Me pase de Ya.com a Telefónica en Enero.
Llamé telefónicamente para decirles que me dieran de baja y me comentaron que como no mandara una carta certificada con mi DNI etc. nada de nada. Les dije que me dí de alta por telefono y que la baja la hacía por el mismo medio.
Pues nada, me llego el primer recibo impagado. Los volví a llamar, me atendió otra señorita, le dije que hay una nueva ley que me ampara, y me contestó que le daba igual, que ella tenía las propias normas de su cia.
Me llega el segundo recibo de impagados. Vuelvo a llamar, me atiende una tercera señorita y me dice que les consta que estoy con Telefónica, pero como no les mande la carta nada de nada. Eso sí, esta vez le pedí que me abrieran una incidencia y que me dieran el correspondiente número.
Así pues, estoy a la espera de la tercera carta de recibo impagado, y de que me metan en un registro de morosos.
Como hagan esto, JURO que cueste lo que me cueste los pongo en el Juzgado. Tiene gracia de que me meta en un registro de morosos una empresa con la que no estoy. Además pienso que no tienen ningún derecho a ceder mis datos a este registro.
Así que por atentar contra mi honor y dignidad personal (derechos constitucionalmente protegidos) los voy a demandar.
El problema que tengo a la hora de pedir la indemnización es la de cuantificar el daño. Asi pues, pido consejo a alquien que sepa como se pueden valorar estos daños morales. Estoy seguro de que en EEUU esto sería un verdadero "pico".
¡Tiene guasa la cosa!
Saludos.