Buenos dias.
Despues de instalar un servidor de correo (exim en Debian) me encuentro que manda bien los correos pero no los recibe.
Mirando cosas veo que tengo el puerto 25 (smtp) cerrado (tambien el 110, pop3), por lo que llamo a R para que me los abran. El departamendo tecnico me dice que tanto el puerto 25 como el 110 estan cerrados por mi seguridad :-? :-? :-? , trato de explicarle amablemente que de mi seguridad ya me encargo yo, pero nada.
Despues de colgar miro el contrado y busco si pone algo de que me van a cerrar los puertos, sin poner, logicamente, nada. Vuelvo a llamar y me vuelven a decir que me los cierran por mi seguridad y por una ley que lo prohibe para ip dinamicas (tengo un combo 3 con ip dinamica), por lo que le indico que me diga que ley me lo prohibe y no lo sabe ( logicamente, es una tecnica) me dice que si quiero me pasa al departamento de reclamaciones, a lo que le digo que si.
Alli, ademas de poner una reclamacion le indico si me puede pasar con algun departemento (juridico, por ejemplo) que me indique que ley les obliga a cerrarme los puertos 25 y 110, respondiendome que a ninguno, que si eso mande un mail a "R al habla" (o algo asi) que ya me contestaran.
Eso si, la tecnica me indico amablemente, que si queria podia contratar una ip fija con lo cual ya me abrian los puertos sin problemas.
Entonces yo me pregunto:
* ¿Es simplemente una tecnica de marquetin para venderte una ip fija? y en tal caso, no estan obligados a abrirmelos.
* ¿Existe tal ley?, y si existe ¿cual es? o donde puedo encontrarla.
* ¿Me pueden cerrar los puertos si no pone nada en el contrato y no existe esa ley?.
Todas las conversaciones se realizaron con las mejores formas (en eso un chapo para R).
Pd 1: He buscado por temas de puertos cerrados sin encontrar nada parecido (todos se quejan del emule), si ya estaba contestado, pos lo siendo :-D
Pd2: Todos los acentos han sido deliveradamente omitidos