Hola
Que una persona haya sido declarada por un Juez, en el correspondiente Procedimiento Judicial, como tutora de una persona discapacitada, no quiere decir que la tutora pueda tomar cualquier tipo de decisión que afecte a esa persona discapacitada, ni pueda firmar en su nombre y tomar otras decisiones que la curatela Judicial no haya fijado.
La autorización de tutoría se concede en interés de la persona discapacitada por un Juez (en el correspondiente procedimiento Judicial), no pudiéndose conceder de forma general para todas las cosas que afecten a la persona discapacitada, fijandose por lo tanto en una "curatela" cuales son éstas esas cosas.
Legalmente no se porque se la niegan a mi madre que a efectos legales el la titular por orden de un juez
Tal y como lo has explicado, tu madre no es la titular de esa linea telefónica; tu madre es la tutora del titular de la linea, que padece una discapacidad; por lo tanto es el Juez quien tiene que autorizar a tu madre para que pueda firmar en nombre de la persona discapacitada cualquier documento que afecte a sus intereses cualesquiera que estos sean.
En la parte dispositiva del Auto Judicial en el que concedía la tutela a tu madre sobre la persona discapacitada, constará sin ningún genero de dudas la curatela de las acciones que dicho Juez autoriza a la citada tutora, y aunque lo desconozco, dudo mucho que el Juez le haya autorizado a firmar en nombre del tutelado.
En cualquier caso, lee con detenimiento el Auto Judicial de tutela, y comprueba si aparece la autorización de firma, si aparece, con ese documento es suficiente para acreditar ante la operadora la autoriza del cambio de nombre con la firma de la tutora.
Si por el contrario en la parte dispositiva del Auto Judicial de concesión de tutela, no aparece la autorización de firma, tendrá la tutora, mediante solicitud motivada, solicitarlo al Juez, quien sera el que le conceda o deniegue la autorizacion para firmar un documento en nombre del tutelado.
Un saludo.