Pues eso, se acabó contratar tarifas de solo fibra sin permanencia. Tanto la fibra de 600 Mb como la fibra de 1 Gb tienen una permanencia de 9 meses y una penalización de 120€ por baja anticipada. Ya solo queda O2 para contratar tarifas sin permanencia, con la limitación que si no es zona libre te ofrecen solo una tarifa.
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Movistar ya aplica permanencias en las tarifas de solo fibra
Lo veo normal pero también algo desproporcionado a 9 meses.
Con 3 meses como en Digi, sería más lógico.
Igual si tiene su lógica si quieres vender calidad a un cliente estable y no a uno que va estar poco tiempo.
Y no ha hecho más que empezar. Cuando se complete la fusión Orange-MásMóvil (si es que se llega a completar), podremos ver una Movistar repleta de permanencias de todo tipo, ya no será el operador dominante…
Tan fácil como no contratar con Movistar.
Hay libertad de mercado y tb mucha especulación sobre la fusión cuando, realmente, no se sabe nada.
Está claro, y es una pena, porque yo migraba con frecuencia a su fibra desde O2 cuando necesitaba más velocidad puntualmente, y luego retornaba a O2. Ahora ya, me dejan fuera de esta posibilidad, y seguramente no sea yo el único.
Ellos sabrán. Eso si, ya podían haber aplicado los aumentos de velocidad de los paquetes combinados también, y no solo la permanencia.
Pues precisamente por gente como tú es que hacen estas cosas.
No se puede estar cambiando de operador (Movistar a O2 y viceversa) cuando te da la gana como el que cambia de calcetines.
Al final las plataformas ven este tipo de "absurdeces" y tienen que poner trabas.
Te mola velocidad de fibra a >300mb…
En este caso, si que es un poco molestia para las personas con tu mismo perfil.
Una pena lo de la permanencia.
La explicación creo que tiene que ver también con el cambio en las ilimitadas de Vodafone… se acerca el verano y la gente poniendo fibras para los 3 meses de vacaciones y dando bajas en septiembre.
Ya era estúpido que en según qué periodos fuera más barato dar de alta una fibra nueva que coger un Internet Segunda Residencia.
la gente poniendo fibras para los 3 meses de vacaciones y dando bajas en septiembre.
ahí le has dao'
es que la gente abusa mucho del tema de los tres meses.
La gente no abusa. Si las operadoras ponen unas condiciones y la gente las cumple correctamente y en su propio beneficio, NO ES ABUSO.
Que a las operadoras no les gusta eso, pues que se j*dan y cambien las condiciones generales de contratación como ha hecho Movi$tar. Lo que pasa es que ahora ya no quedará tan bonito y tan cuqui eso de: "No aplicamos compromisos de permanencia a nuestros clientes". Ellos sabrán… que se coman lo que siembren.
Es por movimientos como este, que no me creo que O2 (aka Movi$tar 2), vuelva para atrás y reponga la tarifa de 30 € como se rumorea.
Movi$tar solo tiene un sentido de avance: má$, má$ y má$. Exprimir lo máximo posible a la gente que se atreve a contratar con ellos y asfixiar a los que aún no se les han ido.
Pero eso no es nada nuevo. Los $ son el motivo de la existencia de las empresas, se crean para eso. Quizás con la fusión como Movistar dejara de ser la operadora mayoritaria ofrezca mejores condiciones para intentar aumentar su base de clientes.
En parte llevas razón, que Movistar aprieta mucho en $$$$ pero tambien muchos abusan por otros lados y eso provoca que tengan
que poner trabas y cambiar condiciones.
Si la gente no abusase de los datos ilimitados, tanto cambio y demás no tendrían que poner permanencia y demás.
[contenido retirado]
Me da pena, porque soy de los que piensan que cuantas menos permas para todo mejor, pero es que la gente se lo ha ganado a pulso. Y ahora que llega el verano…
He visto casos de todo:
- Gente dando de alta fibra para 1 semana de uso, y no tener que usar datos
- Gente dando de alta Movistar 1Gbps para usar la subida (por ejemplo, por tienen Vodafone HFC) y dándolo de baja en 2-3 días, usos puntuales (alta, baja, alta, baja… a lo mejor 10 altas al año)
- En este mismo foro, hará unos días, un usuario planteando que, teniendo O2, daría de alta Movistar, para darlo de baja al día siguiente, y así renovar el router devolviendo el de O2 en Movistar
Es como todo, que una cosa sea legal/permisible, no significa que se pueda aprovechar al máximo y abusar. Si todos fuéramos a los buffets y arrasásemos comiendo lo de 10 personas o llevándolo a casa, no habría buffets.
Recuerdo un caso REAL de un tío que pidió un crédito en un banco de estos inmediatos preconcedidos (no daré más datos, mi fuente son el banco + contacto de la marca), se compró un Hyundai de stock (entrega inmediata, debía ser prematriculado), lo disfrutó semana justa, lo devolvió (de aquella Hyundai tenía lo de periodo de devolución hasta 1.000KM o 1 mes, no sé si sigue), esgrimió que es que no quería comprar un coche, que solo estaba probando porque sí (con toda su jeta, pero no había letra pequeña de motivo justificado de devolución, le parecería divertido) y fue al banco y pidió cancelar el crédito dentro de los 14 días de desestimiento, pagando solo unos 35€ de intereses acumulados por el periodo de tiempo que “disfrutó” del crédito.
No sé el motivo de hacer tal pericia, la sospecha es que era un tipo en periodo vacacional que quiso ahorrarse los costes de disponer de coche o presumir de coche nuevo por algún motivo (porque en este país lo de presumir…), solo sé que ocurrió, y tampoco sé si le salió bien la jugada por esos 35€ (imagino que sí obviamente? Pero ni idea de los precios de ir a un alquiler de coches)
Lo que quiero decir con esto, es que vivimos en un país en el que como abras la puerta a “pero es que es legaaaaal” vas a tener abusos sangrantes sí o sí. No puede haber cosas bonitas.
Y no, dar de alta una fibra 10 veces al año para complementar un servicio que no te da lo que necesitas en momentos puntuales, o darlo de alta para cambiar un router que no te gusta, no es lógico, normal ni aceptable, aunque sea “legal”.
Pero si es lo que ha estado haciendo Movistar y otras grandes con sus clientes. Explotar condiciones, sin salirse de la legalidad, para llenar sus arcas a costa del cliente. (Permanencias, subidas de precios, empobrecimiento,en su caso, de las condiciones de uso, las cuales no estan reguladas en el contrato para, limpiarse las manos -Ejemplo: Vodafone y sus tarifas ilimitadas-).
Pobres operadoras…ellas solo actuan de buena fe y los malos clientes se aprovechan de ellas… Claro,claro…
Sí que se han salido de la legalidad en ocasiones. Las operadoras han sido sancionadas varias veces por incumplir las leyes en contra de los usuarios, la libre competencia, etc. y entre ellas, Movistar, claro.
Cuando se han salido, se las ha sancionado (permas encubiertas, abuso de posición dominante, reventa wholesale, etc etc).
Cuando no se han salido, la gente las ha puesto pal’ pelo (caché masiva a principios de los 2000 para ahorrarse cuatro duros, los límites de las “ilimitadas” en Vodafone/Orange, etc etc)
Al final no se puede pretender también seguir lo que sugieres: bueno, yo abuso y estoy justificado porque ellas también. El que quiera abusar que abuse, hay que aceptar que todo el mundo será egoísta porque va en la naturaleza humana, pero no nos creamos Robin Hood por ello.
Me recuerdo al dicho de Gandhi: ojo por ojo y todo el mundo se quedaría ciego.
Al final pasa lo lógico, las operadoras abren algun grifo pretendiendo un aumento de clientes y asumiendo un porcentaje de abusones de todo tipo, se les dispara el porcentaje de abusones, aguantan a ver, les vienen clientes de escasa calidad que dan mucha guerra y que se piran a la minima… se hartan y grifo cerrado.
España es un país que a la mínima que se deje abusar por algún lado se te llenará de gente aprovechandose.
Al hilo de lo que dices del hyundai hay otro ejemplo típico, quieres comprarte un monitor, TV, lo que sea y tienes dudas? Sin pega, te compras media docena.
O lo que hacían hace años con los navegadores, compraban uno para las vacaciones y a la vuelta devolvían.
Y eso que cuentas lo hacen cientos de miles de personas en toda España, claro. No son las empresas a las que a la mínima abusan de los consumidores y si pueden les venden humo a precio de caviar, robar con los pesos, las calidades, etc. etc. Empresas que buscan evadir impuestos, sacar dinero negro, etc. etc. ya, sí, claro, el malo es el consumidor.
Porque haya gente que se vaya sin pagar de bares, eso quiere decir que todos los clientes de los bares se van sin pagar, claro, lógica pura. El malo es el consumidor. Es Ucrania la mala y Rusia la salvadora de la patria del vecino.
Es lo de siempre, nos dan un dedo y nos pillamos el brazo entero. Pues andando, grifo cerrado.
Si en una empresa de las dimensiones de Telefónica no contaban con estos casos anecdóticos antes de lanzar el producto, es que darían mucha pena. Que se coman lo que no tuvieran previsto. Y si no están a gusto, pues para eso están los cambios en las condiciones de contratación como han hecho. Ahora que esperen a ver cómo les sale esta jugada.
Por desgracia, no creo que les salga muy mal. Al final, era la única grande que en solo fibra no metía perma (Orange, Vodafone y Yoigo: 12 meses; la única excepción siendo las fibras de estudiante, pero en las cuales es habitual pagar parte del alta o que sean primos temporales en septiembre)
Depende con qué precios y con qué condiciones… A veces las permanencias compensan si te hacen una buena oferta, lo digo porque en Reino Unido tienes permanencias de 18 meses a un precio asequible por un combinado de fibra, móvil y televisión (con los canales de Sky en los operadores que ofrecen paquetes combinados). Movistar debería abrir una nueva vía de negocio y comercializar los canales de producción propia en otras operadoras, la exclusividad ya es cosa del pasado, sobre todo en el mundo de la TV de pago lineal, que se desangra con el streaming.
Gracias por avisar. Me lo llevo a portada que es relevante: Vuelve la permanencia a las tarifas de fibra de Movistar
Buenas tardes.
Recupero este hilo.
En mi caso, tanto Movistar como O2, a pesar de que los operadores telefónicos lo venden como un servicio sin permanencia ni penalizaciones, nos proponen un contrato referente a fibra 300 que dice:
Página 18 de las CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO Movistar INTERNET (BANDA ANCHA FIJA) de Movistar, apartado "Vigencia"
"El presente contrato tendrá una duración mensual hasta un plazo máximo de 24 meses. Una vez cumplido este plazo, el contrato quedará prorrogado automáticamente de forma mensual y hasta un nuevo plazo de 24 meses, salvo petición expresa en contrario. Tras dicha prórroga, el Cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso."
Me cabe claramente el interpretar que la resolución del contrato sin contraer ningún coste (sin penalizaciones) es una vez pasada la prorroga de 24 meses, por tanto no lo es antes. Así pues, te "cuelan" una permanencia mínima de 24 meses, que si la quieres mantener han de ser otros 24 meses de cara a a poder resolverla sin penalización (sin ningún coste). Todo esto aunque los operadores te juran y perjuran que es sin permanencia ni penalización, acorde a lo que dicen sus páginas web. La cuestión las que que ellos ofertan/publicitan servicios de internet cuyas condiciones matizan que no hay permanencia ni penalizaciones. Al menos en el primer vistazo.
El ejemplo de lo que menciono:
En el resumen del contrato al que se llega a través de movistar.es/internet/fibra-300mb picando en el botón de contratar es
“Duración, renovación y resolución del contrato: La duración del contrato se renovará mensualmente hasta un máximo de 24 meses desde la fecha de contratación. Una vez cumplido este plazo, y salvo que nos digas lo contrario, el contrato se irá prorrogando mensualmente hasta otros 24 meses.”
Como mínimo se entiende que hay compromisos mensuales, aunque en las condiciones del contrato del enlace que he citado pone "Sin compromiso de permanencia. Instalación de fibra gratuita."
Ahora bien, este no aparece en el contrato que nos envían desde Movistar, en donde la duración ni la mencionan. Te mandan un correo que dice:
Tienes disponible el detalle de lo que has elegido en las condiciones de tu contrato, enlazándote a
movistar.es/contratos
Unas condiciones particulares donde la duración no aparece, aparece lo siguiente:
prod.adb.col.movistar.es/content/dam/mov…a_300_Mb.pdf
"CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO FIBRA 300 Mb
- Vinculación con las condiciones del servicio fijo Movistar.
Las Condiciones Generales (I) del contrato tipo de abono general al servicio telefónico disponible al público para usuarios finales, (II) del
servicio de Movistar Internet (banda ancha fija), que constan publicadas en www.movistar.es/contratos, completan a las presentes Condiciones
Particulares en todo lo no previsto en las mismas."
prod.adb.col.movistar.es/content/dam/mov…dls-v4-3.pdf
Y ahí, en el apartado de Vigencia de la página 37 este el párrafo en cuestión que termina con: "Tras dicha prórroga, el Cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso"
En "acepto las condiciones generales, particulares y de desistimiento" a las que se puede acceder desde este enlace movistar.es/particulares/order/baf/?prod…2470&zone=ZL pone:
CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO FIBRA 300 Mb
- Vinculación con las condiciones del servicio fijo Movistar.
Las Condiciones Generales (I) del contrato tipo de abono general al servicio telefónico disponible al público para usuarios finales, (II) del servicio de Movistar Internet (banda ancha fija), que constan publicadas en www.movistar.es/contratos, completan a las presentes Condiciones Particulares en todo lo no previsto en las mismas."
Y según nos dicen en 1004 y tiendas, en ninguna condición particular que emiten a clientes concretos hablan de la duración sin permanencia ni penalizaciones, ya que ellos solo pueden aplicar lo que está prefigurado y además se puede ver en ese apartado de Contratos.
Y en las condiciones generales es donde aparece el mencionado párrafo de:
"El presente contrato tendrá una duración mensual hasta un plazo máximo de 24 meses…Tras dicha prórroga, el Cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso."
No hay opción en la web de enlazar con un contrato sobre fibra 300 que indique que no hay permanencia ni penalización, a pesar de que en la web y revista sí lo ponen, pero sólo a modo de publicidad. Ahora bien, son los contratos los que vinculan a las partes. Y aunque en el resumen del contrato hablan de “Duración, renovación y resolución del contrato: La duración del contrato se renovará mensualmente hasta un máximo de 24 meses desde la fecha de contratación. Una vez cumplido este plazo, y salvo que nos digas lo contrario, el contrato se irá prorrogando mensualmente hasta otros 24 meses.” como una renovación mensual, esto es algo que no se plasma luego en el contrato, más bien hay un "atadura" de 24 meses.
¿Podría ser publicidad engañosa?
un saludo.
Esos 24 meses no son permanencia. Es la duración máxima que puede durar un contrato.
Se debe a la última ley general de telecomunicaciones. (Obliga a que los contratos no superen los 24 meses, para proteger al consumidor). Por eso se renuevan automáticamente. Dar de baja el servicio antes de los dos años implica que ese mes, solo pagarás por los dias que has usado el servicio hasta que lo diste de baja, sin ninguna penalización.
Pero eso no es lo que dice el párrafo. Acaba diciendo "Tras dicha prórroga, el Cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso"
Así pues, el cliente tiene derecho a resolver el contrato sin contraer ningún coste tras dicha prórroga, y no antes. Por tanto, antes se concluye que si resuelve el contrato será contrayendo algún coste, lo cual no deja de ser una penalización.
No, lo que dice es que tras los primeros 24 meses, si no solicitas la baja se prorroga el contrato hasta un máximo de otros 24 meses más.
Si tú al contratar te dan unas condiciones y conllevan permanencia, esas condiciones las tienes que respetar durante la duración del contrato. En el mes 23 puedes llamar y decir que no vas a renovar y que no apliquen la renovación automática y te vas al cumplir los 24 meses o que te realicen otra oferta para que no te vayas y negociar condiciones nuevas o seguir con las mismas
Buenas tardes, Pamplinolas.
Sí que dice que "tras los primeros 24 meses, si no solicitas la baja se prorroga el contrato hasta un máximo de otros 24 meses más", por lo que quizás no me he explicado bien. La cuestión es que se refleja que hay 24 meses hasta poder hacer esa baja.
Entonces, si es como tu dices "En el mes 23 puedes llamar y decir que no vas a renovar y que no apliquen la renovación automática y te vas al cumplir los 24 meses o que te realicen otra oferta" se ha de estar 24 meses de permanencia, por lo que si uno se quiere retirar antes habrá de pagar penalización. Ahora bien, la cuestión es que, tal y como dices, al contratar en el contrato no se refleja que no haya permanencia ni penalización. Y en cambio en la publicidad sí.
Por tanto, ¿hay publicidad engañosa?
Hay que partir de la base de que el cliente se puede dar de baja cuando quiera, que te cobren penalización o no dependerá cuando hagas el contrato las condiciones que existan en ese momento, alta e instalación gratis, oferta con descuento sobre el precio "normal", "regalo" de terminal o equipo… a cambio de X meses de permanencia, que de haberla no tiene por qué durar los 24 meses, lo que estimen en cada momento.
Supongamos que mañana contratas y las condiciones son que el alta y la instalación es gratis y los 3 primeros meses la factura te sale al 50% a cambio tienes que mantener el contrato al menos 9 meses. Bien, tras esos nueve meses te puedes dar de baja porque has cumplido las condiciones, lo de los 24 meses es el plazo máximo de duración del contrato no que estés obligado a cumplirlos y la prórroga lo mismo.
Ten en cuenta además que suelen subir precios al menos dos veces al año o cambian alguna condición de la prestación del servicio, en esos casos ya te liberan del contrato por cambio unilateral por lo que las penalizaciones que pudieses tener, (aquí no entran el tema de terminales, consolas etc que hayas adquirido), quedarían anuladas siempre que comuniques tu no aceptación a esas nuevas condiciones en el plazo inferior a un mes desde que te notifican esos cambios.
Buenas tardes Pampinolas.
La cuestión es que las condiciones que indican en la publicidad de su revista y página web son sin permanencia ni penalización, pero las que te dan una vez te hacen el (pre)contrato plantean 24 meses de permanencia. Y si les llamas para pedir explicaciones se ciñen a la web y la revista, pero pasan de corregir el contrato.
Y claro, si hay permanencia y cambian los precios entiendo que uno puede disolver el contrato sin penalización ya que te darán un mes de aviso para aceptar las nuevas condiciones. No te las pueden colar con embudo, ya que si ellos no cumplen lo pactado (el precio inicial) se puede disolver el trato sin penalización. Es más o menos lo que tu dices
¿Pero en el contrato pone que hay permanencia de 24 meses? ¿Pone la penalización en caso de no cumplir el compromiso? Porque si lo que remite a la web son las condiciones generales que has posteado antes, ahí no se habla de ninguna permanencia además que debe indicarse el coste de la supuesta penalización
No te ponen permanencia te ponen que hay un contrato por 24 meses que luego se puede prorrogar por otros 24 pero es una mera formalidad por un cambio legal que se hizo hace dos años.
EL cambio legal de hace dos años ayudaba a las operadoras a tener esa redacción (que a mi entender incluye penalización), pero ellas no tienen el deber de acogerse a todo el texto y luego pueden matizar la segunda parte del texto indicando que no hay permanencia ni penalización.
La clave está en esa segunda parte:
"Tras dicha prórroga, el Cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso"
En el contrato pone que pasados 24 meses puedes renovar y pasados otros 24 meses puedes resolver sin coste, por lo cual hay una información implícita: antes de 24 meses podrá uno resolver, pero con coste.
No indica el coste concreto de la supuesta penalización, pero yo entendía que habrá de ser una proporción del total (31,90€ x 12 meses = 765,60€) en relación con el tiempo que te queda "por pagar" o los meses que dejas de estar sin servicio hasta ese plazo de 24 meses. Si te das de baja al de dos meses de empezar habrá de pagarse 22 meses.
¿En que Ley y artículo pone que debe indicarse el coste de la supuesta penalización? Me vendría bien conocer ese dato, que Movistar no lo ha usado como argumento para defender su contrato.
Muchas gracias.
Es que lo de "tras dicha prórroga" no significa que tengas que cumplir otros 24 meses, se refiere a una vez entra en juego la renovación automática puedes darte de baja en cualquier momento. Fíjate además que en el preaviso dice que máximo un mes de antelación, no dice mínimo como es lo normal, las bajas desde que la pides tienen que hacerlas efectivas en 48h y no pueden cobrar el servicio más días aunque ellos tarden más en cortarte, de ahí que te indican que preaviso máximo un mes y que sí te cobrarían el servicio prestado durante el tiempo de preaviso hasta hacerse efectiva la baja.
Lo de dónde se indica que tiene que constar lo del coste de permanencia, pues no sé decirte, supongo que en la ley de contratos o en los derechos.del consumidor pero es de cajón que en cualquier contrato tiene que constar cualquier claúsula adicional y el coste que implique su no cumplimiento, de lo contrario esa clausula sería nula
Buenos días Pampinolas
De tu frase
Es que lo de "tras dicha prórroga" no significa que tengas que cumplir otros 24 meses
se puede extraer claramente la conclusión de que entonces se ha tenido que cumplir previamente unos 24 meses. El párrafo menciona el concepto "plazo" y cita que hay dos plazos de 24 meses. El segundo dices que se renueva mensualmente sin coste, pero en el primero no lo dice explicitamente. Me dices que "una vez entra en juego la renovación automática puedes darte de baja en cualquier momento" pero para el primer plazo no menciona que haya una renovación automática mensual sin ningún coste.
En cualquiera de los casos, si uno se pudiera dar de baja en cualquier momento sin ningún coste o penalización (incluyendo el periodo de los primeros 24 meses del primer plazo) ¿a que viene indicar lo de "tras dicha prórroga"?
A mi, si me mandan un contrato que dice " El Cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso" me queda claro que no hay permanencia ni penalización. Esa frase sirve para cualquier momento, para lo que no hay que añadirle "Tras dicha prórroga".
Respecto a lo demás, entiendo que hay cosas en un trato que quedan explícitas y otras que quedan implícitas. Y entiendo que hay aceptaciones tácitas. En este caso sería el aceptar la instalación a pesar de que el acuerdo de la web y verbal con el comercial no se refleja en el (pre)contrato de forma explícita (sin permanencia ni penalización), constando mas bien una redacción confusa y ambigua, en donde cabe interpretar que te cuelan una permanencia.
Veo que en la ley General de Telecomunicaciones de 2022 hay un apartado (art. 67.2e) donde indica que se tiene derecho a un resumen del contrato en el cual aparezca la duración, y en donde hay que indicar "los costes asociados y posibles penalizaciones asociados a la rescisión del mismo."
"2. Los operadores mencionados en el apartado anterior deben proporcionar a los consumidores un resumen del contrato conciso y de fácil lectura. Dicho resumen identificará los elementos principales del contrato referidos en el apartado anterior y, en todo caso, los siguientes:
e) las condiciones y los mecanismos para solicitar la resolución del contrato, así como los costes asociados y posibles penalizaciones asociados a la rescisión del mismo;
Los operadores deberán remitir, antes de la celebración del contrato, el contrato resumido de forma gratuita a los consumidores, incluso cuando se trate de contratos a distancia. Cuando por razones técnicas objetivas sea imposible facilitar el contrato resumido en el momento, se facilitará posteriormente sin demora indebida y el contrato será efectivo cuando el consumidor haya dado su consentimiento tras haber recibido el contrato resumido."
Así pues, sí parece que debería de poner el coste de la posible penalización.
El problema es que una vez aceptas la instalación y entra en vigor el contrato, ante la ambigüedad de esa redacción al incluir "tras dicha prórroga", quien sabe si a uno le queda el experimentar los incumplimientos de Movistar, que dice una cosa pero ejecuta otra. Asuntos que luego se han de resolver peleando (que te acepten la devolución del terminal y no te pongan pegas, como le ocurre a algunos cuantos) o aclarándolo ante terceros (Consumo, juzgado de turno).
En ocasiones la claridad tarda en llegar. Lo de las subidas escalonadas del precio en Fusión empezó su pleito en 2015 y se terminó en 2023.
No quiero caer en una trampa y no entiendo que si el cliente se puede dar de baja sin coste en cualquier momento, incluya Movistar lo de "tras dicha prórroga" ¿Qué busca con esa cláusula? ¿Colársela a los que no se les vuelvan díscolos?
En fin. Que no se si fiarme de Movistar.
Muchas gracias, de todas formas.