Mirando el contrato, hay una parte que pone: Condicion particular de Permanencia
El cliente se compromete a permanecer dado de alta en este Contrato con la linea vinculada al mismo durante dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de firma del Contrato. En caso de baja anticipada del Cliente por cualquier causa, suspensión definitiva del Servicio motivada por impago del Cliente de las cantidades adeudadas a Vodafone o cambio desde el plan de precios contratado a otro plan de precios distinto que tenga un compromiso de minimo menor, el Cliente abonará a Vodafone una cantidad que podrá ser de hasta un máximo de 150 euros (impuestos indirectos no incluidos) en concepto de compensación por la subvencion obtenida de Vodafone como descuento sobre el precio de mercado del terminal. Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo que pudiera pactarse al respecto en condición particular posterior entre Vodafone y el Cliente, en su caso.
Se me hace raro esto, pero bueno...
EDITO: Mirando el contrato del suministrador:
Habida cuenta de caracter promocional del presente contrato y de que las obligaciones que asume el CLIENTE resultan parte de la contraprestación necesaria por su parte para un equilibrio contractual, para el caso de incumplimiento total o parcial de las referidas obligaciones por parte del CLIENTE, se pacta en concepto de pena convencional a favor del SUMINISTRADOR la cantidad de 200€ por linea y/o terminal. Dicha pena convencional sera sustituta de la integra indemnizacion de daños y perjuicios, autorizando en este acto EL CLIENTE a que EL SUMINISTRADOR, una vez constatado el incumplimiento, libre a su cargo recibo bancario por dicho importe y lo presente al cobro en la cuenta bancaria cuyos digitos se expresan a continuacion
Serian 350€???? Segun se lee aqui, aunque la parte del suministrador no se si sera legal...
Saludos