas.

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BocaDePez

Está clarísimo. Han escogido a una empresa pequeña (qué raro, eh, que no sea de Telefónica con sus millones de clientes, será porque el departamento legal de Telefónica tiene más abogados que el resto de ISPs juntos) y la llevan a juicio virtualmente en el otro punto de la península. No me extrañaría que mañana trincaran a un cliente de TeleCable y pongan pleito en Cádiz. Se les ve el plumero a kilómetros. Ahora plantearán otra con otras variantes y poco a poco van mirando la forma. Está claro que esta gentuza no iba a dejar pasar la oportunidad de tener un "gobierno amigo" con unos "jueces de los nuestros" recién nombrados en las más altas magistraturas.

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BocaDePez

¿Hablas de los de la ceja? ;)

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BocaDePez

No, hablo de los de los sobres. Francamente, concordarás conmigo que con los de la ceja no habían osado llegar tan lejos. Su tipo de parroquia lo entendería mal. En cambio, el tipo de parroquia de los de los sobres, que en general son tecnófobos, sobre todo tirando a la extrema derecha, les debe parecer cojonudo que metan mano en la interné. Ya sabes, poli bueno, poli malo. El malo es el que da las hostias. El bueno es el que mira cuando las recibes.

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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
-2

no pasa nada, porque a los catalanes les van a dar la independencia y esta sentencia solo afectará a sus nacionales lololol

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BocaDePez
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Pues... no. La sentencia queda formando parte de la jurisprudencia española. Por ejemplo, son válidas sentencias que en su día se emitieron en Cuba o Filipinas, en tanto en cuanto ya no afecten a esos ahora países completamente independientes. Eso tendrán que decidirlo los catalanes en el caso de que accedan a la independencia, lo normal es que se produzca un cambio de códigos legales y, si es el caso, una expresa derogación de determinadas leyes que conllevan todas las sentencias asociadas a ellas. De hecho, en el programa independentista está el derogar muchas cosas (o si quieres, también piden la independencia porque les resulta imposible que la jurisprudencia española derogue cosas que ellos quieren ver derogadas).

BocaDePez

Pues según lo que había salido en portada, lo habían desconectado ya... ;)

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NetSpot
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Es que todos, no sólo esta página, se han hecho eco de otros medios y, esos medios, inculcados por sabe dios que idea, dijeron a bombo y platillo que había un usuario desconectado por primera vez.

La realidad, nadie ha sacado sus propias conclusiones. La sentencia, quien la lea, lo va viendo más claro. Y, luego, con aportaciones en foros de gente anónima te vas dando cuenta de más y más puntos flacos de la sentencia.

De locos todo esto, como decía en la portada ayer.

vukits

Una cosa buena que hace R :D

Vamos, los de RRPP deben estar festejandolo por todo lo alto :)

And14
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No todos piensan igual. Análisis a favor de la sentencia y en contra del operador y la piratería: www.diariolacamara.com/2014/01/analisis- … a-hacer.html Cita del artículo: "La única razón para defender la piratería es el negocio que las webs de enlaces, los operadores y los propios piratas hacen gracias a robar contenidos y venderlos".

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BocaDePez
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De una web dirigida por un miembro de la industria del cine que vas a esperar.

BocaDePez

Claro, los inadaptados al nuevo modelo de negocio, que sólo saben seguir con sus berrinches en vez de ponerse las pilas. Esos mismos son los que defienden a ladrones de verdad que quedan impunes. ¿Qué ha pasado con Teddy Bautista?

En cuánto al negocio de las web de enlaces, no existe, ya que no tienen publicidad la mayoría, si así fuera tendrían ánimo de lucro. Y en este caso que nos atañe mucho menos ya que Nito75 usaba Direct Connect, un programa que no usa enlaces, ni páginas web. Cada usuario comparte lo que tiene.

BocaDePez

Es como si denuncian a un chófer de autobuses , y retiran el permiso de circulación a todos los autobuses ...

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BocaDePez

Sera al reves xD porque si denuncias al conductor ya sabes que es... el conductor es el conductor en el momento de la denuncia. Pero si denuncias al autobus sin especificar dia y hora, no sabes quien lo conduce..

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BocaDePez
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Eso ya lo hace la DGT todos los días con los radares fijos :D

fervigo
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No es que R se niegue a desconectar una línea. Es que por mucho que le den una IP y hora y tenga registradas las IPs dada a cada línea en cada momento, no puede acceder a esos datos porque sí. Infringiría la Ley.

Por ahí incluso se comenta que en todo caso y ya sí habiendo orden judicial requiriendo esos datos, el ISP tendría que entregarlos pero sería la policía quien podría analizarlos para asociar IP-hora a línea, no el ISP. Luego al ISP tendrían que mandarle desconectar tal línea.

Ya lo de pasar de IP-hora a persona real, lo de siempre.

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BocaDePez

De todas formas, aunque reformulen la sentencia indicando la ip fecha y hora para que identifiquen qué titular tenía esa ip, creo haber leído que esos hechos ocurrieron hace 3 años o más, por lo que esos logs no van a estar disponibles porque la ley obliga a guardarlos 2 años, y salvo que al iniciarse algún procedimiento judicial que obligase a guardar la información para una solicitud posterior, el operador los borra y ya no hay forma de saber quién tenía la ip. Así que creo que en este caso en concreto, nito75 se salva porque R no va a tener la información guardada para poder identificarlo

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BocaDePez

Este caso particular les da igual. Ya estoy intentando explicarlo. Cogen a una empresa pequeña y le meten el pleito al otro extremo de la península (y Promusicae tiene sede en Madrid, para mí esto es abuso de derecho, yo no le pongo un pleito a un vecino en Canarias si resido en Huesca). Buscan que la sentencia no se pueda recurrir (no porque no sea recurrible, sino porque sea inviable hacerlo). Una vez logrado esto, tienen una sentencia a favor de lo que les interesa. Ahora irán a por otra, y luego a por otra, siempre en la misma línea. Cuando tengan muchas, irán directamente a por todas exponiendo todas estas sentencias como "precedentes" que en su día no fueron ni recurridos ni invalidados. Es una estrategia muy inteligente.

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BocaDePez

Pero esta sentencia no sienta ningún precedente, y menos cómo está redactada y justificada, y muchos de los puntos de la misma chocan directamente con derechos y normas de rango superior.

Que sea una prueba¿? Sí, es muy probable, pero mucho más tienen que afinar para que pueda cumplir sus objetivos y alguna ley tendrán que retocar para que sea viable

BocaDePez

Y otra cosa,

hasta que punto es legal el "programa" o metodos que usan para saber que nito75 tiene cinco mil y pico archivos compartidos en una carpeta en su ordenador?

PD:Como la peli clasica de Espartaco.......

"yo soy nito75"

quien mas....

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NetSpot
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A ver, si usas un programa P2P, pongamos eMule, y tú has seleccionado en la configuración el que cualquiera pueda ver tu carpeta compartida, cualquiera que se conecte a tí y use la opción oportuna, puede ver los archivos.

Yo he llegado a ver, no ya 5000 archivos, sino teras, y teras, y teras y más teras, por un sólo usuario.

En Direct Connect, que es en lo que se basan, pues tres cuartos de los mismo.

BocaDePez
1

El programa era el DC++, ahí tu tienes tu carpeta en la que compartes con la gente que este en el servidor, es muy usado en las partys por ejemplo. Entonces tu entras a un server donde esta la gente y después "entras" en los usuarios para ver que tienen y coger lo que quieras o puedes tirar búsquedas también para no perder tiempo.

Vamos, que poco o nada hizo la empresa que contrataron para "sacarle" los datos a Nito75 xD

BocaDePez

Debería desconectarle pero por ese Nick...

BocaDePez

Voy a cambiarme el nick del eMule por nito75

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BocaDePez

pornito75? Ya vemos para lo que usas el emule...:)

BocaDePez

R debe andarse con cuidado ya que si desconecta al usuario que no es la culpa recaerá sobre R, no sobre el juez que ha dictado dicha orden. Por eso comprendo su cautela a la hora de desconectar "alegremente" a cualquier persona.

Por otro lado dicho usuario puede denunciar a R por vulnerar su derecho a la comunicación (libre expresión, ...), lo que sería perfectamente comprensible dado que en realidad sería así, entonces ¿ será el mismo juez quien saldrá en defensa de la obligación de R a acatar dicha orden judicial ?

Cuando criminalizas al usuario final de P2P como si obtuviese lucro de algo que hace exclusivamente para uso personal y privado te tienes que andar con mucho cuidado de la medida que tomas.

Por otro lado quien obtenga lucro no lo va a ir publicando por ahí así que ¿ cómo lo distingues ?.

La pregunta es ¿ la solución a este último problema es convertirlos a todos en crminales ? Yo creo que la solución nunca debe pasar por convertir a parte de tus posibles futuros clientes en criminales.

A mi, desde luego, si me desconecta de Internet la industria cultural sin haber obtenido lucro y habiéndolo hecho solamente para uso privado ni se me ocurre volver al cine, comprar una película, serie, ... Como poco me costaría olvidarlo.

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BocaDePez

No, te equivocas, si R hace lo que sea cumpliendo o ejecutando una sentencia judicial no puedes denunciarlos por nada. Todo lo contrario, puedes denunciarlos por no acatar o ejecutar la sentencia, por eso subrayan que les resulta de imposible cumplimiento, porque en este caso se pide ejecución de la sentencia y se los follan a multas hasta que acaben pasando por el aro (incluso podría revocárseles la licencia de operadores de telecomunicaciones).

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BocaDePez

Entonces es cierto que lo del derecho a las comunicaciones de las personas no vale ni el documento donde conste escrito ... que pena.

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BocaDePez

Es un conflicto de derechos. Casi todo el mundo dice que prevalece el derecho a la comunicación, a la privacidad, a la difusión de la cultura, etc. sobre el "derecho" a la propiedad intelectual. Pero adivina quién tiene más pasta y quiere imponer sus puntos de vista, aunque sean una minoría absolutísima. Ya lo dije arriba, es un problema político, y sólo se soluciona políticamente.

BocaDePez

Hombre, la sentencia es de risa., y vergüenza me daría ser cualquiera de esos Magistrados. Aunque visto como funcionan últimamente la Justicia Española, seguro que algunos están tomándose tapitas con los de Promusicae y todos esos....

Esta claro que R, pasa de todo y no querrá ni recurrir la sentencia, ya que no se presento a ninguno de los juicios, por lo que esta declarada en rebeldía. Pero bueno, a poco que la defendiera en el Supremo el tema estaría mas que resuelto.

BocaDePez

Como bien han declarado del Bufete Sánchez Almeida y el abogado David Bravo, que llevan años dándole vueltas a la chapucera legislación española al respecto en este caso la sentencia debería ser nula de pleno derecho e inaplicable ya que a nito75 que es el principal implicado no se le ha dado manera de defenderse o de de explicarse ante el juez.

En este caso se incumple lo que en sentencia del 8 de marzo de 2006 dijo el Tribunal Supremo: "la figura de creación jurisprudencial del litisconsorcio pasivo necesario tiende a evitar que puedan resultar afectados directamente por una resolución judicial quienes no fueron oídos en juicio".

Vamos, poniendonos leguleyos han hecho un espantoso ridículo para contentar a la "Industria"....