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Móvil

PROMOCIÓN FRAUDE

BocaDePez
BocaDePez

El 21 de febredo de este año recibo una llamada de Movistar ofreciéndome un móvil nuevo, sin ningún tipo de coste para mí, ni incremento ni gasto mínimo ni sujeto a permanencia (me lo dijo varias veces y de distinta forma, porque le insistí). Ahora me viene una factura con 10 € más de lo gastado, y resulta que estoy sujeto a permanencia durante 15 meses, con un gasto mínimo de 11,47 (incluido IVA). Mi gasto mensual es mínimo, desde que tengo el móvil ha rondado los 4 €, así los 4 últimos años. Este es el informe completo de los hechos que pongo a su disposición para que esté informado y no acepte nada a través del teléfono. Vaya siempre a la tienda movistar. Éstos deben enfrentarse al mismo público diariamente, no pueden comportarse fraudulentamente, engañando u ocultando la verdad, porque se les nota, provoca sensación de desconfianza. En cambio, los operadores de Telefónica-Movistar, están enseñados de otra manera. Bien, la reclamación que ya les envié dice así:

Pongo en su conocimiento que al respecto , pondré su oportuna reclamación en la Oficina de Consumo.

No habiendo firmado nada que me comprometa, pienso dar orden de devolución al banco ante todo cobro indebido de ustedes, y procederé a darme de baja, pues no estoy bajo ningún compromiso de permanencia del que ustedes me hayan informado, ni por escrito, ni por teléfono.

Si en la Oficina de Consumo ven causa que lo justifique, por información sesgada, no veraz, o incompleta, no les quepa duda que les denunciaré judicialmente. ¡Esto es un fraude señores! Ustedes han informado parcialmente al operador con el fin de que el cliente cayera en el engaño. De no ser así ¿por qué me han impuesto una permanencia ¡cinco! meses después de dicha conversación? ¡Y una permanencia que me sujeta 15 meses por un terminal pésimo, que en la calle nadie daría por él 25€. Acaso ¿no será con la pretensión de que el cliente no recuerde los detalles de la conversación y no pueda exigir? Pues se acaban de topar con uno que la recuerda por completo. ¿A que no aparece la grabación? Les diré por qué: Porque les compromete a ustedes.

El operario en ningún momento me informó que tendría que aceptar una permanencia, entre otras razones porque se lo pregunté varias veces y de varias maneras, a todas ellas las respuestas fueron negativas. La única condición a la que yo estaba sujeto al aceptar el nuevo terminal era de no cambiar de compañía en los próximos doce meses. Si lo hiciera estaba obligado a pagar el terminal con un valor de 60€.

No es la primera vez que me timáis. Ofrecéis una oferta supuestamente gratuita, y una vez que se acepta imponéis un cargo injusto no informado. Estúpido yo haber pensado que, viendo ustedes cómo está el patio, creyera que no cometerían los mismos errores que la competencia. Pero veo que no, siguen igual. Por un lado ustedes, a viva voz, proclaman "Devolvemos saldo a los parados", y a mí, ¡que soy uno de ellos! ¿ME ROBÁIS?

Ahora ustedes me obligan a pagar una cuota mínima de 10€ sabiendo que mi gasto mensual es mucho menor. ¿No sería este el objetivo desde el principio?: Aumentar mi gasto, aunque no lo necesite ni haga uso de ello. Las ganancias ilícitas terminan perjudicando a quien las impone.

O resuelven esto lo antes posible o me obligarán a colgar toda esta información a cuantos foros conozco. La ganancia que ustedes quieren obtener de mí fraudulentamente, la perderán con muchos potenciales usuarios, se lo aseguro.

Por otra parte, el móvil nuevo es tan malo que no he podido usarlo, incluso mi madre lo rechazó. Con lo que pretenden robarme durante tres meses, me compro un móvil infinitamente mejor, y que no me sujeta a ningún tipo de permanencia. Sólo lo acepté porque su empleado me aseguró, insistentemente, que no me comprometía a nada excepto a lo dicho.

Yo, ahora, quiero devolverles el terminal si es necesario para anular la falsa permanencia. No lo he usado excepto para probarlo. Y solicito que me anulen la permanencia de 15 meses que me han impuesto, de lo contrario haré todo lo dicho anteriormente.

Qué triste para sus trabajadores, tener que hacer frente a las consecuencias de su comportamiento y desmanes. Trabajar para un embustero y farsante debe ser muy duro.

FrAnK89

1º movistar no da gratis los moviles, pero vamos ni movistar ni vodafone... siempre con un contrato de permanencia...

2º yo que tu no le daria orden al banco de no pasar los recibos, por que te van a meter en el ASNEF/RAI, pagalos y despues reclama.

3º Abre queja en movistar y trasladala a usuariosteleco.es donde se puede reclamar mejor para estos casos.

4º suerte con tu reclamación ;)

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BocaDePez
BocaDePez

Eso de que te meten en el asnef es otra leyenda urbana. Yo he dejado facturas sin pagar de Vodafone por no estar de acuerdo en absoluto con ellas, y no estoy en el asnef ni ninguna otra lista de morosos.

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BocaDePez
BocaDePez

No hace falta que sea la ASNEF necesariamente. Puede ser la Experian por ejemplo.

Saludos!

razor9271

Sólo un pequeño inciso.

La única condición a la que yo estaba sujeto al aceptar el nuevo terminal era de no cambiar de compañía en los próximos doce meses

Si eso no es una "permanencia" no se que es, la verdad.

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BocaDePez
BocaDePez

A ver, ustedes ¿conocen la ley? ¿Defienden a los estafadores, atacando cínicamente a la víctima? Pero ¿de qué vamos?

¿No conocen la falta por omisión u ocultación de la verdad? Insisto ¡Y LEAN! Pregunté 3 veces al operador si esto me sujetaba a permanencia y me contestó que no categóricamente esas tres veces. Si no fuera verdad, ¿por qué ocultaron en mi factura electrónica el descuento que me estaban haciendo desde febrero? Ya desde ese mes me impusieron la permanencia, pero fue imposible, dada la información con la que contaba, averiguar la carga contraída. Ahora, no antes, sino ahora, hay que descargar un programa sin el cual no visualizas la factura. Así que, mientras no aparecía ningún desorden en mi banco, ni en el total del consumo detallado, ¿por qué debía pensar que estuviera sujeto a permanencia? El truco de estos ladrones, por mucho que ustedes los defiendan (¡teleco no vale para nada!, HAY QUE DENUNCIARLO EN LA OFICINA DE ARBITRAJE O CONSUMO), fue ocultar durante 4 meses la imposición del gasto mínimo, con la escusa o disfraz de una promoción. ¿Por cuál motivo? Este:

Artículo 107. Modificaciones Contractuales

Cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales, incluidas las mencionadas en el artículo 105.2, deberá ser comunicada al abonado con una antelación mínima de un mes, en la que se informará, al mismo tiempo, del derecho del abonado a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones.

En el artículo 105.2, al que hace referencia, indica en su apartado 2. d) que en el contrato figurarán las condiciones económicas.

¿Hacen falta más explicaciones, comerciales disfrazados de ovejas? Ya les conozco a ustedes. Se hacen pasar por inocentes foreros y son pagados por las compañías para ridiculizar a la víctima y al posible lector, al que le ha pasado lo mismo, con el fin de que se eche atrás. Como ven ya me las sé todas. Ustedes me los encuentro por todas partes. ¡MAMARRACHOS! Sois las putas de los ricachones, esos que también os oprimen y avergüenzan a vosotros. Que la comida que coméis os sepa a vinagre en vuestros estómagos, porque habéis oprimido al pobre y avergonzado al justo.

Si Movistar me hubiera informado debidamente yo habría podido, en primer lugar, pedir la PORTABILIDAD, para no perder mi número de teléfono.

En segundo lugar, comunicar a MOVISTAR por escrito y formalmente dentro del plazo improrrogable de 1 mes desde que le hayan comunicado la situación contractual, que RESUELVE EL CONTRATO por la práctica no consentida expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

Por si te queda alguna duda, agentes ocultos, falsos más bien, estás son algunas de las faltas y delitos que Movistar ha cometido con mi persona, según la ley:

LIBRO SEGUNDO

Contratos y garantías

TÍTULO I

Contratos con los consumidores y usuarios

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

62. Contrato.

1. En la contratación con consumidores y usuarios debe constar de forma inequívoca su voluntad de contratar o, en su caso, de poner fin al contrato.

2. Se prohíben, en los contratos con consumidores y usuarios, las cláusulas que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor en el contrato.

3. En particular, en los contratos de prestación de servicios o suministro de productos de tracto sucesivo o continuado se prohíben las cláusulas que establezcan plazos de duración excesiva o limitaciones que excluyan u obstaculicen el derecho del consumidor y usuario a poner fin al contrato.
El consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.

63. Confirmación documental de la contratación realizada.

1. En los contratos con consumidores y usuarios se entregará recibo justificante, copia o documento acreditativo con las condiciones esenciales de la operación, incluidas las condiciones generales de la contratación, aceptadas y firmadas por el consumidor y usuario, cuando éstas sean utilizadas en la contratación.

82. Concepto de cláusulas abusivas.

1. Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

2. El hecho de que ciertos elementos de una cláusula o que una cláusula aislada se hayan negociado individualmente no excluirá la aplicación de las normas sobre cláusulas abusivas al resto del contrato.

El empresario que afirme que una determinada cláusula ha sido negociada individualmente, asumirá la carga de la prueba.

3. El carácter abusivo de una cláusula se apreciará teniendo en cuenta la naturaleza de los bienes o servicios objeto del contrato y considerando todas las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, así como todas las demás cláusulas del contrato o de otro del que éste dependa.

4. No obstante lo previsto en los apartados precedentes, en todo caso son abusivas las cláusulas que, conforme a lo dispuesto en los artículos 85 a 90, ambos inclusive:

a) vinculen el contrato a la voluntad del empresario,

b) limiten los derechos del consumidor y usuario,

c) determinen la falta de reciprocidad en el contrato,

d) impongan al consumidor y usuario garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga de la prueba,

e) resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato, o

f) contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable.

85. Cláusulas abusivas por vincular el contrato a la voluntad del empresario.

Las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario serán abusivas y, en todo caso, las siguientes:

1. Las cláusulas que reserven al empresario que contrata con el consumidor y usuario un plazo excesivamente largo o insuficientemente determinado para aceptar o rechazar una oferta contractual o satisfacer la prestación debida.

Señores lectores, cómprense un móvil vía internet a un precio muy inferior al total impuesto por permanencia. Sobre todo a aquellos que, como yo, no tenemos un consumo que exceda dicho gasto mínimo. Esto nos permite usar un terminal sin ataduras, sólo pagando lo que se consume. Hay compañías más baratas que Movistar y sin permanencia de ningún tipo.

En España nos hemos habituado a comprar terminales a la compañía telefónica, de ahí que ésta nos imponga períodos excesivos de permanencia, para sufragar costos y sujetarte obligatoriamente por injustas o fraudulentas que sean sus políticas.

Mis saludines, hermosos. ;)

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razor9271

Perdone uted, Sr., pero la cuestión es que ÉL conocía que tenía una limitación o PERMANENCIA aunque no se use esa palabra y, si decide romperla (es libre de romper el contrato DURANTE LA DURACIÓN DEL MISMO), la empresa TIENE el derecho de COBRAR aquellos beneficios de los que el consumidor se hubiese acogido.

Es decir, podrán cobrar los DESCUENTOS y/o LOS REGALOS que le hubiesen hecho, item más, no hay que ser un "LINCE" para darse cuenta de que si te hacen un regalo (llámese descuento u otra cosa) TIENES que tener alguna contraprestación, y en este caso LA HAY, 12 meses de permanencia o multa de 60,0€.

Y otra cosa, sherlock, que sepas que, según esa Ley que me citas, QUE TODO CONSUMIDOR ESTÁ OBLIGADO A SOLICITAR POR ESCRITO UNA COPIA DEL CONTRATO CELEBRADO, otra cosa es que NADIE LO PIDA, pero si lo solicitas TIENEN QUE ENTREGÁRTELO SI O SI, en caso contrario lo puedes declara NULO DE PLENO DERECHO.

BocaDePez
BocaDePez

Repito lo que dice el compañero razor.

Si la frase "La única condición a la que yo estaba sujeto al aceptar el nuevo terminal era de no cambiar de compañía en los próximos doce meses" no es la descripción de una permanencia, cuéntamelo. Puede que no usara la palabra "permanencia", pero tu mismo dices que eras consciene que no te podías cambiar de compañía en 12 meses.

No es por defender a Movistar, pero es que tu mismo aceptaste estarte 12 meses con Movistar.

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BocaDePez
BocaDePez

FRAUDE MOVISTAR CONTRATO PERMANENCIA FALSA PROMOCIÓN TELEFÓNICA CONDICIONES ENGAÑO MENTIRA QUEJA

Qué fácilmente se pierde la objetividad cuando los que pagan la publicidad son los que te dan de comer.

Es que cuando no se quiere oír, o sois borregos o agentes de la compañía, es que ¡no lo entiendo!

-Bien, cometí dos errores. Después de hablar con el abogado de consumo, no con ustedes, pude comprenderlos.

1-Aceptar una oferta telefónica.

2- Firmar el recibí del envío.

Explicaciones:

1- Al aceptar una oferta telefónica, estás aceptando unas condiciones que luego no podrás probar que fueron esas o más gravosas. Simplemente se las lleva el viento. El teleoperador o bien engaña soberanamente, o simplemente informa parcialmente, ignorando las condiciones más gravosas con el fin de que aceptes el contrato.

En la práctica, pueden cobrar por el producto una cantidad muy superior que no equivale a su precio real (15 meses de permanencia para un móvil de características básicas, que puede salir en ebay a unos 20€).

Pueden sujetarte a permanencia con gasto mínimo de 10€, cuando en la información que se dio excluye categóricamente ese dato, negándolo 3 veces. ¡NO EXISTÍA EL GASTO MÍNIMO!

Pueden informar que por cambiarte de compañía tendrás que abonar el precio del terminal, 60€, cuando la realidad es que son 90€ de penalización por anular el contrato de permanencia, sea para pasarte a tarjeta prepago o para cambiar de compañía.

Puede informar que el contrato dura 12 meses, y luego aumente milagrosamente a 15.

Bien. Para que ustedes lo entiendan: Si habiendo comunicado que son 12 meses de permanencia luego te obligan a estar 120 de compromiso con gasto mínimo, y si en vez de 60€ de penalización por darte de baja, fueran 1600€, ¿sería esto más o menos fraude que mi caso? ¿Qué opinan ustedes? ¿Hay que poner así las cosas para que las entiendan? ¿1+1=2?

No pudiendo demostrar que yo acepté un contrato telefónico con otras condiciones, pueden imponerme cualquier otra condición o sanciones que sobrepasen injusta e inmoralmente el valor del producto. Y de ahí parte el 2º error, la única prueba en mi contra:

2. Firmar el documento de correos al recibir el paquete con el móvil. Ese documento, a efectos de la ley, consta como un contrato. Es la prueba que Movistar tiene de que yo acepté dichas condiciones.

Obviamente dirán que fui correctamente informado, porque yo no tengo prueba que afirme lo contrario. Sin embargo, ahora sé que LOS MÓVILES PUENDEN GRABAR LA LLAMADA que se está realizando. Es una opción creo que bastante común y que me hubiera dado la posibilidad de ganar el juicio que la Junta de Arbitraje ya tiene en sus manos. Por otra parte, la ley de proteccion de datos, les obliga a borrar la grabación de la llamada, pasados 15 días.

Por otra parte, Movistar ha modificado la manera de visualizar la factura online. Por lo que, a pesar de que constaté que no había costes injustificados, sí estaba camuflado bajo una promoción que descontaba el gasto mínimo. Con lo que si mi gasto medio es de 2€, así se me cobró hasta junio. Sólo al descargar la factura, en un formato no reconocido, es que puede conocerse ese dato, para lo cual hubo que descargar el programa necesario para visualizarla, y entonces sí verificar la factura en pdf, como venía siendo hasta entonces. No debe parecerles suficientemente seguro el formato pdf…

Tengan claro que no dejo aquí este post por ustedes. Simplemente les agradezco que me den la oportunidad de explicarme de cara a los visitantes que puedan leerlo y les sea de ayuda.

¡JAMÁS ACEPTEN COMPRAS TELEFÓNICAS, son contratos ficticios! PIDAN QUE LES ENVÍEN A SU CASA EL CONTRATO y ya lo aceptarán después de estudiarlo detenidamente.(Nunca lo hacen, sería como enseñar los dientes del caballo enfermo)

DÉJENSE DE COMPRAR MÓVILES QUE LES OBLIGAN A CONTRATOS DE PERMANENCIA BESTIALES. No siempre necesitarán gastar la misma cantidad, que puede no sobrepasar el gasto mínimo. Cómprenlos en Internet o donde sea, y podrán cambiar de compañía a su gusto y sin compromisos ni penalizaciones de ningún tipo, simplemente ¡A LA OFERTA MÁS BARATA! y con tarjeta prepago. Es lo que menos les gusta a los peces gordos de Movistar y el resto.

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BocaDePez
BocaDePez

¡TANTA RAZÓN TIENEN USTEDES, QUE ME HAN DEVUELTO 76,56!

Será por su falta de respeto, por el desprecio que me han demostrado, por lo "mal" que hacen su trabajo (humillar al que dañe el prestigio de las marcas para las que trabajan y hacerles callar) , será por todo ello que MOVISTAR me ha devuelto la cantidad cobrada, no sólo por la indemnización que tuve que pagarles para anular la permanencia, también por la diferencia hasta los 10,44€ que me cobraron durante dos meses. Y con todo, no me han reclamado la devolución del móvil.

¡LA OFICINA DE CONSUMO HA HECHO SU TRABAJO! Ha visto el engaño que ELLOS fueron los que, fraudulentamente, montaron todo un entramado para aprovecharse del vacío legal y que los no informados, como yo, caigamos en la trampa. ¡Pero gracias a Dios que la ley todavía nos defiende, y con creces!

ANIMO A TODOS A QUE PLANTEEN SUS QUEJAS EN LA OFICINA DE CONSUMO. Que lleven estos arículos de la ley en su mano, que las mencone y recuerde al funcionario de turno que les atienda, en mi caso muy amable y preparado para su oficio, no como estos meapilas DEL FORO que no han sacado ni el F.P. porque les gustaba la cháchara y el escarnio.

Recuerden y lean, lean los post que van dejando en estas páginas los que se hacen pasar por asesores, y son pagados por las PODEROSAS COMPAÑÍAS TELEFÓNICAS. ¡CUIDADO! Repito ¡SON LOBOS DISFRAZADOS DE OVEJA!

Si usan Firefox, instalen uno de sus complementos, WOT, que advierte en cada enlace sobre la fiabilidad de las páginas. Pongan puntuación negativa a esta página por este motivo y añadan el comentario pertinente, por fraude de los asesores del foro.