BandaAncha

  • 🔍 en 📰 artículos ⏎
  • 🔍 en 💬 foros ⏎
  • 🔍 en 👇 este 💬 foro ⏎
  • 🔍 en 👇 este 💬 tema ⏎
Regístrate Regístrate Identifícate Identifícate

Pagar derrama de comunidad si solo eres el dueño de un local

Alexvr
1

En un edificio hay una comunidad de vecinos y dos bajos. La comunidad de vecinos aprobó una derrama para un proyecto de obra para instalar un ascensor. Yo, siendo propietario de un local y NO de un piso de ese edificio, ¿estoy obligado a pagar la derrama de 5.000€ pese a no tener una vivienda allí?

En una primera notificación de un vecino me opuse. ¿Sabeis si tengo alguna base legal que me respalde?

La ley horizontal la conozco pero ¿En serio tengo que pagar la cuantía íntegra?¿ No hay alguna ley de desarrollo que me exima de una parte?

Gamurll

Si se aprobó por mayoria, tendrás que pagar tu parte aunque sea un bajo. La ley incluso dice, que si se aprueba por mayoría y el bloque tiene locales, también tienen que pagar la derrama del ascensor.

Otra cosa es que no se haya aprobado por mayoría pero se tenga que poner por petición de alguien con problemas de movilidad o edad. Entonces si hay un límite máximo para pagar la derrama.

Busca la ley de propiedad horizontal, que viene los diferentes casos.

lhacc
-8

[contenido retirado]

🗨️ 2
Alexvr
-4

Saldré en las noticias.

"Un asesino en serie rebana el cuello a cada miembro de una comunidad de vecinos en Gijón".

🗨️ 1
lhacc
-5

[contenido retirado]

AngeloPereiro
1

Por la ley de propiedad horizontal si se aprobo la mayoria tienes obligación de realizar el pago ya que es un elemento comun lo uses o no pertenece al edificio

Kaiser IV
2

Estas obligado a pagarlo y también el mantenimiento que pueda tener el mismo.

Dado que aunque se trata de un gasto extraordinario, está destinado a garantizar la accesibilidad del edificio.

Ley de Propiedad Horizontal en el artículo 9

🗨️ 3
Alexvr
0

Vaya leyes de pacotilla.

🗨️ 2
Kaiser IV
2

Es lo que hay… Es como el que se queja de que solo quiere que le cobren la parte proporcional de la señora de la limpieza cuando limpia su descansillo, que no tiene porque pagar el de su vecino de arriba xd

🗨️ 1
Alexvr

Pues vaya con la herencia.

No es exactamente lo mismo porque mi bajo no da al portal, da a la calle, era una peluquería.

El que se queja de lo de la limpieza o tal, accede al portal que es común para todos los propietarios…

Tenía esperanza por si estaba exento de una parte… Veo que no

Edito: Aqui llamamos bajo a los locales

Kaiser IV

Ese articulo habla de "locales"

🗨️ 1
rbetancor
1

Y lo que tiene el compi, es un local que da a la calle, no al portal.

De hecho, creo que está obligado a pagar la derrama, pero no a "pachas" como el resto de vecinos … sino que hay unos coeficientes que se han de aplicar y cuando es un local que da a la calle directamente, el coeficiente hace que lo que le toque pagar, sea un "miseria", comparado con lo que tendrá que pagar el del ático.

lordman
1

En casa de mi madre no hace mucho se cambió el ascensor, ya era viejo, y si, pagaron todos, garaje y un negocio incluidos. El garaje tiene su puerta de acceso para media docena de plazas y no tiene necesidad de acceder al ascensor para nada ya que el ascensor da al portal y ellos ni tienen acceso al portal. Y si, pagaron también. Tu, o quien sea, sobre el total de la comunidad tienes un porcentaje y pagas según ese porcentaje.

Es una ley que parece un poco extraña, ya que vas a pagar por algo que no te sirve para nada, pero tienes que pagar por que tienes una cuota de participación sobre la totalidad de obras y de todo que hagan en la comunidad.

Es decir, si tuvieras un 5% y la obra son 100k€ pues pagarias 5000€, sin opción a descuento de ningún tipo.

🗨️ 2
Alexvr
0

Que mierda de leyes se hacian antes. Casi al mismo nivel que las actuales.

Tremenda perrara me han hecho.

🗨️ 1
lordman
1

Lo que dices de un piso bajo (local) yo creo que da igual ya que está a la par de una lonja que había donde mi madre, y también pago. A parte del negocio habia tambien una lonja que usa el dueño de trastero o ni la usa, el caso es que tambien pagaron. Yo entiendo que un piso bajo, local o como quieras llamarlo es lo mismo que una lonja.

Vamos, que traducido, cada cual con su cuota de participación, pagó todo cristo.

EmuAGR

Correcto, hay que pagar. Tengo una amiga cuya familia vive en un bajo y cuando pusieron el ascensor tuvieron que pagar. Usa el ascensor para hacerse fotos en el espejo

La verdad es que pienso que debería estar ponderado según la altura del edificio…

🗨️ 3
Alexvr

Es un local. No un entresuelo. Aqui llamamos bajo a los locales. Fallo mio, voy a corregirlo.

🗨️ 2
lhacc

[contenido retirado]

🗨️ 1
CMOr
5

Depende de las escrituras, hay edificios en los que los locales no pagan ciertas reparaciones como ascensor, pero sí otras como el tejado, por ejemplo. Leételas con calma, y en caso de duda consulta con un abogado.

Erreka
1

La derrama tendras que pagarla, ahora bien, el mantenimiento yo creo que no.

La forma de pago, creo que no puede ser todo de golpe y si supera un porcentaje de la couta de comunidad tendra que ser en varias veces, 10-20 o las cuotas que sean.

Tambien te sugiero que mires a ver si existe algun tipo de subvencion o bonificacion que te puedas acoger para que el coste no sea tan alto. (aunque me imagino que la comunidad ya lo habra mirado por el interes propio de ellos mismos).

🗨️ 2
CMOr

En casa de mis padres se cambiaron ascensores y los locales no tuvieron que pagar nada porque no les correspondía según escrituras.

🗨️ 1
rbetancor

Exacto, depende de los estatutos de la comunidad de vecinos, los locales pueden estar exentos o tener cuotas reducidas.

rbetancor
1

Te lo voy a decir de memoria … así que mejor será que te leas la ley con detenimiento o busques asesoramiento legal, pero hay una tablas de coeficientes que se aplican en las derramas, en función de noseque factor de edificabilidad del inmueble … y si es un local, en los bajos del edificio, que da directamente a la calle y no al portal, dicho coeficiente, debería de hacer que tengas que pagar una miseria … la derrama de un ascensor, no se paga a "pachas".

Esta sentencia, puede que te ayude a aclarar cosas.

🗨️ 1
Aell6782

Te refieres supongo al coeficiente de metros, según los metros tienes un coeficiente y según este, pagas más o menos de comunidad y gastos extraordinarios.

Es así como se hace al menos en todas las comunidades que me tocan de cerca.

NeroGC
1

Pide al administrador / presidente la escritura de la división horizontal, en esa se habla de como se reparte el edificio, el COEFICIENTE DE PARTICIPACION y se ha de mencionar si participas en gastos de conservación y demás, o solo en el gasto mínimo de seguro y suministros. (Electricidad de hidro)

Bovedas Ligera0s

Si, en el catastro y en las escrituras te sale el % que tienes del edificio (porcentaje de participación), respecto a ese % te toca pagar. Nunca lo usarás pero tienes el porcentaje de edificio y estás usando indirectamente cosas comunitarias: el contador de la luz y los cables comunes, el contador del agua y las tuberías comunes, el RITI y la fachada. al igual que si a tí en la peluquería te pasa algo que involucre al edifico ellos también te van a pagar.

Tope
1

Búscate un abogado, si no haces uso de él , no tienes que pagar. Pregunta sencilla ¿Tienes acceso directo al patio desde tu local?- Si no tienes acceso, no pagas seguro.

🗨️ 1
lordman

En donde vive mi madre, cambiaron el ascensor, había un negocio, una lonja que o no usan para nada o usan de trastero, y una entrada a un garaje que habrá unas seis plazas dentro.

Ninguno de ellos tenia ni acceso al portal ni al patio interior.

Y tuvieron que pagar según su cuota, el garaje, lógicamente, entre seis cada uno su parte.

Que haya casos, como dicen por arriba, que por escrituras no haya que pagar, puede ser, pero al menos por donde yo vivo eso no es lo normal.

lordman
1

Lo mejor es que te mires las escrituras, si tienes cuota de participación lo pone claro, no recuerdo como está redactado pero no tiene perdida. Tambien puedes hacerle la consulta a un abogado, para el esto no tiene perdida, no puede ser que te cobre mucho por una consulta de 1 min poco mas o menos. Si estás en algún sindicato igual te hace el favor algún abogado de mirartelo, digo favor por que no es tema laboral, pero si te lo hace no te cobrará.

ByMiguel69

Léete las escrituras y depende de si tienes cuota de participación pagas más o menos. Te recomiendo vayas a un gestor y te lo mire

Mikker
1

Habría que ver los estatutos, pero por experiencia, muchos locales participan solo en los gastos de comunidad en los que participan, es decir, si hay conserjería, y tienes buzón allí, te toca pagar el servicio de conserjería, si el local, tiene plaza de garaje, el alumbrado y puerta te toca pagar… otra cosa es, el local no está conectado con el zaguán ni con el ascensor, entonces no debe participar ya que son independientes, y no está vinculado el local a la zona residentes, es más, si no tienes llave del portal ni derecho de paso, es casi toda una victoria, pero ya te digo que esto es ver los estatutos y sobre todo, asesórate con un buen abogado, si tienes razón, a juicio, la comunidad pagará el juicio y tu abogado, y quedarás exento del pago. No te conformes con pagar lo que la comunidad diga, si tienen razón pasa por caja y sino, pelealo… pero infórmate más que aquí, con un buen abogado. Si tu renta es baja, igual te pertenece el de turno de oficio.

vukits

Yo tuve un bar en un bajo.

La puerta que daba al portal estaba tapiada. Así no teníamos que participar en Derramas y cosas así.

Cuando instalaron ascensor tampoco pagamos

SI tienes alguna puerta que comunique al portal, tapiala con ladrillos.

Y comentaselo a tu gestor para que te lleve el tema administrativo.

🗨️ 2
Alexvr

No tengo acceso al portal. Nunca hubo acceso al portal. Da a la calle.

🗨️ 1
vukits

Nunca hubo acceso al portal

pues toca hablar con tu gestor/abogado y creo que habrá que ir a Juicio.

Amenhotep
1

Respuesta corta: Sí

Respuesta larga: Si tu propiedad forma parte de la comunidad de propietarios claro que sí, igual que si reparan la azotea pero tú no tienes azotea. Es un elemento que afecta al conjunto del inmueble.

En muchas comunidades con garaje y trastero, hay una de pisos y otra de garajes y trasteros porque los propietarios de los pisos pueden ser diferentes que los de los garajes

Pero aunque tu local no tenga zonas comunes con los pisos al estar en el mismo bloque y comunidad los gastos son solidarios en función del índice de participación, que es lo que debes consultar en escritura.

🗨️ 2
Alexvr
1

No pago comunidad

🗨️ 1
Amenhotep
1

Si no pagas comunidad (porque no te emiten recibos no porque seas moroso) es que tu local no forma parte de la misma y entonces no tienes que pagar ninguna derrama. Es algo raro porque generalmente los locales se incluyen en la comunidad de los pisos que hay encima, pero si no lo hicieron así en tu caso pues está claro.

Fasac
1

En principio te toca pagar segun porcentaje de cuota, o si te niegas y consta en acta, un tope de doce mensualidades, mejor esto miralo en la ley horizontal o consulta abogado.

En nuestra comunidad los locales, bajos, garajes estan exentos de pago de ascensor no de portero, porque así lo especifica en las escrituras, cuando se instalo el ascensor(no habia nada) hubo un debate porque en la redaccion de las escrituras se puede entender dos cosas segun quien las lea 1. los locales no pagan intalacion ni matenimiento. 2. si pagan instalacion (por obra nueva) pero no mantenimiento.

Esto lo llevo un administrador-abogado de nuestra parte, al final los locales no pagaron nada, pero se que si el admin hubiera pleiteado(no quiso, no queria jaleos) habrian pagado la instalación, he visto una sentencia del supremo de un caso como el nuestro y les toco pagar la instalacion.

Elchavalociosu
1

BUenas. Pues a raiz de esto y que en donde vivo vamos a hacer reformas lo estuve hablando con el administrador, y en ppio la LPH indica que los bajos deben hacer frente a dichas derramas, salvo que en la escritura del edificio se indique lo contrario, como es nuestro caso.

Siempre y cuando no tengas acceso al portal o zonas comunes.

Pero todo debería venir especificado en la escritura del edificio.

Háblalo primero con el administrador del edificio

charly1986

En principio si te toca pagar, aunque supongo que solamente un porcentaje, eso la empresa administradora de la comunidad lo podrá aclarar. En mi edificio los tres locales pagan un porcentaje cuando hay que hacer una derrama para algo común del edificio, aunque no lo vayan a usar. (Por ejemplo reparaciones en la azotea).