Si, tal vez sea insolvente, pero es posible que le metan en ASNEF y no pueda financiar el pago de una simple tostadora en dos meses. Y que a medida que pase el tiempo, la deuda crezca en intereses y cuando sea solvente, pague 70 veces el importe inicial de la deuda. O cuando vaya a pedir un crédito tenga que abonar esas 70 veces y la deuda.
Para aclarar un poco la situación, a quien recibió la llamada de Oriola. Algunas de las más comunes creencias de los morosos son:
1. Han pasado X años y la deuda ha prescrito.
Hay 15 años para reclamar una deuda, una vez reclamada la deuda pueden pasar otros 15 sin que prescriba y si antes de que acaben esos nuevos 15 años vuelven a reclamártela, cuenta de nuevo otros 15 años... etc.
2. Yo no recibí ninguna carta en la que me informasen que la compañía con la que contraje la deuda, iba a vender mi deuda a otra empresa.
La ley establece que ha de comunicarse al deudor el cambio de titularidad de la empresa "gestora" de la deuda.
El deudor en este caso puede aceptar la nueva titularidad o no.
La peripecia que hacen este tipo de empresas son de tres tipos:
a) publicar en los medios impresos de tirada nacional la compra del paquete de deudas de una empresa concreta en favor de la empresa gestora de recobros, de tal forma que nadie lee ese tipo de noticias, escondidas, aburridas y pequeñas, y no sabes si a ti te afecta o no... pero es legal.
b) Hay un plazo para comunicarlo que creo que es de 3 o 6 meses. La empresa gestora de cobros que ha comprado el paquete de deudas, espera esos meses, y al tercer o sexto mes (no lo recuerdo), empieza a enviar cartas de tal forma, que en el momento que el deudor la reciba, ya hayan pasado los meses requeridos para que el deudor rechace que su deuda sea gestionada por la nueva gestora. Por defecto, si no se recibe comunicación se entiende que el deudor acepta los nuevos términos.
Este tipo de estratagema es la que usó entre otros, el antiguo inversor alemán que contrató los servicios de Multigestión Iberia, almenos en su cartera de deudas del Banco Popular. Actualmente no es el inversor alemán quien posee esas deudas, son unos inversores americanos.
c) enviar la carta al destino "conocido", es decir, el destino facilitado por la empresa original que aprobó el préstamo o crédito al deudor, a sabiendas que no es el domicilio actual del deudor, o es incorrecto.
Por último aclarar que aunque debas 1 céntimo, te pueden llevar a proceso judicial, ya que tu te haces cargo de los costes de la empresa que gestiona tu deuda. Te digo esto porque doy por sentado que la deuda existe por lo que se puede deducir de tu comentario. Si fuese un intento de cobro de deuda que no existe, y tienes pruebas de que realmente no hay motivo para que te lo reclamen, entonces seguramente no te lleven a juicio sea cual sea el importe.