Es que no lo tengo claro. Por eso lo pregunté en la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones (usuariosteleco.es), pero me han remitido al Instituto Nacional de Consumo.
Como yo lo entiendo al acabar un contrato el teléfono debería ser de tu entera propiedad, y por tanto no tendría por qué tener ninguna restricción. Pero claro, esta es una interpretación mía que no vale un pimiento.
Me gustaría que me dijerais si sabéis algo de este tema, o si hay alguna legislación al respecto, porque si no me parece que es el operador el que puede hacer lo que le dé la gana con los códigos de desbloqueo de los terminales.
Un saludo.