Hace algún tiempo cuando vi la noticia en este foro sobre de que ono empezaría a cobrar la identificación de llamadas decidí llamar al sat para pedir información al respecto, entonces la operadora me dijo de un modo tajante que ono no consideraba ese cobro una modificación contractual y por tanto no tenía derecho a rescindir el contrato, también me dijo que no había ninguna promoción para descontar ese concepto de la factura, así que me dice que si no quiero que me cobren la identificación de llamadas pues que la diera de baja. Ante esto decido anular el servicio desde su página web.
Después de un tiempo y al ver los comentarios en este foro sobre que si reclamabas a ono éste te promocionaba la identificación de llamadas durante un año y te devolvía lo cobrado, decidí a volver a activar ese servicio desde su página web para que una vez salida la factura hacer la posterior reclamación.
El hecho es que vuelvo a llamar con la nueva factura y en un primer momento la operadora sin ningún problema me aplica la promoción de un año, pero cuando va a hacer la reclamación para la devolución de lo cobrado me dice que se ha equivocado y que no tengo derecho a ninguna de las dos cosas porque di de baja y luego reactivé ese servicio. Me dice que al ponerme la promoción de una manera equivocada si hacía la reclamación para la devolución sus jefes se enterarían y a ella le darían puntos negativos por haberse equivocado, por lo que si dejaba las cosas como estaban y no reclamaba ella me podría mantener la promoción, pero que si reclamaba perdía la promoción. Yo entre tanto diciéndole que todo venía por la mala información que me dio su compañera ya que debido a esta di de baja el servicio la primera vez sin realmente haber sido necesario hacerlo.