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ADSL/VDSL

Publicidad engañosa e incumplimiento de contrato (SuperBanda)

BocaDePez
BocaDePez

Hola a todos, como sabreis casi todos Superbanda saco una oferta en la que decia que a partir del 1 de Junio duplicarian la velocidad a 1 Mega. Pues bien es mentira, acabo de hablar con ellos para saber porque todavia no me han duplicado la velocidad y dicen que no pueden, porque dependen de Telefonica.

A mi eso me parece incumplimiento de contrato y publicidad engañosa.
Voy a poner una denuncia en Consumo, si estais en la misma situación hacerlo tambien porque cuantos más seamos más fuerza haremos.

Este tema está cerrado a nuevas respuestas. Abre un nuevo tema para retomar la conversación.
BocaDePez
BocaDePez

Está todo el mundo esperando a Timofonica, qué te crees que a ellos se lo iba a hacer antes???? :-|

Cuando toque a la central en al que estás te duplicarán, independientemente de la empresa en la que estés.

BocaDePez
BocaDePez

El problema no es ese sino la publicidad que hicierón. Yo no espero nada que no haya contratado, pero si contrato algo eso eso.

Es como si tu te compras un coche y te dicen que a partir del mes siguiente consumira la mitad y tu te lo compras. Y cuando llega el mes siguiente te dicen que no va a consumir menos porque no depende de ellos. ESO NO SERA PUBLICIDAD ENGAÑOSA ????????????

BocaDePez
BocaDePez

no es lo mismo que digan "duplicamos la velocidadad a partir del dia 1 de junio" que decirte el dia 1 de junio duplicamos, asi que ten cuidadin con la denuncia que puede que se vuelva contra ti

BocaDePez
BocaDePez

En realidad pone "ampliable a 1 Mega Junio". Esto buscando la que ponia el día 1 de Junio.

lynze

Hola Invitado... Uy, quiero decir Bocadepez. Pensaba que estaba en el foro de ADSL Zone... :-P como el mensaje es el mismo...

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BocaDePez
BocaDePez

La información tiene que llegar a todos y no todos se conectan a los dos foros.

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lynze

Ah! fale, perdón. Pido disculpas por si a alguien le ha sentado mal. ;-)

naps

tu nick te hace honor

BocaDePez
BocaDePez

yo creo que los moderadores deberian tratar de que no se pongan titulos que son un poco fuertes, como es este caso, porque afirmar en un titulo que hacen publicidad engañosa por que me da la gana de ponerlo, es hacer daño al nombre de una empresa y sin tener justificacion,, no os parece?

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lynze

¿Y entonces dónde está la libertad de expresión? También es cierto que es necesario que la gente no se pase de largo, pero si los moderadores empezaran a censurar mensajes... pues entonces que venga Franco y ya verás como censura, ya.

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BocaDePez
BocaDePez

no se trata de censurar mensajes, pero alguna empresa podria querellarse contra esta pagina por difundir opiniones falsas aunque sean de personas anonimas, bueno no tan anonimas

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BocaDePez
BocaDePez

Adelante, quieres mis datos personales ????

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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Desde luego que lo que ha escrito este hombre me parece una tontería y verdaderamente me gustaría saber qué es lo que le dicen si verdaderamente denuncia a Superbanda por esta chorrada.

Lo que pasa es que los moderadores en un caso como éste, tampoco es que puedan hacer demasiado. Su labor no es la de obligar a que los que escriben utilicen el sentido común, sino asegurarse de que se cumplen las normas de los foros.

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BocaDePez
BocaDePez

Si te parece una tonteria avisar a la gente de una cosa que es real y que esta pasando, para que decindan con toda la información real posible, es que eres una parte interesada.

A ti no te gustaria que te avisaran si hay una empresa que promete una cosa y que luego no cumple ???

O tu prefieres que se oculte la información y sigan campando a sus ancha la gente que miente para sacar un beneficio, prometiendo cosas que no puede cumplir ????

Voy a abrir una pagina web que voy a prometer dar 100Megas en Septiembre y cuando llege Septiembre no lo voy a dar y te voy a pedir que no digas nada y si dices algo que lo borre los moderadores.

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BocaDePez
BocaDePez

mira chaval , para afirmar eso hay que estra segruo, y vuelvo a decirte lo de antes, no es lo mismo a partir de , que el dia d, piensalo un poquito y a lo mejor aprendes a no ser tan precipitado, tanto para poner ese titulo, como para decir que puedo ser parte interesada, anda no digas mas tonterias por una pataleta que tienes

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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Nada más lejos de la realidad. :-|

Denúnciales, si tan convencido estás de lo que dices.

La ampliación de velocidad no depende de SuperBanda, que parece que no te enteras, depende de Timofonica porque el servicio que tú tienes es el servicio GigaDSL de Timofonica de toda la vida. Toda modificación en ese servicio depende directamente de la Timo.

La fecha que aparecía en la web es la correcta porque así se lo indicaron desde Timofonica a todas las operadoras que revendían su ADSL.

A partir del 1 de junio se está llevando a cabo una duplicación del servicio de Timofonica. La duplicación va por centrales y en la página de Timofonica existe un listado con las fechas de previsión de ampliación de centrales.

acayu

Comento lo mismo que he dicho en ADSLZONE:

Tiene razón el que ha editado este post, eso se llama publicidad engañosa . Esto es lo que me ponía cuando contrate Superbanda (corto y pego desde la Web de superbanda):

La oferta que va a contratar es:

ADSL Medium. Oferta ADSL sin Router/Modem
ADSL 512Kb ampliable a 1Mb Junio 2005

Características:

Tarifa plana Llamadas Locales
Tarifa plana Llamadas Provinciales
Esta oferta es para
usuarios que ya disponen de modem o router ADSL (*) Precio: 25,95 €
Alta: 0 €

Pone claramente ampliable en Junio . Si alguien sabe como reclamar esta posible estafa, que lo exponga en este foro.

Respecto a lo comentado por BocaDePez 195.53.115. decir que el titulo del post es fuerte, pero se ajusta a la realidad. Lo que es verdaderamente fuerte es el abuso al que nos someten las ISP, y este es un claro ejemplo. Por lo que veo muy bien que se denuncien públicamente este tipo de abusos, como ha hecho el usuario que ha editado este post.

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Dreadnought

Perdón, pero "ampliable en Junio" no significa el 1 de Junio, si no a partir del 1 de Junio y durante todo ese mes. Ya se que es jugar con el significado de las palabras, pero es lo que significa y a éso se agarran las empresas. Es lo mímo que cuando te ofertan velocidades de "hasta 4MB": Eso no significa que tengan que darte 4MB si no que lo máximo que vas a tener son 4MB; si cumples con el mínimo del 10%, ajo y agua

🗨️ 4
BocaDePez
BocaDePez

Correcto, ya perdio Wanadoo un juicio por poner en la publicidad 256 en vez de hasta 256.

Pero como ya he comentado en otros post creo que cuando yo lo contrate ponia 1 de Junio. Siguo buscando, porque la publicidad la han ido cambiando.

BocaDePez
BocaDePez

De hecho, esas fechas las indicaban porque ya sabían que eran las fechas en las que comenzarían a realizar la duplicación los de Timofonica. Nunca dijeron que serían ellos mismos los que harían la ampliación, sino que al ser servicio revendido de Timofonica, dependería directamente de Timofonica y de su duplicación.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Y eso donde lo ponia en la publicidad ????

acayu

Dreadnought, el problema esta en que no lo van a ampliar en todo junio, posiblemente me toque por septiembre, por lo que es publicidad engañosa. Telefonica no empieza a duplicar hasta el 26 de Julio(creo) y si tengo que esperar a su duplicacion segun dicen algunos usuarios de este foro, la cuestion esta clara, es un incumplimiento de contrato por parte de Superbanda y publicidad engañosa.

BocaDePez
BocaDePez

"Pone claramente ampliable en Junio"

Bien y precísamente en junio es cuando se ha empezado con la duplicación..... :-P

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Pero si depende de Telefonica puede que te toque en Septiembre. Entonces estaremos todos de acuerdo en que es publicidad engañosa ???

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

En cualquier caso, lo podrás decir cuando se acabe el mes de junio. Hasta entonces, Superbanda no habrá engañado a nadie con esto.

BocaDePez
BocaDePez

Solo quiero comentar que a mí tambien me sucedió lo mismo, me dijo lisa mauriz ANTES de contratar que tendría 1MB en junio (eso cuando todos sus productos eran 512kb) porque me desagregaban inminentemente. TENGO el banner de la web donde ponía 512kb AMPLIABLE a 1MB EN JUNIO. Es verdad que pueden hacerlo entre el primer día y el último. Pero DESPUES de contratar llamé para ver cuando me subían y me dijo la misma Lisa que CUANDO LO HICIERA TELEFONICA (me dijo una cosa antes de, la web ponía lo que he dicho antes, y después de contratar ya me dijo otra).

Conclusión: Me dí de baja porque no quiero que me pase como en jazztel.

Nota: La publicidad también tiene caracter contractual. No puedo poner el banner porque no estoy en casa, pero si lo quereis decirlo y lo subo.

BocaDePez
BocaDePez

BocaDePez tu eres mu tonto.

Dreadnought

Os posteo el contrato de Superbanda, para que lo leais como he hecho yo (y es un coñoazo monumental)

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO SUPERBANDA DE GRUPALIA INTERNET, S.A..
Las presentes Condiciones de Contratación regulan la relación entre GRUPALIA INTERNET, S.A. con domicilio social en la calle Julián Camarillo nº 26, de Madrid, (C.P. 28037) y con CIF núm. A-47436019, representada por D. Alberto Estirado Bronchalo, con DNI núm. 27.303.220-N, y el titular del Servicio (en adelante el 'Cliente') que contrate cualquiera de los productos de la gama de Servicios ADSL SUPERBANDA en los términos que a continuación se indican.

1.- DEFINICIÓN, CONDICIONES Y MODALIDADES DEL SERVICIO ADSL SUPERBANDA.

DEFINICIÓN

El "Servicio ADSL SUPERBANDA" conlleva el servicio conjunto de telefonía fija y acceso ADSL a Internet en el territorio español, y en concreto en las zonas geográficas incluidas en la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1999 donde esté disponible, que será suministrado por GISA al Cliente (a) directamente en lo que se refiere al Servicio Telefónico y (b) a través de GRUPALIA INTERNET, S.A. (en adelante GISA) en lo que se refiere al Acceso ADSL a Internet, de conformidad con los términos y condiciones descritos en cada concreta oferta, en la modalidad del Servicio ADSL SUPERBANDA elegido, así como de conformidad con lo previsto en el conjunto de las Condiciones de Contratación previstas y mencionadas en el presente Documento.

El Servicio se prestará al Cliente en su calidad de cliente final, no pudiendo este último revenderlo a terceros, limitándose al ámbito del domicilio del Cliente. El Cliente se obliga a no conectar al Servicio ningún sistema informático, equipamiento o similar que esté ubicado fuera del domicilio de instalación del Servicio ADSL SUPERBANDA contratado.

CONDICIONES

Las presentes Condiciones de Contratación del Servicio ADSL SUPERBANDA se componen a su vez de las siguientes:

Condiciones Generales de prestación del Servicio ADSL de GISA

Condiciones Generales y Específicas de Contratación del Servicio Telefónico de GISA que serán de aplicación al Servicio ADSL SUPERBANDA.

Condiciones Particulares del Servicio ADSL SUPERBANDA descritas a continuación, relativas a las condiciones de acceso a Internet y todos aquellos aspectos relacionados con la prestación del servicio en su conjunto, que en todo caso prevalecerán en caso de conflicto con las anteriores para este servicio en concreto o cualquiera de sus gamas contratadas.

Todas las condiciones de contratación antes mencionadas se encontrarán disponibles en www.grupalia.net/superbanda

El Servicio ADSL SUPERBANDA, consta de los siguientes servicios y/o prestaciones:

2.- EL SERVICIO TELEFÓNICO DE ACCESO INDIRECTO Y MARCACIÓN DIRECTA.

Permitirá al cliente cursar llamadas locales, provinciales, interprovinciales, internacionales y de fijo a móvil, desde un teléfono fijo a través de GISA. En caso de que el Cliente no tuviera activada la Marcación Directa con carácter previo a la contratación del Servicio ADSL SUPERBANDA, y hasta el momento de activación de la misma, el Cliente podrá disfrutar del servicio marcando el prefijo 1055 antes del número deseado (denominado Servicio de Acceso Indirecto). Para la correcta activación de ambos servicios, es requisito imprescindible que el Cliente devuelva a GISA el "Contrato de Prestación del Servicio de Acceso Indirecto" y la "Solicitud de Preasignación" (Marcación Directa) debidamente firmados.

Según la modalidad ADSL SUPERBANDA contratada, se incluirá en el precio los tipos de llamadas incluidas en la misma, siendo facturadas con la tarifa estándar en vigor aquellas otras llamadas no incluidas en la modalidad contratada.

El Cliente podrá consultar las tarifas vigentes en cualquier momento, que se encuentran disponibles en (link roto)

3.- ACCESO A INTERNET ADSL.

Permitirá al Cliente que disponga de una línea telefónica activa y módem, un acceso a Internet de alta velocidad las 24 horas del día, todos los días del año. El acceso a Internet ADSL SUPERBANDA incluye asimismo los siguientes Servicios Asociados: 15 direcciones de correo POP de 100 Mb, y 50 Mb de espacio web para páginas personales.

Con relación al Servicio de cuenta personal de correo electrónico y páginas personales, el tamaño y capacidad de los mismos serán los descritos en la correspondiente oferta del servicio.
Salvo indicación contraria en la concreta oferta de Servicio o en su caso en las Condiciones Particulares, GISA se reserva la facultad de limitar la capacidad y tamaño máximos de los buzones de correo y el espacio dedicado al albergue de las páginas personales a 50Mb para cada uno de los Servicios.

4.- SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA.

El Cliente dispondrá de un servicio gratuito de asistencia técnica telefónica, (sin perjuicio del coste de la llamada que, en su caso, pudiera tener que soportar el Cliente), disponible tanto para el Servicio Telefónico como para el Acceso a Internet con el fin de atender cualquier tipo de incidencia que afecte al funcionamiento del Servicio ADSL durante 365 días, 24 horas al día en el teléfono: 902 088 725.

5.- MODALIDADES

ADSL SUPERBANDA Ámbito Local 512 Router Wi-Fi
Es una tarifa plana 24 horas para llamadas de voz de ámbito local y de acceso ADSL a Internet 512 (velocidad de subida Cliente-Red de hasta 128 Kbits/seg. y una velocidad de bajada Red-Cliente de hasta 512 Kbits/seg). Incluye el módem / router Wi-Fi ADSL. Horario de navegación incluido en la cuota mensual: 24 horas todos los días de la semana sin limitación).

ADSL SUPERBANDA Ámbito Local 512
Es una tarifa plana 24 horas para llamadas de voz de ámbito local y de acceso ADSL a Internet 512 (velocidad de subida Cliente-Red de hasta 128 Kbits/seg. y una velocidad de bajada Red-Cliente de hasta 512 Kbits/seg). Incluye el módem/ router autoinstalable ADSL. Horario de navegación incluido en la cuota mensual: 24 horas todos los días de la semana sin limitación).

ADSL SUPERBANDA Nacional 512
Es una tarifa plana 24 horas para llamadas de voz de ámbito nacional (local, provincial e interprovincial) y de acceso ADSL a Internet 512 (velocidad de subida Cliente-Red de hasta 128 Kbits/seg. y una velocidad de bajada Red-Cliente de hasta 512 Kbits/seg. Incluye el módem ADSL autoinstalable. Horario de navegación incluido en la cuota mensual: 24 horas todos los días de la semana sin limitación).

Servicios asociados:

ADSL SUPERBANDA 512 Local router Wifi:
Buzones de correo POP: 15
Espacio de Buzón: 100 Mb
Mb Espacio Web: 50 Mb

ADSL SUPERBANDA 512 Local:
Buzones de correo POP: 15
Espacio de Buzón: 100 Mb
Mb Espacio Web: 50 Mb

ADSL SUPERBANDA 512 Nacional:
Buzones de correo POP: 15
Espacio de Buzón: 100 Mb
Mb Espacio Web: 100 Mb

Las velocidades mencionadas en cada una de las modalidades descritas anteriormente se ofrecerán a los clientes dados de alta, de forma progresiva conforme la zona geográfica donde se encuentren.
En ningún caso GISA garantiza ni se responsabiliza de todos aquellos supuestos en que la velocidad máxima establecida para cada modalidad no pueda ser llevada a cabo por razones técnicas o incompatibilidades o, en general, factores externos a GISA o no bajo el pleno control de ésta. Respecto de las modalidades ADSL mencionadas, GISA garantiza un nivel del 10% SBR de la velocidad de transmisión establecida en las mismas.

Nota: Oferta no válida para empresas cuya base del negocio sean servicios de telecomunicaciones (plataformas telefónicas, reventas de servicios telefónicos).
Cada Tarifa Plana sólo podrá utilizarse por una única línea física o canal. Oferta limitada a llamadas de voz, no permitiéndose la utilización de la misma de forma abusiva o excesiva (Por ejemplo, llamadas a numeración de Internet o entre routers o módems para la transmisión de datos).

CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO ADSL SUPERBANDA

Las presentes Condiciones Particulares regulan todo lo relativo al Servicio de acceso a Internet a través de la tecnología ADSL (Asymmetric Digital Subscriber Line o Línea Digital de Abonado Asimétrica) y todos aquellos aspectos relacionados con la prestación del servicio de telefonía e Internet en su conjunto, que en todo caso prevalecerán en caso de conflicto con las restantes Condiciones respecto a cualquiera de los productos de la gama contratados.

1.- ACEPTACIÓN POR EL CLIENTE.

Será condición esencial para la prestación del Servicio por parte de GISA al Cliente del Servicio ADSL SUPERBANDA, y sin perjuicio del derecho de desistimiento de siete (7) días del que dispone el Cliente de conformidad con la normativa vigente, la aceptación expresa y sin reservas por el Cliente del conjunto de las Condiciones de Contratación presentes e indicadas en el apartado anterior, en cualquiera de las formas que a continuación se indican:

(i) La activación del botón 'enviar' o 'aceptar' o 'continuar' o similar en la solicitud de alta en el Servicio a través del formulario electrónico habilitado a tal efecto, junto con la firma y envío en todo caso de la solicitud de Preasignación (Marcación Directa) y el Contrato de Prestación del Servicio de Acceso Indirecto (ii) El cargo o pago de la correspondiente factura y (iii) Cualquier otra acción que implique por parte del Cliente el uso del Servicio ADSL SUPERBANDA de conformidad con la legislación vigente.

El Cliente podrá desistir libremente del Contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles a partir del día de la celebración del Contrato.

2.- PRECIO Y FORMA DE PAGO.

El Cliente deberá abonar a GISA el precio del Servicio ADSL SUPERBANDA correspondiente a la concreta opción y modalidad contratada, de conformidad con lo establecido en las condiciones de contratación y con las tarifas de GISA vigentes en cada momento, disponibles en www.grupalia.net/superbanda.
No obstante lo anterior, en los casos en los que GISA lance promociones temporales para el Servicio, los precios aplicables serán los que se establezcan en la oferta correspondiente.

En el supuesto de que el Cliente decida darse de alta en el Servicio a través de alguna promoción ofertada por GISA consistente en la rebaja o gratuidad del precio de la cuota de alta, cuota mensual, MÓDEM ADSL o cualquier otro elemento facturable del Servicio, el Cliente declara y reconoce de manera expresa haber sido informado de las condiciones de la promoción. A este respecto el Cliente acepta de manera expresa, sin reservas y como condición necesaria para poder disfrutar de los beneficios de la promoción, el permanecer de alta en el Servicio durante al menos una anualidad completa de manera continuada pagando la totalidad de las cuotas mensuales correspondientes. En el caso de que el Cliente se diese de baja antes de la mencionada anualidad, o GISA le diese de baja por incumplir el Cliente las presentes Condiciones Particulares o las Generales, el Cliente perderá de manera automática los beneficios de la promoción de la que disfrutó en el momento de la contratación del Servicio. En tal caso en ese momento se devengará una deuda a favor de GISA por el importe correspondiente (i) al precio completo del Servicio sin tener en cuenta los beneficios disfrutados en virtud de la promoción, (ii) a las cuotas mensuales no abonadas por el Cliente y correspondientes a las mensualidades que resten para completar la primera anualidad, (iii) las penalizaciones, indemnizaciones, intereses de demora u otro tipo de cargos que correspondan conforme a las condiciones de contratación y/o la legislación vigente en cada momento. En consecuencia el Cliente deberá devolver a GISA dicho importe. A tal fin el Cliente autoriza igualmente de manera expresa e irrevocable por la mera contratación del Servicio, a que GISA le cargue en el momento de la baja y en la cuenta corriente proporcionada por el Cliente dicho importe.

3.- CONDICIONES ESPECIALES PARA EL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET DE CUALQUIER MODALIDAD ADSL SUPERBANDA :

A.- REQUISITOS TÉCNICOS MINIMOS A CUMPLIR POR EL CLIENTE:

Para la utilización del acceso a Internet en cualquier modalidad ADSL SUPERBANDA, el Cliente ha de reunir una serie de requisitos mínimos, cuyo cumplimiento se considera condición esencial y necesaria para la prestación del Servicio ADSL SUPERBANDA. Los mencionados requisitos son (i) de equipamiento informático, (ii) de acceso telefónico y (iii) técnicos. Todos ellos deberán ser verificados por el Cliente con anterioridad a la contratación del Servicio ADSL SUPERBANDA.

(i) El equipo informático del Cliente deberá reunir las siguientes características mínimas:

Pentium 100 Mhz o superior o Power PC para Mac.
Disponibilidad de Puerto USB para el módem, y de Tarjeta Ethernet con Interfaz RJ-45, para el router.
32 MB de memoria RAM o superior.
CD-ROM del sistema operativo de su PC.
Sistemas operativos compatibles: Windows 98 primera y segunda edición, 2000, XP y ME, y cualquier otro que se comunique en un futuro.

(ii) El acceso telefónico del Cliente deberá reunir las siguientes características:

Alta en una línea telefónica analógica RTB con Telefónica de España, S.A.
La línea telefónica básica ha de estar conectada a una central con cobertura ADSL.
La línea telefónica no deberá servir de base a ningún servicio incompatible con el Servicio ADSL como: servicio teletax (teletarificación mediante impulsos de 12Khz); hilo musical; servicio Novacom (RDSI); Servicio TRAC (Telefonía Rural de Acceso Celular); líneas de backup, circuitos alquilados (Frame Relay, IP Básico); Servicio de Red Delta; Extensiones de centralita; Ibercom, así como cualesquiera otros que en un futuro puedan considerarse incompatible.

(iii) Otros requisitos técnicos necesarios para la utilización del Servicio ADSL SUPERBANDA:

Un elemento de filtrado de señales que permita el uso compartido del bucle entre las comunicaciones telefónicas y el acceso indirecto mediante las tecnologías ADSL. Dos elementos de filtrado de señales distribuido, en adelante 'Microfiltros'.
Un Módem y/o router ADSL que cumpla los requisitos mínimos especificados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y aceptados por GISA. A los efectos aquí previstos se entenderá por 'Equipamiento ADSL' el compuesto por los siguientes elementos: (i) el 'módem' o 'router' ADSL, y (iii) la Tarjeta Ethernet en caso de disponer de Router ADSL.

Prolongación del cableado en el caso que el filtro (splitter) se encuentre situado lejos del modem o router ADSL.

De conformidad con lo establecido con anterioridad, la posesión de los equipamientos y cumplimiento de los anteriores requisitos se considera condición esencial y necesaria para la prestación del Servicio de acceso a Internet de cualquier modalidad ADSL SUPERBANDA contratada. En consecuencia en caso de falta de cumplimiento, en todo o en parte, de los mencionados requisitos por el Cliente, GISA no estará obligada a la prestación del Servicio ADSL SUPERBANDA y, por tanto no se podrá considerar la no prestación del mismo como un incumplimiento de GISA de las presentes Condiciones ni se podrá exigir por el Cliente ningún tipo de indemnización, devolución y/o compensación por esta causa.

En el caso de que el Cliente haya manifestado a GISA el cumplimiento por su parte de los requisitos requeridos de acuerdo con este apartado, trasladándose un operario al domicilio en el que se haya solicitado la instalación del Servicio ADSL SUPERBANDA, y en situ se compruebe que no se cumple con los mencionados requisitos, GISA se reserva la facultad de cobrar al Cliente los gastos en los que GISA haya incurrido por este particular, que en todo caso incluirán el traslado del operario.

B. EQUIPAMIENTO:

El Equipamiento ADSL SUPERBANDA incluye módem/router autoinstalable ADSL, módem/router Wi-Fi ADSL así como dos microfiltros, según la modalidad elegida por el CLIENTE.
GISA proporcionará al Cliente el Equipamiento ADSL, bien en régimen de compraventa, bien en régimen de arrendamiento, dependiendo de la modalidad de servicio u oferta concreta contratada por el cliente:
A)Arrendamiento del Equipamiento: En el caso de que el Cliente se dé de alta en una modalidad de servicio u oferta que incluya el equipamiento ADSL sin que se especifique expresamente el régimen en el que se transmite el equipamiento, GISA arrendará al Cliente tal equipamiento por el tiempo de duración del contrato y por el precio correspondiente a la tarifa vigente y/o promoción suscrita por el cliente en el momento de la contratación, permaneciendo el equipamiento en propiedad de GISA. El equipamiento podrá ser nuevo o previamente utilizado y en correcto estado de funcionamiento.
El cliente no podrá subarrendar en todo o en parte el equipamiento, ni variar su forma. El cliente está obligado a usar el equipamiento diligentemente, destinándolo al uso para el que ha sido cedido. El cliente será responsable del deterioro o pérdida del equipamiento a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya.
A la finalización del contrato por cualquier causa, el Cliente deberá devolver a GISA a su cargo el Equipamiento arrendado en correcto estado de funcionamiento y sin otro deterioro que el provocado por el transcurso del tiempo. En el caso de que GISA no reciba dicho Equipamiento en un plazo de quince días hábiles desde la terminación del contrato, GISA se reserva el derecho a facturar al cliente la cantidad correspondiente al valor residual del Equipamiento en el momento de la terminación del Contrato.
B)Venta del Equipamiento cuando así lo determine la concreta oferta del servicio: Cuando así lo determine de forma expresa la concreta oferta del servicio, GISA transmitirá al Cliente dicho Equipamiento en régimen de compraventa, pasando el mismo a ser propiedad del Cliente.
C)Venta del Equipamiento a solicitud del cliente: En el caso de que el Cliente solicite por propia iniciativa a GISA la adquisición de cualquiera de los elementos que componen el Equipamiento ADSL sin que la adquisición de la propiedad de éstos estuviera incluida en la concreta oferta que contrató el Cliente, GISA transmitirá al Cliente dicho Equipamiento en régimen de compraventa, pasando el mismo a ser propiedad del Cliente.
GISA se reserva el derecho a sustituir, en cualquier momento, cualquiera de los elementos que componen el Equipamiento ADSL, por uno de características equivalentes o similares.

C. INSTALACIÓN:

EQUIPAMIENTO ADSL: Los equipos suministrados con las ofertas ADSL SUPERBANDA serán autoinstalables, por lo que la instalación correrá a cargo del Cliente. En caso de solicitar el Cliente a GISA cualquiera de los elementos que componen el Equipamiento ADSL, el Cliente lo adquirirá y GISA podrá proporcionárselos en régimen de venta (sujeto a las promociones vigentes en el momento de la contratación) , quedando los mismos en propiedad del Cliente.
En el caso de que el Cliente cuente ya con acceso ADSL previo, habiendo adquirido alguno o todos los elementos que forman el Equipamiento ADSL a un tercero, el Cliente deberá asegurarse de que el mismo sea compatible con el Servicio ADSL de GISA y cumpla con lo previsto en las presentes Condiciones Particulares. En caso de que no sea compatible, GISA no estará obligada a la prestación del Servicio ADSL SUPERBANDA y podrá cobrar al Cliente todos aquellos gastos en los que haya incurrido por este particular.
El Cliente que desee contratar el Servicio ADSL SUPERBANDA después de haber contratado otro servicio de ADSL con otro proveedor, deberá estar dado de baja de forma efectiva con ese otro operador antes de proceder a contratar el Servicio ADSL SUPERBANDA .
El Cliente debe disponer del 'login' y 'password' de acceso al router o módem ADSL en el momento de contratar el Servicio para que el Servicio de Atención al Cliente pueda configurar los parámetros necesarios para prestar el Servicio. En caso de no disponer del login y password se lo deberá solicitar a su anterior proveedor. En este último supuesto sólo será obligación de GISA facilitar al Cliente los parámetros necesarios para configurar el Servicio ADSL SUPERBANDA.

D- GARANTÍAS DEL EQUIPAMIENTO ADSL:

El equipamiento ADSL ofrecido por GISA será autoinstalable garantizándose su reposición o reparación en caso de mal funcionamiento del mismo por causas ajenas al CLIENTE durante la vigencia del contrato.

La garantía cubrirá las faltas de conformidad del Equipamiento respecto al Contrato que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega en caso de venta.

En ningún caso la garantía cubrirá la falta de conformidad del equipamiento provocada por un mal uso o falta de diligencia por parte del Cliente. En ningún caso la garantía consistirá en la devolución del precio pagado por el Cliente.

La recogida y entrega del Equipamiento para su reparación o sustitución del mismo en aplicación de la garantía se realizarán sin cargo alguno para el Cliente en el mismo domicilio donde fue realizada la entrega. No quedan incluidas en el ámbito de la garantía fallos de conexión por manipulación de cualquiera de los elementos del Equipamiento ADSL, ni por configuración del módem ADSL y/o router, o de los microfiltros sin seguir las instrucciones contenidas en el Pack. La modalidad ADSL SUPERBANDA no se comercializa desligando el acceso ADSL del Equipamiento. La contratación del ADSL SUPERBANDA, obliga al Cliente a contratar el servicio de acceso ADSL. Ni GISA ni los fabricantes del Módem ADSL y/o router o microfiltros garantizan que la modalidad ADSL SUPERBANDA sea compatible con otro software y/o hardware que pudiera estar instalado en el ordenador del Cliente, de manera que dicho software y/o hardware pueda interferir con la configuración, requerimientos, funcionamiento y/o prestaciones de las modalidades ADSL SUPERBANDA, ni garantiza su correcta funcionalidad o de cualesquiera otros software y/o hardware en dichos casos.

4.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE.

Son obligaciones del Cliente, además de las establecidas en las condiciones de contratación de la cláusula 1 del presente contrato, las siguientes:

a)Permitir en su caso la entrada, una vez se haya determinado la fecha y hora correspondiente, del personal del servicio técnico debidamente acreditado e identificado, a las instalaciones y equipos informáticos del Cliente en que sea necesario operar para:

Poder prestar el Servicio ADSL SUPERBANDA adecuadamente.
Realizar labores de instalación, resolución, asistencia técnica, mantenimiento, así como cualquier otra que, a juicio de GISA o habiéndolo contratado el Cliente, resulte necesaria.

b)Utilizar el Servicio ADSL SUPERBANDA con estricto respeto y cumplimiento de lo establecido en las condiciones de contratación, y en las presentes Condiciones Particulares, siguiendo las instrucciones de configuración del módem ADSL y de los microfiltros que se contienen en el CD de configuración y en la documentación, ambos incluidos en el pack. Usar correctamente los Servicios, haciendo un uso razonable del Servicio bajo el principio de buena fe y con respeto a la legalidad vigente, a la moral, al orden público, a las buenas costumbres, a los derechos de terceros o de la propia GISA, así como a lo contenido en las presentes Condiciones Particulares y en las condiciones de contratación. El Cliente se obliga a respetar las restricciones de uso que para cada uno de los Servicios pudiera determinar GISA. Se considerará terminantemente prohibido el uso de Internet a través de los Servicios de GISA con fines ilegales o no autorizados, y en concreto con carácter no exhaustivo: (i) cualquier forma de violación de los derechos de terceros, (ii) actuaciones (incluyendo la introducción de virus o similares) que provoquen o puedan producir daños, alteraciones y/o sobrecargas no autorizadas de los contenidos, los servicios prestados por GISA o por terceros, los equipos y/o programas informáticos incluidos los archivos y documentos que contengan ya sean de GISA, de otros Clientes de GISA o de terceros prestadores de servicios, (iii) alterar o intervenir por medios fraudulentos, páginas web personales o correos electrónicos o sistemas de otros usuarios o terceros sin autorización de los mismos, (iv) remitir mensajes utilizando una identidad falsa y/o camuflar en manera alguna el origen del mensaje, (v) enviar comunicaciones electrónicas no solicitadas expresamente por sus destinatarios o no previa y expresamente autorizados por los mismos, (vi) enviar comunicaciones electrónicas con carácter masivo y/o repetitivo (spam), (vii) publicar, divulgar, enviar, anunciar o distribuir directamente o a través de enlaces (links), cualquier material, asunto o información con contenidos ilegales, obscenos, pornográficos, violentos, abusivos, difamatorios, xenófobos, degradantes, engañosos, contrarios a la ley, a la moral o al orden público, que induzcan o hagan apología de prácticas peligrosas, violentas, de riesgo o nocivas para la salud, se encuentren protegidos por derechos de propiedad intelectual y/o industrial de terceros o vulnerar los derechos a la intimidad personal y familiar y/o el derecho a la propia imagen, sin que el Cliente haya obtenido de manera previa, escrita y legítima autorización de su titular. El Cliente se compromete a utilizar dicha información exclusivamente para uso personal, y a no realizar directa o indirectamente una explotación comercial de los servicios a los que tiene acceso, o de los resultados obtenidos gracias a la utilización del Servicio, salvo autorización expresa y escrita de GISA.

En caso de incumplimiento de lo aquí establecido, GISA podrá, a su exclusivo criterio y sin que dé lugar a indemnización o compensación alguna, suspender o cancelar de forma inmediata la prestación total o parcial del Servicio y, en su caso, retirar los contenidos que pudieran resultar ilegales. El Cliente consiente expresamente que, con sujeción a lo previsto en el Ley, y en casos de reclamación fundada de tercero, al exclusivo criterio de GISA, ésta podrá revelar los datos personales del Cliente a las autoridades o al tercero reclamante al objeto de que puedan ejercitarse las acciones que en Derecho procedan.

c)La guarda y custodia de claves de acceso: de acuerdo con las características técnicas del concreto Servicio, GISA podrá exigir al Cliente el empleo de un código cliente (login) y/o una contraseña (password), así como cualquier otro sistema de cifrado o de identificación del Cliente usuario para utilizar el concreto Servicio. El Cliente tiene el deber de guarda y custodia de las mencionadas claves o contraseñas, por lo que deberá mantenerlas en la más estricta y absoluta confidencialidad. En consecuencia el Cliente será el único y exclusivo responsable por los daños, gastos por uso del Servicio por terceros y consecuencias que pudieran derivarse de la pérdida, robo, revelación a terceros, o quebrantamiento de las obligaciones de guarda y custodia asumidas por el Cliente.

d)Condiciones de migración de una modalidad a otra: Con independencia del Servicio que se hubiese contratado, el Cliente podrá cambiar, en el caso de que los sistemas lo permitan, sin coste adicional alguno de una modalidad a otra durante la vigencia del mismo, siendo de aplicación las tarifas correspondientes a la nueva modalidad solicitada, y sin perjuicio de la obligación del Cliente de pagar las cantidades devengadas que por el anterior servicio se hubieran devengado.

5.- CALIDAD DEL SERVICIO

GISA se obliga a prestar el Servicio ADSL SUPERBANDA de acuerdo con lo establecido en el conjunto de las Condiciones aplicables al mismo y conforme a los objetivos de calidad aplicables a GISA como prestador del servicio de telefonía básica.

Por su parte, y con respecto al servicio de acceso a Internet, GISA no garantiza: (i) que el Servicio sea útil para la realización de ninguna actividad en particular distinta de la propia funcionalidad del concreto Servicio (ii) la infalibilidad del Servicio (iii) el acceso a los distintos sitios existentes en Internet a través del Servicio (iv) la privacidad y la seguridad en la utilización del Servicio (v) la licitud, infalibilidad, veracidad, utilidad y/ ausencia de virus o similares de los Contenidos, informaciones, opiniones o manifestación de cualquier otro tipo originados por terceros o por el Cliente (vi) la licitud, infalibilidad, utilidad y/o ausencia de virus o similares de los servicios prestados por terceros a través del Servicio, (vii) que el Cliente o el resto de Clientes accedan y/o utilicen el Servicio de conformidad con las Condiciones Generales y, en su caso, con las Condiciones Particulares (viii) la veracidad y vigencia de los datos que los Clientes proporcionan sobre sí mismos o hacen accesibles a otros Clientes.

GISA se reserva el derecho a: (i) interrumpir temporalmente y sin necesidad de previo aviso la prestación del Servicio en razón de la eventual necesidad de efectuar operaciones de mantenimiento, reparación, actualización o mejora del Servicio o de la infraestructura a través de la cual lo presta; (ii) modificar las presentes Condiciones Particulares y/o cualesquiera otras condiciones de prestación del Servicio a fin de adaptarlos a la evolución del mercado de las telecomunicaciones, al estado de la técnica u otras circunstancias que lo justifiquen, así como los sistemas, numeración de acceso a redes, infraestructura, o contenidos relacionados con el Servicio, o de cancelar definitivamente la prestación del Servicio, avisando al Cliente con una antelación no inferior a quince (15) días naturales. La continuación por el Cliente en el Servicio y/o el uso del Servicio tras la comunicación de modificaciones supondrá la aceptación por el Cliente de las modificaciones; (iii) suspender o cancelar total o parcialmente la prestación del Servicio en el caso de que el Cliente incumpla cualquiera de las obligaciones a su cargo conforme a las presentes Condiciones Particulares en su caso, y/o haya facilitado datos falsos o incorrectos en la solicitud de alta en el Servicio, y/o GISA tenga indicios razonables de que a través del servicio pudieran llevarse a cabo actividades ilícitas, ilegales o contrarias a lo estipulado en las propias Condiciones.

GISA se reserva el derecho de prestar el servicio ADSL a través de la tecnología de acceso de que disponga, incluyendo la modalidad de desagregación del bucle local en la modalidad de compartido, por lo que el cliente autoriza expresamente a GISA a tramitar dicha desagregación en todos aquellos casos que GISA lo estime técnicamente necesario, sin que por ello el cliente deba soportar un coste superior del servicio frente a GISA.

6.- RESPONSABILIDADES

Si perjuicio de lo establecido en las condiciones de contratación, GISA no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria, (i) por productos o servicios prestados u ofertados por el Cliente o por terceras personas o entidades por medio de los Servicios, (ii) ni por ningún contenido, información, comunicación, opinión o manifestación de cualquier tipo que tengan su origen en el Cliente o en terceras personas o entidades y que se comuniquen, transmitan o exhiban a través de los Servicios, (iii) ni por la utilización por terceros y/o la ejecución voluntaria o involuntaria por el Cliente de programas informáticos existentes en Internet que provoquen un cambio de configuración del acceso telefónico a redes propio del Servicio provocando la conexión temporal o permanente a través de números distintos a los indicados por GISA, como pudieran ser números de inteligencia del red, como 803 y/o 806 y/o internacionales y/o de móviles, que implican un coste a pagar por el Cliente. GISA responderá única y exclusivamente del servicio que preste por sí misma. Dicha responsabilidad quedará excluida en los casos en que concurran causas de fuerza mayor, falta de adecuación de la configuración de los equipos del Cliente para permitir el correcto funcionamiento y/o uso del Servicio, así como cualesquiera otras causas que escapen al control de GISA. En cualquier caso, la posible responsabilidad de GISA vendrá limitada a la cantidad abonada por el Cliente como contraprestación a la prestación de estos Servicios, excluyéndose expresamente cualquier otro tipo de responsabilidad, ya sea por daños directos o indirectos, daño emergente y/o por lucro cesante. En ningún caso GISA vendrá obligada a la reparación de terminales, aparatos telefónicos o de otro tipo o cualesquiera equipos informáticos, que en todo caso deberán contar con sus correspondientes certificados de homologación y cumplir cuantas obligaciones y especificaciones técnicas legales requeridas. En cualquier caso la configuración y capacidad de los equipos del Cliente deberá ser suficiente para permitir el correcto uso de los Servicios que contrata, responsabilizándose el Cliente de su correcta instalación.

El Cliente será el único y exclusivo responsable de los daños que pudieran ocasionarse con causa en incumplimientos de la legislación o de las obligaciones asumidas por el Cliente en virtud de las presentes Condiciones. En consecuencia el Cliente protegerá y mantendrá indemne a GISA contra toda reclamación judicial o extrajudicial que tuviera relación con incumplimientos de lo dispuesto en las presentes Condiciones, o la legislación vigente, así como con cualquier gasto, daño, carga u obligación de GISA o de terceros, con causa en dicho incumplimiento.

7.- DATOS PERSONALES.

Sin perjuicio de lo establecido en la condición 9 de las condiciones de contratación relativa a la Protección de los datos personales con relación a los servicios de telefonía, la adhesión por el Cliente a las presentes Condiciones Particulares supondrá asimismo su autorización expresa para la cesión de sus datos a GRUPALIA INTERNET, S.A. con fines comerciales y de publicidad de sus productos de Internet, así como para la correcta gestión y prestación del servicio de acceso a Internet que forma parte del presente Servicio ADSL SUPERBANDA. Asimismo supondrá su consentimiento expreso para que los datos personales facilitados formen parte de un fichero para su tratamiento automatizado con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual para este Servicio con el Cliente, así como mantenerle puntualmente informado de todas aquellas ofertas, novedades y promociones comerciales de GISA en cualquiera de los ámbitos de su actividad relacionados con el mismo, y ofrecerle un servicio más personalizado. GISA se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos y adoptando las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología.

Por último, GISA reconoce al Cliente sus derechos de acceso, modificación, cancelación y oposición, que podrá ejercitar mediante comunicación escrita acompañada de copia de su D.N.I. a la siguiente dirección: GRUPALIA INTERNET, S.A. C/ Julián Camarillo nº 26, 28037 Madrid Tfno: 902-088 725 Fax: 91-2670001 – e-mail: grupalia@grupalia.net Ref: Protección de datos de carácter personal.

8.- TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN.

Sin perjuicio de la duración indefinida del contrato respecto a los servicios de telefonía, los productos incluidos en la gama ADSL SUPERBANDA, tendrán una duración inicial de un (1) año, en lo que al servicio de acceso a Internet se refiere a contar desde la activación efectiva del mismo.

Por este motivo, y además de por las causas establecidas en las condiciones de contratación referidas en la cláusula 1 y las establecidas en las presentes condiciones, el Cliente se podrá dar de baja con un preaviso de quince (15) días mediante solicitud firmada acompañada de fotocopia de su DNI o documento equivalente dirigido a GISA indicando el tipo de baja que solicita en los términos que a continuación se indican, y haciéndose efectiva al final del mes en curso cuando la notificación se reciba entre los días 1 y 15 del mes, o al final del mes siguiente a la notificación cuando ésta se reciba entre los días 16 a 31:

Baja total en el Servicio ADSL SUPERBANDA: Implica tanto el cese del Servicio Telefónico como el cese del Servicio ADSL de Acceso a Internet. En lo que a la baja del Servicio de acceso a Internet ADSL se refiere, se estará a lo dispuesto en la cláusula segunda de las presentes condiciones, si ésta se produce antes de la finalización del periodo de un año desde su activación efectiva del mismo.
Baja en el Servicio ADSL de Acceso a Internet: La baja en el Servicio de acceso a Internet no implica necesariamente la baja en el Servicio Telefónico. El cliente deberá comunicar su intención de continuar con el Servicio Telefónico que estará sujeto a las condiciones de contratación de GISA así como a las tarifas estándar en vigor en cada momento y disponibles en www.grupalia.net/superbanda. En este caso se estará a lo dispuesto en la cláusula segunda de las presentes condiciones si ésta se produce antes de la finalización del periodo de un año desde su activación efectiva del mismo.

Por su parte, GISA podrá dar por resuelta la parte de la prestación del servicio de acceso a Internet ADSL de la modalidad contratada, en cualquiera de los siguientes supuestos:

Cambio de domicilio del Cliente.
Comunicación de baja recibida por parte de Telefónica de España por baja en el servicio telefónico o por cambio de domicilio. No obstante, el Cliente expresamente se compromete en estos supuestos a comunicar a GISA tales hechos en el mismo momento en que lo haga a la propia Telefónica de España mediante la correspondiente comunicación escrita acompañada de su DNI y firma manuscrita. En caso contrario, GISA declina cualquier responsabilidad respecto a posibles perjuicios causados como consecuencia de esta falta de comunicación.
Instalación de Servicios incompatibles de conformidad con lo establecido en las presentes Condiciones Particulares.

9.- SUPUESTOS DE IMPAGO:

En el supuesto de impago por el Cliente, y sin perjuicio de lo establecido en la condición general 6 del Servicio Telefónico, si el Cliente no atendiera el pago total o parcial de las cantidades adeudadas por el Servicio ADSL SUPERBANDA, transcurrido el plazo de un mes desde la presentación a éste del documento de cargo, GISA quedará facultado para darle de baja en el acceso a Internet ADSL con el operador de acceso y por tanto en la modalidad ADSL SUPERBANDA contratada, permaneciendo no obstante en suspenso el servicio de telefonía en los términos establecidos en la condición general 6 del Servicio Telefónico de conformidad con la legislación vigente.

Si el cliente procediera al abono de las cantidades pendientes, con anterioridad al transcurso de tres meses, el Cliente dispondría del servicio de voz suspendido previamente en acceso indirecto o Marcación Directa en su caso, a los precios vigentes en cada momento disponibles en www.grupalia.net/superbanda. Trascurridos tres meses sin que el Cliente abonara las cantidades pendientes, GISA podrá dar de baja definitiva al Cliente en el servicio de Telefonía de conformidad con la condición general del Servicio Telefónico 6.5.

10.- UTILIZACIÓN DE TECNOLOGÍA DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN:

Con la finalidad de ofrecer un Servicio más personalizado al Cliente, así como ofrecerle información sobre otros servicios y/o productos de GISA que se ajusten a sus necesidades y preferencias, el Cliente acepta la posibilidad de que sean utilizados sistemas de recogida de información por GISA, respetando en todo caso la legislación vigente. Asimismo el Cliente autoriza de manera expresa a incluir códigos ocultos u otros sistemas de medición de audiencias en las páginas web personales asociadas al servicio de las que el Cliente sea titular.

11.- CESIÓN A TERCEROS:

El Servicio contratado es personal y no podrá cederse por parte del Cliente salvo consentimiento previo, expreso y escrito de GISA. No obstante lo anterior, GISA queda facultada para ceder su posición, en todo o en parte, con los derechos y obligaciones establecidos en el mismo, a cualquiera de las entidades del grupo al que pertenece y a aquellas entidades o con cuya colaboración se preste el Servicio ADSL SUPERBANDA.

12.- NOTIFICACIONES:

Todas las comunicaciones o notificaciones que hayan de efectuarse por las partes deben efectuarse por escrito y enviarse por correo a las correspondientes direcciones que hayan sido facilitadas por cada una de ellas. No obstante lo anterior, GISA podrá enviar las mencionadas comunicaciones a través de correo electrónico al buzón del que sea titular el Cliente, así mismo el Cliente acepta que GISA le envíe al mencionado buzón de correo electrónico mensajes relativos a información técnica, operativa y comercial acerca de productos y servicios ofrecidos por GISA o a través de GISA.

13. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO, LEY Y FUERO.

El presente contrato se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española. Las partes contratantes, para la solución de cuantas cuestiones litigiosas pudieran derivarse del cumplimiento del presente contrato, se someten expresamente a los juzgados y tribunales de Madrid, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, designando en este caso como domicilio a los presentes efectos legales, de notificaciones y citaciones, el que figura en el presente contrato para ambas partes.

14.- OTROS:

En el caso de que cualquier disposición de este documento fuera considerada nula, el resto del mismo se interpretará, en la medida de lo posible, a efectos de reflejar las intenciones de las partes, manteniéndose plenamente en vigor las demás disposiciones.

La falta de ejercicio por parte de GISA de cualquier derecho o disposición contenidos en este documento no constituirá una renuncia al mismo, salvo reconocimiento escrito y expreso por su parte.

A los efectos previstos en las presentes Condiciones Particulares, todas las referencias a días se entenderán hechas a días naturales. Si el cumplimiento de una obligación o el ejercicio de un derecho recayera en un día inhábil, se entenderá como nueva fecha de cumplimiento o de ejercicio del derecho el día hábil inmediatamente siguiente.

En cualquier caso GISA podrá requerir, en cualquier momento, al Cliente para que acredite documentalmente la realidad de las manifestaciones realizadas en el contrato o formulario de alta.

CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO ADSL DE GRUPALIA INTERNET, S.A.

Las presentes condiciones generales de contratación regulan la relación entre GRUPALIA INTERNET, S.A. con domicilio social en la calle Julián Camarillo nº 26, de Madrid, (C.P. 28037) y con CIF núm. A-47436019, representada por D. Alberto Estirado Bronchalo, con DNI núm. 27.303.220-N, (en adelante 'GISA') y el titular del servicio (en adelante el 'Cliente') del Servicio ADSL de GISA (en adelante el 'Servicio ADSL').
El Servicio ADSL se prestará exclusivamente en el territorio español y en concreto en las zonas geográficas incluidas en la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1999 donde esté disponible.
Cualquiera de las siguientes acciones supone la aceptación expresa y sin reservas de las presentes condiciones generales de contratación, aceptación que es considerada condición esencial para la prestación del Servicio ADSL por parte de GISA :
(i) La activación del botón 'enviar' o 'aceptar' o 'continuar' o similar en la solicitud de alta en el Servicio, o la aceptación del servicio si se contrata a través del Servicio de Asistencia Técnica de GISA, (ii) La firma y envío de la solicitud de alta en el Servicio ADSL , (iii) El cargo o pago de la correspondiente factura y (iv) Cualquier otra acción que implique por parte del Cliente el uso del Servicio ADSL.

1. OBJETO

Las presentes condiciones generales de contratación tienen por objeto establecer los términos y condiciones en los que se presta el Servicio ADSL, que podrá ser suministrado por GISA directamente o a través de terceros. Todo ello de conformidad con los términos y condiciones descritos en la concreta oferta, en la modalidad del Servicio ADSL elegida, así como con lo previsto en las presentes condiciones.
El Servicio ADSL se presta al Cliente en su calidad de cliente final, no pudiendo este último revenderlo a terceros. En caso de querer realizar la reventa del Servicio ADSL, el Cliente deberá firmar un nuevo contrato con GRUPALIA para este fin. El Servicio ADSL se limita al ámbito del domicilio del Cliente. El Cliente se obliga a no conectar al Servicio ADSL ningún sistema informático, sistema que impida la prestación de voz sobre IP, equipamiento o similar que esté ubicado fuera del domicilio de instalación del Servicio ADSL contratado.
El Servicio ADSL consta de los siguientes servicios y/o prestaciones :
o El servicio de acceso a Internet de alta velocidad conocido con el nombre de ADSL
o El servicio de Instalación del Servicio ADSL, salvo en los casos en los que el producto sea autoinstalable, en los que la instalación correrá a cargo del Cliente.
o El servicio de Asistencia Técnica para el Servicio ADSL
o Los servicios asociados, en adelante 'Servicios Asociados'

2. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE GISA
2.1). Obligaciones:

GISA estará obligada a:
a)Prestar al “Cliente” el Servicio suscrito por éste en los términos y condiciones recogidos en las presentes condiciones generales de contratación.
b)Responder a las reclamaciones del “Cliente”
c)Así como el cumplimiento del resto de obligaciones asumidas en las presentes condiciones generales de contratación.

GISA se compromete a adoptar las medidas exigidas por la legislación vigente para garantizar el secreto de las comunicaciones en su tránsito a través de la red de GISA sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal u otros preceptos análogos que resulten aplicables. GISA queda exonerada de cualquier responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el CLIENTE O cualquier tercero de correos electrónicos, grabaciones de conversaciones telefónicas, etc. Así como de sus uso o revelación de dichos datos y, en general, de cualquier acción u omisión no imputable, directamente a GISA que quebrante el secreto de las comunicaciones. No obstante lo anterior, el Cliente acepta expresamente que GISA realice en cualquier momento grabaciones de las conversaciones que el Cliente mantenga con el servicio de Asistencia Técnica de GISA a fin de dejar constancia de las contrataciones u otras acciones efectuadas, así como cuidar la calidad del servicio.

2.2) Derechos
GISA se reserva el derecho a:
a)interrumpir temporalmente y sin necesidad de previo aviso la prestación del Servicio en razón de la eventual necesidad de efectuar operaciones de mantenimiento, reparación, actualización o mejora del Servicio o de la infraestructura a través de la cual lo presta;
b)modificar las presentes condiciones generales de contratación y/o cualesquiera otras condiciones de prestación del Servicio a fin de adaptarlos a la evolución del mercado de las telecomunicaciones, al estado de la técnica u otras circunstancias que lo justifiquen, así como los sistemas, numeración de acceso a redes, infraestructura, o contenidos relacionados con el Servicio, o de cancelar definitivamente la prestación del Servicio, avisando al Cliente con una antelación no inferior a quince (15) días naturales. La continuación por el Cliente en alta en el Servicio y/o el uso del Servicio tras la comunicación de modificaciones supondrá la aceptación por el Cliente de las modificaciones;
c)suspender o cancelar la prestación del Servicio en el caso de que el Cliente incumpla cualquiera de las obligaciones a su cargo conforme a las presentes condiciones generales de contratación, y/o haya facilitado datos falsos o incorrectos en la solicitud de alta en el Servicio, y/o GISA tenga indicios razonables de que a través del servicio pudieran llevarse a cabo actividades ilícitas, ilegales o contrarias a lo estipulado en las propias condiciones generales de contratación.
d)GISA estará facultada para cobrar del Cliente las cantidades debidas por la prestación del Servicio de acuerdo a lo establecido en las presentes condiciones generales de contratación, tanto en el momento de la contratación, como en cualquier momento de la vigencia del contrato, y siempre con base a razones justificadas, GISA podrá restringir total o parcialmente el acceso al servicio ADSL y/o exigir la constitución de depósitos de garantía, líneas de crédito y/o fianzas, indicando motivo, cuantía y plazo. Se entenderá por razones justificadas, entre otras, la omisión del Cliente de entregar de forma veraz los datos personales necesarios para el alta en el Servicio, la existencia de cantidades impagadas por el Cliente a GISA por el servicio ADSL, la falta de acreditación de solvencia suficiente para atender las obligaciones del Cliente establecidas en el presente documento o la existencia de un alto riesgo de morosidad. En el supuesto de asignación de un límite de crédito para el Cliente, y una vez se alcance el mismo, GISA podrá suspender el servicio ADSL y/o facturar y enviar al cobro las cantidades que pudieran excederlo sin esperar a finalizar el periodo de facturación, a fin de no superar dicho límite. La constitución de un depósito de garantía, en su caso, deberá realizarse, a elección de GISA, mediante transferencia bancaria a la cuenta que GISA le indique en su momento o mediante aval bancario sin coste alguno para GISA. La falta de constitución del depósito facultará a GISA para dar de baja al Cliente o desestimar su solicitud de alta.

3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE.
3.1) Derechos:

a)que GISA le preste el Servicio de acuerdo a lo especificado en las presente condiciones generales de contratación.
b)ponerse en contacto con el servicio de Asistencia Técnica de GISA para la consulta de cualquier incidencia relacionada con el Servicio,
c)presentar reclamaciones relacionadas con a la prestación del Servicio,
d)en caso de servicios facturables o no gratuitos, a la emisión de la factura correspondiente o documento equivalente y/o sustitutivo de la misma
e)Con independencia del Servicio ADSL que se hubiese contratado, el Cliente podrá cambiar, con el coste adicional correspondiente, de un servicio a otro durante la vigencia del contrato, siendo de aplicación las tarifas correspondientes al nuevo servicio contratado. (en todo caso el Cliente deberá pagar las cantidades devengadas que por el anterior servicio se hubieran devengado).GISA informará a Cliente del coste adicional correspondiente al cambio de servicio mencionado. El cambio será aplicable a un período máximo de TREINTA (30) días hábiles a contar desde dicha solicitud, que el Cliente deberá remitir por escrito a GISA.
f)así como al ejercicio del resto de derechos que se contemplan a lo largo de las presentes condiciones de contratación.
El Cliente podrá acceder al servicio de Asistencia Técnica de GISA a través de correo electrónico dirigiéndose a la dirección: sat@grupalia.net o a través de llamada a los números de teléfono que en cada momento comunique GISA. Dichos números de teléfono pueden ser de cualquier modalidad, incluidos los números de inteligencia de red, como 900, 902 y 807 (o aquellos que les puedan sustituir en un futuro) y los de telefonía móvil. El coste de la llamada a estos números deberá ser pagado por el Cliente llamante a su operador de telefonía de conformidad con las tarifas que este tenga vigentes en cada momento. No obstante lo anterior, el Cliente se obliga a resarcir a GISA de los daños, gastos y perjuicios que el eventual impago del coste de dichas llamadas pudiera provocar a GISA.

3.2) Obligaciones:

a)Como contraprestación a la prestación del Servicio ADSL, el Cliente deberá pagar y GISA tendrá derecho a cobrar el precio correspondiente al Servicio ADSL y concreta modalidad contratada, de conformidad con las tarifas de GISA vigentes en cada momento, disponibles en www.grupalia.net El Cliente ha sido informado, conoce y acepta las tarifas vigentes en el momento de suscripción del Servicio ADSL. Las tarifas se incrementarán con los impuestos indirectos que resulten legalmente aplicables en cada momento. El pago deberá realizarse mediante domiciliación bancaria, según indicación del Cliente. El pago se realizará durante los cinco (5) primeros días hábiles a contar desde la fecha de emisión de la factura por GISA o documento equivalente y/o sustitutivo de la misma. GISA podrá modificar las tarifas del Servicio siempre que informe de ello al Cliente con una antelación mínima de quince (15) días naturales a su entrada en vigor, pudiendo el Cliente en los siguientes cinco (5) días naturales a su comunicación ejercitar su derecho interrumpir la renovación automática de la contratación del Servicio. Si en el mencionado plazo no se ejercita por el Cliente este derecho se entenderá que el Cliente ha aceptado las nuevas tarifas. GISA podrá suspender temporal o definitivamente la prestación del Servicio si ante el impago de lo debido por parte del Cliente y tras haber requerido el pago al Cliente, este no lo hubiera hecho efectivo en un plazo de siete (7) días naturales desde dicho requerimiento.
Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a GISA, tendrán la consideración de deuda vencida y exigible y estarán sujetas a ejecución inmediata. GISA se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, intereses moratorios calculados al tipo EURIBOR a un año vigente en el momento del impago más dos puntos porcentuales que se devengarán diariamente. En el caso de que el Cliente abone a GISA un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a GISA para aplicar los importes abonados por el mismo a GISA al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente , en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con GISA por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a GISA se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, GISA se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a GISA, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

b) El Cliente se obliga a hacer un uso razonable del Servicio ADSL bajo el principio de buena fe y con respeto a la legalidad vigente, a la moral, al orden público, a las buenas costumbres, a los derechos de terceros o de la propia GISA, así como a lo contenido en las presentes condiciones generales. El Cliente se obliga a respetar las restricciones de uso que para cada uno de los Servicios pudiera determinar GISA. Se considerará terminantemente prohibido el uso de Internet a través de los Servicios de GISA con fines ilegales o no autorizados, y en concreto con carácter no exhaustivo:
cualquier forma de violación de los derechos de terceros,
actuaciones (incluyendo la introducción de virus o similares) que provoquen o puedan producir daños, alteraciones y/o sobrecargas no autorizadas de los contenidos, los servicios prestados por GISA o por terceros, los equipos y/o programas informáticos incluidos los archivos y documentos que contengan ya sean de GISA, de otros Clientes de GISA o de terceros prestadores de servicios,
alterar o intervenir por medios fraudulentos, páginas web personales o correos electrónicos o sistemas de otros usuarios o terceros sin autorización de los mismos,
remitir mensajes utilizando una identidad falsa y/o camuflar en manera alguna el origen del mensaje,
enviar comunicaciones electrónicas no solicitadas expresamente por sus destinatarios o no previa y expresamente autorizados por los mismos, enviar comunicaciones electrónicas con carácter masivo y/o repetitivo (spam),
publicar, divulgar, enviar, anunciar o distribuir (incluidas las páginas personales, espacio FTP y/o espacio web alojado en los servidores de GISA), directamente o a través de enlaces (links), cualquier material, asunto o información con contenidos ilegales, obscenos, pornográficos, violentos, abusivos, difamatorios, xenófobos, degradantes, engañosos, contrarios a la ley, a la moral o al orden público, que induzcan o hagan apología de prácticas peligrosas, violentas, de riesgo o nocivas para la salud, se encuentren protegidos por derechos de propiedad intelectual y/o industrial de terceros o vulnerar los derechos a la intimidad personal y familiar y/o el derecho a la propia imagen, sin que el Cliente haya obtenido de manera previa, escrita y legítima autorización de su titular. El Cliente se compromete a utilizar dicha información exclusivamente para uso personal, y a no realizar directa o indirectamente una explotación comercial de los servicios a los que tiene acceso, o de los resultados obtenidos gracias a la utilización del Servicio, salvo autorización expresa y escrita de GISA.
En caso de incumplimiento de lo aquí establecido, GISA podrá, a su exclusivo criterio y sin que dé lugar a indemnización o compensación alguna, suspender o cancelar de forma inmediata la prestación del Servicio ADSL y, en su caso, retirar los contenidos que pudieran resultar ilegales. El Cliente consiente expresamente que, con sujeción a lo previsto en el Ley, y en casos de reclamación fundada de tercero, al exclusivo criterio de GISA, ésta podrá revelar los datos personales del Cliente a las autoridades o al tercero reclamante al objeto de que puedan ejercitarse las acciones que en Derecho procedan.
El Cliente será el único y exclusivo responsable de los daños que pudieran ocasionarse motivados por incumplimientos de la legislación o de las obligaciones asumidas por el Cliente en virtud de las presentes condiciones generales de contratación, en consecuencia el Cliente protegerá y mantendrá indemne a GISA contra toda reclamación judicial o extrajudicial que tuviera relación con incumplimientos de lo dispuesto en las presentes condiciones generales de contratación, o la legislación vigente, así como con cualquier gasto, daño, carga u obligación de GISA o de terceros, con causa en dicho incumplimiento. En todo caso, si GISA fuese demandada y se viera obligada a personarse en el proceso, GISA podría repercutir cualquier cantidad derivada de tal reclamación (a título enunciativo, multas, indemnizaciones, gastos judiciales, honorarios de abogados y procuradores) al Cliente.

c)En el caso de que GISA para la utilización del Servicio proporcione a CLIENTE un código de identificación (login), y/o una contraseña, o cualquier otro sistema de cifrado y/o de identificación del Cliente usuario, CLIENTE deberá cumplir con el deber de guarda y custodia así como una estricta y absoluta confidencialidad respecto de los mismos.
d)Abonar las cantidades previstas en las presentes condiciones generales de contratación como contraprestación del Servicio ADSL.
e)Utilizar el Servicio ADSL con estricto respeto y cumplimiento de lo establecido en las presentes condiciones generales de contratación.
f)Adicionalmente el Cliente deberá seguir las instrucciones de configuración del modem ADSL y/o router y de los microfiltros que se contienen en el CD de configuración y en la documentación, ambos incluidos en el pack.
g)Permitir la entrada, una vez se haya determinado la fecha y hora correspondiente, del personal del servicio técnico debidamente acreditado e identificado, a las instalaciones y equipos informáticos del Cliente en que sea necesario operar para
poder prestar el Servicio ADSL adecuadamente.
realizar labores de instalación, resolución, asistencia técnica, mantenimiento, así como cualquier otra que, a juicio de GISA o habiéndolo contratado el Cliente, resulte necesaria.
Retirar o reemplazar el splitter/microfiltros que haya sido instalado para la prestación del Servicio ADSL.

h)No manipular, modificar, reconfigurar, cambiar, ceder el uso, transmitir a un tercero, trasladar de un lugar a otro o utilizar de forma diferente a lo dispuesto en las presentes condiciones generales de contratación la instalación del Splitter.

4. Responsabilidad.
GISA no garantiza: (i) que el Servicio ADSL sea útil para la realización de ninguna actividad en particular distinta de la propia funcionalidad del concreto Servicio ADSL (ii) la infalibilidad del Servicio ADSL (iii) el acceso a los distintos sitios existentes en Internet a través del Servicio ADSL (iv) la privacidad y la seguridad en la utilización del Servicio ADSL (v) la licitud, infalibilidad, veracidad, utilidad y/o ausencia de virus o similares de los Contenidos, informaciones, opiniones o manifestación de cualquier otro tipo originados por terceros o por el Cliente (vi) la licitud, infalibilidad, utilidad y/o ausencia de virus o similares de los servicios prestados por terceros a través del Servicio ADSL (vii) que el Cliente o el resto de Clientes accedan y/o utilicen el Servicio de conformidad con las condiciones generales de contratación (viii) la veracidad y vigencia de los datos que los Clientes proporcionan sobre sí mismos o hacen accesibles a otros Clientes. GISA no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria, por productos o servicios prestados u ofertados por el Cliente o por terceras personas o entidades por medio del Servicio ADSL, ni por ningún contenido, información, comunicación, opinión o manifestación de cualquier tipo que tengan su origen en el Cliente o en terceras personas o entidades y que se comuniquen, transmitan o exhiban a través del Servicio ADSL los Servicios, ni por los daños de cualquier tipo (incluida la pérdida de datos) ocasionados en el equipo informático del Cliente o en los archivos que contenga, ni por la imposibilidad de acceder al acceso ADSL como consecuencia de no seguir el Cliente las instrucciones de configuración para las modalidades ADSL.
GISA responderá única y exclusivamente del servicio que preste por sí misma y de los contenidos directamente originados por GISA e identificados, en su caso, con su copyright.
Dicha responsabilidad quedará excluida en los casos en que concurran causas de fuerza mayor, falta de adecuación de la configuración de los equipos del Cliente para permitir el correcto funcionamiento y/o uso del servicio, problemas originados por los proveedores de red, así como cualesquiera otras causas que escapen al control de GISA. En cualquier caso la posible responsabilidad de

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BocaDePez
BocaDePez

ni lo lei,,, pero te has pasado tio

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Dreadnought

Por qué?? Estais hablando de denunciar, pues la denuncia se tiene que basar en un incumplimiento de contrato, así que yo os posteo el contrato para que lo podais leer y ver si realmente podeis denunciar o no, nada más. Pero reconozco que manda huevos el jodio contrato!!!

acayu

Según han comentado varios usuarios de este y otros foros, los técnicos o comerciales de Superbanda les han dicho que donde la susodicha no tiene centralita, se duplicara cuando lo haga Telefónica. Soy de Badajoz y Superbanda no tiene centralita propia aquí. Telefónica duplica en Badajoz el 21 de Septiembre.

Si me voy a la pagina para contratar Superbanda (link roto) elijo la opción ADSL mediun sin modem/router (que es la que yo elegí). En la pagina siguiente introduzco mi numero de teléfono, pulso consultar, a continuación me aparece esto:

Su línea no tiene la suficiente cobertura para contratar la oferta.
El precio del servicio alternativo que le ofrecemos en estos momentos es de 25,95 €/mes + Alta:0 €
La oferta que va a contratar es:

ADSL Medium. Oferta ADSL sin Router/Modem
ADSL 512Kb ampliable a 1Mb Junio 2005

Características:

Tarifa plana Llamadas Locales
Tarifa plana Llamadas Provinciales
Esta oferta es para
usuarios que ya disponen de modem o router ADSL (*) Precio: 25,95 €
Alta: 0 €

Características generales
Conexión permanente las 24h del día, los 365 días del año.

Alta y Router gratuitos : Router Autoinstalable / Router Wi-Fi.

Posibilidad de hablar y navegar al mismo tiempo.

Más calidad, seguridad y mayor velocidad al hacer tus conexiones, hasta 512 Kbps.

15 cuentas de correo POP de 100Mb @superbanda.net.

50Mb de espacio web.

Soporte técnico 24 horas llamando al número de teléfono 902.088.088.

3 meses de servicio antivirus gratuito sobre las cuentas de correo @superbanda.net.

Duración mínima de contrato 12 meses (condiciones de contratación para paquetes que incluyan modem/router).

Penalización por incumplimiento de contrato;devolución del Router y cobro de dos mensualidades. (condiciones de contratación para paquetes que incluyan modem/router).

(*) Condiciones de contrato: Para todo aquel usuario que pida la baja del servicio antes de los primeros 12 meses de contratación, tendrá que abonar un mes adicional del servicio contratado.

(1) Precio según disponibilidad geográfica

Resumiendo: esta claro que es publicidad engañosa e incumplimiento de contrato, pues en la página que he expuesto se muestran las características del servicio que contrato.

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BocaDePez
BocaDePez

Nos estamos liando en cosas que son accesorias. Que cada uno tome las medidas que quiera y luego exponga en el foro las respuestas y posiciones que toma SB. A ver si van de rollito razonable o se agarran a un clavo ardiendo como el resto de operadores.

Porque, vamos a ver, un contrato es una base, que las partes pueden intentar exigir a rajatabla o negociar un acuerdo cuando se plantee una situación especial.

En mi caso, cuando SB me responda mi petición de baja ya os haré saber como queda el tema.

🗨️ 5
Dreadnought

Esto está sacado del contrato:

(ii) modificar las presentes Condiciones Particulares y/o cualesquiera otras condiciones de prestación del Servicio a fin de adaptarlos a la evolución del mercado de las telecomunicaciones, al estado de la técnica u otras circunstancias que lo justifiquen, así como los sistemas, numeración de acceso a redes, infraestructura, o contenidos relacionados con el Servicio, o de cancelar definitivamente la prestación del Servicio, avisando al Cliente con una antelación no inferior a quince (15) días naturales. La continuación por el Cliente en el Servicio y/o el uso del Servicio tras la comunicación de modificaciones supondrá la aceptación por el Cliente de las modificaciones;

Creo que queda claro, no??

🗨️ 4
acayu

En esta parte que has sacado del contrato dice que Superbanda puede hacer con nuestra línea lo que les salga de los coj***s “a fin de adaptarlos a la evolución del mercado de las telecomunicaciones, al estado de la técnica u otras circunstancias que lo justifiquen”, no se dan ninguna de estas 3 causas. Sigo opinando lo mismo publicidad engañosa e incumplimiento de contrato.

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Dreadnought
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acayu
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Estoy de acuerdo contigo son unos estafadores y ademas yo les he preguntado si van a veneficiarnos de algo y si nos van a mandar una mierda empapelada con el logo de Superbanda yo claro que les voy a denunciar pero seguro que saldran ganando toda la chusma lo hace

🗨️ 1
Gurthgor

Me estoy fijando que todas las ofertas tienen 2 MB, por lo cual si tienes cobertura no es publicidad engañosa en su pagina web, ya que en Junio si que han ampliado de 512kb a 2MB en vez de 1 MB. Si no tienes cobertura ya no puedes contratar por la pagina web.

O sea, han dicho la verdad, que iban a ampliar en Junio, y lo han hecho con creces. Ahora si te has dado de alta con informacion que te han dado por telefono o mail, pues no se si ahi te habran engañado, pero no desde la pagina web.

BocaDePez
BocaDePez

Hombre lo curioso es qe los de superbanda siempre suelen estar por los foros (cosa de la que presumen cuando llamas) y en estos posts no se meten para aclarar nada, solo postean para decir que todo va bien que abren centrales en no se donde las dudas para darte de alta y poco mas podian meterse aqui y aclarar el tema no les cuesta nada digo yo

acayu

Toma publicidad engañosa. Esto lo anunciaban creo que el 23 de abril.

(link roto)

🗨️ 21
Dreadnought

O sea, al final no era el "1 de Junio" si no "en Junio", como viene hasta ahora en su publicidad. No se. mandadles algún mail a ver que responden, a lo mejor se tiran el rollo, pero si no, denunciad ya que pensais que llevais razón, más no os puedo decir.

🗨️ 20
38cm

Según el diccionario de la RAE:

ampliable.

1. adj. Que puede ampliarse.

No creo q podais ganar un litigio contra Superbanda si la propia publicidad ya significa que no es seguro que lo amplien.

🗨️ 19
acayu

Pues tiene razón 38cm. Los de Superbanda son unos hijos de su madre, nos han engañado de una forma legal. Porque el 99 % de los consumidores hemos entendido que ampliaban en junio, tan solo los espabilados como 38cm se han dado cuenta del truco. Con publicidades como esta y con el contrato leonino que tiene superbanda, nos muestra la calaña de este ISP (hay que tener mucho cuidado con ellos).

Por ahora les salva la atención al cliente que es sobresaliente, pero no os engañéis, esto durara poco tiempo. Ahora tienen pocos clientes, pero cuando estos aumenten sus comerciales y técnicos se saturaran y no darán abasto (como ocurre con el resto de ISPs, excepto Telefónica).
Me siento engañado por Superbanda (y como yo, supongo que todos los usuarios que no nos van a aumentar la velocidad en junio Superbanda), pero solo queda joderme.

🗨️ 17
38cm
🗨️ 1
acayu
sagagal
BocaDePez
BocaDePez
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acayu
BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 1
acayu
Wilk
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acayu
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lynze
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acayu
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lynze
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acayu
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lynze
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acayu
🗨️ 1
lynze
Wilk
jasbd12

Chavalote en la publicidad te dicen "ampliable en Junio" no el 1 de Junio. Aún faltan unos cuantos días para que termine el mes. Con lo que están haciendo todas las operadoras el que se retrasen unos días y amplien en Julio- y mas como es el caso que dependen para los de bucle no desagregado de lo que haga Telefónica- el venir con estos planteamientos es mear fuera de tiesto. Por lo que sí teniais que protestar y, mucho, es por el contrato que hacen que es escandaloso ya que no se comprometen a nada y sin embargo tienen derecho a todo. Si quieren ser innovadores menos copiar los contratos leoninos de los demás y hacer uno propio no tan gravoso para sus abonados.

Ozzy-Song

yo les mande un mail y me dijeron que esperaban tener todas las lineas duplicadas para el 16/20 de Junio asi que me parece a mi que si es asi no se donde esta la publicidad engañosa.

🗨️ 9
acayu

Las lineas GIGAdsl (las que tienen centralita de Telefonica) no se van a duplicar en junio, sino cuando lo haga Telefónica y a mi por ejemplo me toca a partir del 21 de septiembre. Por eso es todo este jaleo.

🗨️ 8
BocaDePez
BocaDePez

Tienes razón y los que dicen que vale con poner a partir de Junio para que puedan duplicar cuando quieran se equivocan, porque para empezar en la publicidad pone Junio no a partir de, ni despues de, ni nada de eso, Pone Junio. Y como ya he comentado en otros post, en Junio es imposible que dupliquen.

La gente se puede dar por vencida, o decir esto es así y tenemos que aguantarnos o irnos a otro operador, pero asi no se cambia nada.

Repito que ha habido varias sentencias contra operadores y clausulas de contratos que se han cambiado, por que las cosas son como son hasta que dejan de serlo.

Si alguien quiere pasar por el aro y quejarse de que en España pasa esto, pero no hace nada por cambiarlo ( algunos incluso apoyando a los operadores cuando comente tropelias de este tipo ) es su problema, cuando más unidos tenemos que estar siempre hay un grupo que va contra el resto de la gente, sin darse cuenta que la unión es la que hace la fuerza y que las cosas se pueden cambiar.

🗨️ 7
Filiprino

No pone explícitamente "En junio". Repito que pone ampliable en Junio...
Ampliable es posibilidad de ampliación, no que lo vayan a hacer seguro...

🗨️ 6
BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
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lynze
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BocaDePez
BocaDePez
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lynze
lynze

No sé por qué pero todo esto me sabe a treta....

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BocaDePez
BocaDePez

Ya ves, decir que se va ha hacer una cosa y no cumplirla es una de las tretas más rastreras y penosas que he visto.

Por eso se le llama publicidad engañosa.

Por cierto voy a revender ADSL y contratas hasta 512 Kb hoy ampliable 1 GB Junio 2005 ( no un 1MB, sino 1 GB ).
Eso si yo os aviso que os espereis sentados, porque hasta que Telefonica duplique y duplique la linea no lo vereis.

lynze

¿Cómo podemos hacer para desprestigiar a SB? mmmmm déjame pensar.... ¡Ya sé! ¡No he visto a la comercial en bikini! Voy a demandarlos por no haberla visto ya que en el contrato hay una cláusula que indica que siempre y cuando la comercial esté buena ha de enviar una foto a sus clientes en bikini... ¿o era en otro contrato? No sé, pero de igual manera voy a denunciar a los de los coches que nunca viene la tía que anuncian en la tele y acompaña el coche. ¿Esa vale? Fueno, por probar... :-D :-D :-D :-D :-D :-D :-D :-D :-D :-P :-P :-P :-P :-P :-P

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Wilk

=O Te deseo suerte eh =)

BocaDePez
BocaDePez

Ellos se comprometen a una cosa, lo ponen con publicidad y no lo cumplen. Y la gente lo que busca es desprestigiar a esa compañia ???

Lo que hay que oir, la gente lo que quiere es por lo que paga, nada más.

No como otros que intentan desviar el tema, hacia otros derroteros.

El asunto es claro y facil, que cumplan con su publicidad y con lo prometido y no habría estos problemas.

No busques culpables donde no lo hay y centrate en el problema.

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Wilk

Tu tienes adsl con Superbanda?

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BocaDePez
BocaDePez

Sip, y les he escrito varias veces para que me informe de que va a pasar exactamente, así como que donde tengo que mandarles las reclamación por escrito en caso de que considere que tengo que hacerlo, así como varias llamadas.

Pero no me han contestado ninguno de ellos.

De todas formas tengo guardadas todas la trazas, fecha y texto exacto.

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Wilk
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lynze
BocaDePez
BocaDePez
lynze

Nada hombre, si es solo por quitar un poco de hierro al asunto, que al final van a haver andanadas de ostias. Si queréis denunciar ¿quién o qué lo impide? Venga por faena.

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BocaDePez
BocaDePez

Vale, perdona.

Ya quitare yo hierro cuanto te pase algo a ti. Para eso estamos, para ayudarnos unos a otros.

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lynze
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BocaDePez
BocaDePez
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acayu
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
lynze
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acayu
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lynze
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BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 1
lynze
BocaDePez
BocaDePez

Al menos podriais esperar a k acabe JUNIO MACHO y si kizas si hacen algo antes k telefonica nunca se sabe ;)
Estais ansiosos por reclamar y con esa publicidad ENGAÑOSA (pero ENGAÑADO tontito es... nadie regala nada en esta vida) teneis las d perder pq no pone en "JULIO OS DUPLICAMOS A TODOS A 1MB" cada frase tiene su sentido