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Móvil

¿Penalizacion si o Penalizacion no?

Lordwill

Buenas.

Frente a la subidas de tarifas (ojo, no solo el establecimiento de llamada, sino en casi todas las llamadas) de las 3 grandes compañias de moviles muchos dicen que se puede rescindir el contracto antes de los 18 meses de permanecia sin penalizacion alguna, puesto que se trata de un incumplimiento unilateral por parte de la operadora que motiva la anulabilidad. Ademas, en la mayoria de los casos las compañias no estan informando con un plazo no inferior a un mes de estos cambios tarifarios ofrenciedole al cliente la posibilidad de aceptar o rechazar los nuevos terminos, cosa que tambien incumple el contrato.

En cambio otros dicen que la compañia te puede cobrar los 150 + iva en concepto de recuperacion de un beneficio para el usuario como es la subvencion de un telefono movil. O en el mejor de los casos, la parte proporcional de esos 150 + iva, en relacion a los meses que faltan para que acabe el contrato.

¿Penalizacion si o no? ¿Quien tiene razon? ¿nos quieren asustar las compañias de moviles con estas amenazas o por el contratrario pueden aplicarlas?

Se supone que, el benficio para el usuario era la recepcion de un movil subvencionado..., ¿Y si en el burofax o (carta certificada) de la baja, tu muestras tu disposicion a devolver el telefono, tambien serian aplicables estas penalizaciones?

Si ellos incumplen, devuelves el telefono, no existe subvencion alguna y te podrias dar de baja sin la penalizacion por esa supesta subvencion. ¿Podria funcionar eso?

Saludos.

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stalan

Donde esta el ministro de industria? Tiene que decir algo?

tumerudi

Esperar a que el Tribunal de la Competencia resuelva si es legal o no la subida de tarifas no parece ser una medida útil para los usuarios de móviles. Por ese motivo, las asociaciones de consumidores aconsejan que se analice la oferta que más interesa en cada caso y, si compensa , que se cambie de operador. «Hay que estudiar las distintas posibilidades, no sólo las tarifas, sino también las condiciones para convertirse en cliente de una de las empresas», explican desde la OCU.

A este respecto, los operadores insisten en que en España hay un grupo muy numerosos de usuarios que no pueden cambiar de compañía porque han recibido un terminal gratuito o a precio muy reducido, a condición de permanecer como cliente de la compañía un tiempo mínimo, que suele estar comprendido seis meses y un año.

Sin embargo, las asociaciones de consumidores recalcaron ayer que los contratos se pueden rescindir «ya que se ha variado una de las condiciones generales del acuerdo, como son las tarifas», explica Enrique García. La OCU asegura que tanto el Código Civil como la ley de protección de los consumidores protegen al usuario en este caso, ya que fijan que no puede ser penalizado con una indemnización establecida unilateralmente por el operador, como sostienen las empresas.

(link roto)