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Fibra FTTH

Las ISP españolas no publican datos sobre neutralidad aunque están obligadas

userfiber
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Hace 4 años en España se reformo la ley general de telecomunicaciones y con la reforma 13/2012 que añade 38 nuevos bis a la ley general de telecomunicaciones que hoy en día sigue vigentes y que las operadoras debían informar sobre:

d) Información sobre cualquier procedimiento establecido por la empresa para medir y gestionar el tráfico de forma que se evite agotar o saturar el enlace de la red, e información sobre la manera en que esos procedimientos pueden afectar a la calidad del servicio.

b) Información sobre cualquier otra condición que limite el acceso o la utilización de los servicios y las aplicaciones.

f) Cualquier restricción impuesta por el proveedor en cuanto a las posibilidades de utilizar el equipo terminal suministrado.

A día de hoy ninguna operadora ha publicado dichos datos en sus contratos o webs, aunque la ley les obliga a ello.

En otros países como Chile en el año 2011 se reformo también la ley con apartados similares a estos y por ejemplo Movistar modifico su web añadiendo un informe de neutralidad de la red. ww2.movistar.cl/neutralidad-en-la-rede

Enlace del informe : hogar.movistar.cl/hogar/mantencion_4/index.html

Me he puesto en contacto por ejemplo con mi actual ISP Movistar y la respuesta es que no tienen ninguna de estas informaciones. Tal y como demuestra mi hilo en su comunidad oficialcomunidad.movistar.es/t5/user/userloginp…issiondenied y pido que firméis esta Petición para que los clientes de las ISP españolas dispongamos de datos sobre cómo gestionar el trafico cada una de nuestras operadoras. ¿Por qué acaso hoy alguien puede saber si su operadora prioriza o no el P2P? a día de hoy es imposible, aunque les obliga la ley.

Los pido a todos los lectores que firmeis mi Peticion en Change.org

change.org/p/movistar-vodafone-orange-yo…ium=copylink

BocaDePez
BocaDePez

Pues cuando ONO capaba el P2P lo negaron hasta el final. ¿Esto serviría de mucho, acaso? Son sistemas internos, es difícil determinar desde fuera, de manera precisa, si se está priorizando tráfico o no.

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userfiber

Lo primero es conseguir que lo publiquen. Para poder comparar entre operadoras. Y en el supuesto caso de que lo que publicaran no fuese real podria denunciarse al igual que actualmente estan obligadas las ISP a publicar estos datos por ley y no lo hacen.

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BocaDePez
BocaDePez

Si no aplican ningún tipo de sistema para priorizar tráfico no tienen nada que publicar.

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BocaDePez
BocaDePez

El hecho de que le quiera enviar una petición a las operadoras es significativo. Al menos ha interiorizado para quien están redactadas las leyes

BocaDePez
BocaDePez

Por una parte están obligadas: no lo cumplen; por otro quieres enviar una petición, y denunciarlas si no hacen otra vez caso. ¿Qué te hace pensar que si pasan olímpicamente en el primer caso no te vayan a ignorar también en el segundo? Debes somatizar la idea de que no tienes representante para entender semejante burla.

BocaDePez
BocaDePez

Esta normativa es muy posterior, cuando Ono lo hacía no existía esa obligación.

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BocaDePez
BocaDePez

Yo no he querido decir eso. He querido decir que las priorizaciones las hacen los ISPs internamente y que es muy difícil, si no imposible, demostrar que existen, por lo que podrían engañar en los informes que el que abrió el post pide.

BocaDePez
BocaDePez

Bueno, para ser exactos no lo negaron del todo, sino que oficalmente explicaron que priorizaban el tráfico P2P en caso de saturación de la red.

Lo cual era una verdad a medias, ya que ellos ralentizaban el P2P constantemente, sin más.

BocaDePez
BocaDePez

Lo que dice la ley es

a) Transparencia, en relación con la interconexión y el acceso, conforme a las cuales los operadores deberán hacer público determinado tipo de información, como la relativa a contabilidad, especificaciones técnicas, características de las redes, condiciones de suministro y utilización, incluidas, en su caso, las condiciones que pudieran limitar el acceso o la utilización de servicios o aplicaciones, así como los precios.

Resumiendo, y esto es algo que ya se comentó en su día en los foros, que pueden limitar servicios pero si lo hacen deben informar de ello. Cuando un operador no publica nada relativo a limitaciones de acceso a servicios concretos no está faltando a ninguna obligación legal, sencillamente se entiende que no tiene ninguna.

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userfiber

El tema es que hoy en dia es imposible que un red no tenga priorizaciones de trafico. Yo no digo que no se hagan si no que se publiquen y se cumpla la ley que obliga a hacer publicas estas politicas de gestion de trafico. Y el hecho de que sea imposible es el siguiente si en fibra optica

1x fibra de 1gbps se reparte en 64 abonados con 300mb de internet ¿ Como realizan el reparto de esa capacidad en central? ¿Que trafico priorizan ? son datos que ha dia de hoy no son publicos aunque la ley les obliga.

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BocaDePez
BocaDePez

Creo que te equivocas, la ley obliga a informar cuando se limite el acceso a una aplicación o servicio determinado y la gestión de tráfico que se hace si por ejemplo una fibra gpon se satura no entra en esa clasificación.

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userfiber

No estoy deacuerdo con tu afirmacion y pongo varios ejemplos.

-www.thepiratebay.se se bloqueo por orden judicial... No hay ningun documento por parte de las operadoras que informen sobre esta limitacion del servicio debido a una orden judicial.

-En el caso de Movistar no hay ningun documento que informe que en caso de envio de spam masivo se bloqueara el puerto 25. Movistar si reconoce esta medida pero no la hace publica en su contrato o pagina web oficial.

-No hay ningun documento oficial en el caso de Movistar que informe en el contrato o pagina web sobre que el decodificador tiene anulado el puerto USB y la resolucion 1080p al permitir solo la opcion de 1080i.

Todo esto son informaciones que por ley deberia de tener a disposicion en el contrato o pagina web.

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BocaDePez
BocaDePez
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pepejil
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BocaDePez
BocaDePez
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pepejil
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BocaDePez
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pepejil
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BocaDePez
BocaDePez
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pepejil
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BocaDePez
BocaDePez
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pepejil
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BocaDePez
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pepejil
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BocaDePez
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pepejil
WiLZy

Tomando como ejemplo la documentación de "Movistar Chile" ya lo indican en Tasa de agregación o sobreventa, en este caso aplicado a la "velocidad de salida", pero sería extrapolable a la multiplexación que tanto te preocupa.

Lo realmente preocupante es la priorización de servicios, es lógico que se priorice el tráfico VoIP, pero al ISP de turno se le puede ocurrir la brillante idea de quitar prioridad al P2P como ya hizo Ono o misterioros fallos supuestamente puntuales de otros operadores.

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BocaDePez
BocaDePez

En cada país se publica lo que su legislación obliga a publicar

(link roto)

BocaDePez
BocaDePez
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Pero si les preguntas, no pueden contestar "no tenemos esa informacion", entonces si estarian faltando a la ley...

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BocaDePez
BocaDePez

Es que según la legislación actual si no se aplican limitaciones no hay ninguna información que proporcionar. No pueden tener algo que no existe.

BocaDePez
BocaDePez

Esto son naderías. El emérito puso a un independentista como defensa de la tonta del bote que es hija y hermana de rey. En su defecto ya se encarga la fiscalía de besarle los pies. ¿Quién da más?

Imagen original en http://s11.postimg.org/3slugnoir/miquel_roca_defensa_hermana_rey.jpg
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BocaDePez
BocaDePez

Uno de los padres del engendro de la constituçió, nada menos. Menudas risas y siestas se está pegando en el juicio. Para el alma de dios que ha abierto este hilo le recomiendo su libro: ¡Sí, abogado! Lo que no aprendí en la facultad.

Así se le abrirán los ojos de una vez con lo que significa hablar de justicia en la monarquía de partidos.

BocaDePez
BocaDePez

¿Cual es la sanción por incumplir la norma?.

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userfiber

Eso tendria que decirlo un juez en caso de que se demandara pero podria considerarse una infraccion grave de la legistacion y con una sancion economica alta a Movistar o otras operadoras