contestacion en otro foro de nuestro amigo, por decir que la ley les obligaba a descontar en la siguiente factura, mete mas la pata y reconoce que solo se les hizo descuento a los que protestaron, a los demas,teoricamente, en la siguiente factura lo tendremos, sera verdad, lo dudo porque si quisieran podia estar en esta y menos mal que todos los clientes somos iguales
La ley exactamente dice lo siguiente sobre las compensaciones en el servicio de internet:
"(...) el operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado , cuando la interrupción del servicio, se haya producido de manera
continua o discontinua, y sea superior a seis horas en horario de 8 a 22."
Ahora, es cierto que la compensación se puede hacer en la misma factura y en muchos casos ha ocurrido. En el caso de los clientes e empresas, como el ciclo de facturación sí que acaba más tarde, irá en esta factura. Y también se les ha abonado la compensación a todos aquellos clientes que han hecho la correspondiente reclamación. Ahora nos falta aplicársela a los clientes que nos han notificado la incidencia, que irán en la siguiente.