De todos es sabido que la función primordial de un banco es ganar dinero. Pero de ahí, a interpretar como les da la gana un contrato, media un abismo.
Soy cliente de ING Direct, cuento con varios productos, cuenta nomina, deposito garantizado, cuanta naranja y una hipoteca. Debido al incremento en el índice del Euribor y no sabiendo donde podía parar la escalada, me decido a contratar un producto anexo a la hipoteca, como es el Tipo Estable.
Al principio, pagas una cuota algo mas alta de lo que indica el Euribor , pero compensable a los 6 meses si el índice sigue subiendo.
En teoría el tipo estable es para 3 años, con una penalización del 0,30% por cancelación anticipada. Si decides cancelarlo, o una vez terminado el periodo de los 3 años, el precio de referencia para el calculo de la cuota, es lo estipulado en la escritura (Euribor + 0,49)
En el mes de Febrero y viendo que el Euribor va en descenso, decido anular el tipo estable. Cual es mi sorpresa que al recibir el importe de las próximas cuotas (a día 1 de Marzo), se me aplica el Euribor publicado en el BOE con fecha de Enero (4,79, correspondiente a Diciembre de 2007) en vez de aplicarme el publicado en Febrero (4,498 correspondiente a Enero 2008), aduciendo que, como mi revisión es semestral, tal como viene reflejado en la escritura de la hipoteca, y que como me había tocado teóricamente en Febrero, ya no lo revisarían hasta Agosto.
Puesto en contacto con los responsables de la gestión de hipotecas y con el departamento de Control de Calidad de dicho banco para quejarme, siguen en sus trece. Según ellos, las condiciones particulares del tipo estable no son validas, y rige lo que pone en la escritura. Es decir, como se firmó en Enero, ellos interpretan a piñón fijo, que las revisiones son en Febrero y en Agosto, pero no pone específicamente en esos meses, simplemente pone que se revisaran semestralmente.
Voy a reclamar al defensor del cliente del banco(que no va a valer para nada) para mas tarde dirigirme al Banco de España.
Mi consejo es que no contrateis el tipo estable, y si vais a cancelarlo que os den por escrito el tipo de interés aplicable cuando lo canceléis.