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MásMóvil amenaza con cobrar permanencia porque se ha completado la portabilidad

Kronnos 7719

Resulta que estuve tanteando compañías para cambiarme lo que es teléfono fijo + móvil + fibra y he aquí mis problemas y dudas.

Contacté con MásMóvil y en un principio me gustó su oferta (recomendados por Vodafone, que es de donde pretendía irme) e hice una sóla grabación de voz con ellos para sólo solicitarle a Vodafone mis números para la portabilidad y para eso sólo, pero luego me contactaron los de Movistar y esta opción me atrajo más y por ello llamé a los de MásMóvil para anular la portabilidad con ellos y he aquí mi sorpresa, me dicen que no puedo hacer eso sin perder mis números y sufrir una penalización de 150€, porque la grabación anterior ya me obligaba a la permanencia si o si, a lo que yo les pregunté que si iban a tener en cuenta o no mis 14 días hábiles que tengo por ley para desistir o anular cualquier portabilidad o contrato y encima sin que me hayan hecho ninguna instalación aún.

A lo que un supuesto responsable del departamento legal de dicha empresa me dice que esos días no aplican en esta ocasión porque yo ya he completado la portabilidad y por ello de no seguir con dicha empresa perdería mis números ya que ellos se los habían comprado a Vodafone, además de abonar el importe antes mencionado.

Tanto Movistar como Vodafone me han dicho que eso era mentira e incluso ilegal y aquí está mi duda ¿Quién dice la verdad o tiene razón?

A mi parecer y por lo que he leído sobre mis derechos en este asunto, creo que es MásMóvil quien lo está haciendo mal.

eth0
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Para toda venta realizada a distancia (teléfono, internet), existe el derecho de desistimiento durante los primeros 14 días. Otra cosa sería si, como dices, ya hubiesen instalado, cosa que no ha ocurrido. Cancela, olvídate y como se les ocurra secuestrar los números o cargarte un recibo, les denuncias. No tienen por donde cogerlo.

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Basajaun2002

La INSTALACIÓN comienza, en el momento que ya has realizado una grabación para iniciar la portabilidad, es decir el proceso de "instalación" de tu nueva linea ha comenzado y probablemente ha finalizado. Tu linea podra estar en uso cuando te envien o instalen el router en tu domicilio, si es necesario.

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eth0
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Si tu recibes un producto en tu casa por parte de PCComponentes, la venta se ha perfeccionado. No pierdes el derecho al desistimiento por ello dentro de los 14 días. En el caso de la instalación, en tanto que esta no se ha completado (siquiera iniciado, físicamente), por lo que ni que decir tiene que es cancelable sin coste alguno.

Lo que te suelen cobrar es el coste asociado al desplazamiento, tiempo y material del instalador. En qué mundo te lo van a cobrar cuando nadie ha venido a tu casa a hacer nada.

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Basajaun2002

En el caso de la instalación, en tanto que esta no se ha completado (siquiera iniciado, físicamente),

La INSTALACION, se inicia desde el momento en que realizas la grabación de voz y aceptas las clausulas del contrato con la nueva operadora para realizar la portabilidad.

por lo que ni que decir tiene que es cancelable sin coste alguno.

En el momento que has aceptado el contrato con la nueva operadora mediante una grabacion de voz, como es el caso, se ha iniciado el proceso y por lo tanto es evidente que tiene unos gastos y costes, que en caso de desistimento del contrato se deberá hacer frente por parte del cliente.

En qué mundo te lo van a cobrar cuando nadie ha venido a tu casa a hacer una mierda.

No es necesario en la mayoria de los casos que el técnico instalador se desplace a tu domicilio, en la mayoria de los casos ni te enteras que el técnico ha estado en la centralita correspondiente conectandote al ramal GPON tu linea, si es fibra, o incluso en el riti de tu vivienda. La mayor parte de las operadoras utilizan routers autoinstalables que te los mandan por correo y te llegan a los días (no es problema de la operadora los plazos de entrega), y que se autoconfiguran remotamente sin necesidad de la intervención de un técnico.

Lo mismo ocurre con las lineas de fijo, sila hay y por supuesto de los móviles.

Si tu recibes un producto en tu casa por parte de PCComponentes, la venta se ha perfeccionado.

Efectivamente, así es, pero si desistes del contrato de compra, tendras que correr con los gastos de envio y devolución, el articulo deberá de estar tál y como te lo envió el vendendor, perfectamente precintado, tál y como dispone la Ley de Garantias para la venta de articulos de consumo.

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eth0
eth0
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superllo
superllo
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eth0
eth0
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Basajaun2002
Basajaun2002
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eth0
eth0
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Kronnos 7719

Gracias por tú respuesta.

Es lo mismo que estaba pensando yo, la verdad.

BocaDePez

Ningún representante legal de una empresa se va a poner en contacto con un abonado por este tema, por lo que es claro que te han intentado engañar

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Kronnos 7719

Gracias por tu respuesta.

Mira que me lo estaba imaginando, no creas.

NachoSH

Si no hay instalación, no hay ningún problema, te lo dirán para que no canceles.

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Kronnos 7719

Si, es lo que me imagino que le harán a todo el mundo y si cuela, cuela.

Basajaun2002
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sin que me hayan hecho ninguna instalación aún.

La INSTALACIÓN comienza, en el momento que ya has realizado una grabación para iniciar la portabilidad, es decir el proceso de "instalación" de tu nueva linea ha comenzado y probablemente ha finalizado. Tu linea podra estar en uso cuando te envien o instalen el router en tu domicilio, si es necesario.

Por lo tanto la operadora tiene todo el derecho a cobrarte y penalizarte por la instalación, si desistes , (la ley te ampara antes de transcurrir 14 días, pero pagando los gastos de instalación) y/o rechazas la instalación.

Hay que tener cuidado con estas cosas, antes las operadoras tardaban en realizar los tramites de portabilidad, pero hoy en día se realizan en unos minutos, como mucho en unas horas, pero es prácticamente inmediato.

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Kronnos 7719
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Por lo que me han comentado desde varios puntos, hasta que no me hacen la instalación física no está la misma y por consiguiente, no pueden o deben cobrarme nada y mucho menos "amenazarme" con perder mis números por haberlos comprados ellos, cosa que me han confirmado que es totalmente falso.

Pero bueno, ya lo veré en un futuro no muy lejano.

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Basajaun2002

@Kronnos7719 , no me mal interpretes por mis comentarios, sinceramente deseo que tu problema se soluciones de la mejor manera posible para tí.

No dés demasiada credibilidad a lo que te dicen o comentan por los foros o sites, incluidos mis comentarios por supuesto, al final la realidad suele ser otra.

Suerte, y ya nos comentarás como ha terminado este tema.

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Kronnos 7719
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No hombre, no me lo he tomado por ese lado, sólo te comentaba.

Gracias de todas formas por aportar al tema.

k-lamar
1

El artículo 103 Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios así como multitud de resoluciones administrativas que sistemáticamente dan la razón al cluiente dicen lo contrario.

El derecho de desistimiento no será aplicable a los contratos que se refieran a:

a) La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.

Traducido:

1) Te llama el técnico para concretar una cita y le dices que no lo autorizas, no pueden cargarte ningún cobro ya que ni se ha iniciado la ejecución del servicio ni, obviamente está completamente ejecutado.

2) Te llama el técnico para concretar una cita, la concretas, el técnico va a tu casa y comienza la instalación y la finaliza (o no la finaliza porque el cliente no le deje), ahí si ya te pueden cobrar la instalación.

Vamos a distinguir entre firmar un contrato de que la finalidad de ese contrato se lleve a cabo, son cosas muy diferente y la primera no implica la segunda.

P.D: Recordar también que cualquier tipo de cobro debe de venir especificadp en el contrato, no sirve que en el contrato ponga "si se incumplen las condiciones se aplicará un cargo por instalación", esa cantidad debe de venir especificada en el contrato, de no ser así esa cláusula es nula.

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Basajaun2002

El artículo 103 Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios así como multitud de resoluciones administrativas que sistemáticamente dan la razón al cluiente dicen lo contrario.

  • En primer lugar, la legislación aplicable en este caso es la Ley General de Telecomunicaciones. Punto.
  • Simplemente has realizado una interpretacion sesgada y torticera de la Ley y del propio Derecho, para ajustarla a tu comentario; algo muy poco riguroso.

De cualquier manera ya comente que este tema lo daba por finalizao, máxime cuando he visto la decisión "dictatorial" del administrador del foro @Josh , que ha cerrado y cierra habitualmente post e hilos a su capricho, post e hilos que no incumplen ninguna norma de las por él dictadas. Hay muchos mas foros, más serios y rigurosos para entretenerse.

Hasta la vista. Este foro, "Nunca mais…".

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k-lamar

Ley General de Telecomunicaciones que, oh sorpresa!! nos dice:

Artículo 53. Contratos.

  1. Antes de la celebración de un contrato entre usuarios finales y los operadores que exploten redes o presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público, los operadores proporcionarán a los usuarios finales al menos la información que a estos efectos se establece en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Yo también lo doy aquí por finalizado.

Josh

@k-lamar te ha dicho lo que él piensa con corrección y leyendo tu respuesta interpreto que te lo has tomado como un ataque personal.

Aquí venimos a aprender, cada uno dice lo que piensa mientras sea con cordialidad y si no hay acuerdo pues cada uno se queda con su interpretación, pero entrar en el terreno personal y acabar frustrado porque no te dan la razón me parece realmente absurdo.

Mi trabajo como mod es que las conversaciones se desarrollen con buen ambiente y cuando este se enrarece cierro y tomo otras medidas. Evidentemente estas las tomo bajo mi criterio. Puedes llamarlo dictadura si lo prefieres, yo lo hago lo mejor que puedo dentro de mis límites.

Y por supuesto, si este foro no encaja con lo que tu esperas, es sensato utilizar otro.