Esta vez en Salamanca, el caso Birland.
Y es que poco a poco, los jueces les van poniendo en su sitio.
Merece la pena leer la sentencia (lenguaje humano) en especial este parrafo:
"A partir de aquí, dicha prueba tiene la consecuencia de romper la presunción de que la música comunicada en su establecimiento debía corresponder al menos parcialmente a obras gestionadas por la SGAE. Destruida la presunción, es a la actora, a la SGAE, a quien corresponde probar que se reproduce en el local la música por ella gestionada. Pues bien, así las cosas, es evidente que la prueba de la SGAE ha sido escasa e irrelevante. De la declaración de la agente de la SGAE, nada en concreto se prueba a este respecto, pues nada se le preguntó al efecto. Del informe del detective y su declaración en el acto del juicio nada se deduce tampoco sobre esta cuestión. De la grabación poco hay que decir al referirse a otro local. Del informe del detective privado y su ratificación tan sólo se acredita que se reproduce música en el local, pero no que se reproduzcan concretas obras gestionadas por la Sociedad General de Autores y Editores. Por todo ello debe desestimarse la demanda. "
Es decir, que hasta ahora se presuponia que toda o parte de la musica que sonaba en un local habia de provenir de autores gestionados por SGaE o similar, pero al parecer, esta sentencia pone en duda tal cosa, y exige pruebas concluyentes para afirmar tal cosa. Tal vez ahora si podamos ver la secretisima lista de temas gestionados por SGaE...
EDITO: Lo veo en Barrapunto
/EDITO
Un saludo