BandaAncha

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A la hora de darse de baja afecta lo del año siendo una RTB o no tiene nada que ver ?

BocaDePez

Tengo una RTB contratada con esta gente y dentro de dos meses y unos pocos dias me cumple lo del año, y por cambio de residencia en 4 meses queria darlo de baja cuanto antes. Después de leer todo el foro veo algunas contradicciones a la hora de actuar y pedir la baja.

Mi pregunta viene a ser los pasos a seguir para que me corrijais:

1) Tramito la baja usando el burofax o una carta certificada con acuse de recibo mandando fotocopia del dni, numero del contrato, lo que me mandaron por mail y razon de la baja a la dirección social de la empresa.

2) Doy orden a mi banco de que cancelen los pagos, la duda está que cuando esta gente me mande o se pongan en contacto debo pagar un plazo o paso de ellos?

Os agradezco toda información xq no tengo mucha idea y quiero cancelar cuanto antes el contrato, si debo esperarme pos lo haré son pocos meses, la duda me surge xq unos habeis dicho que tiene q hacerse antes de que cumplan los dos meses a la finalizacion del año de contrato y otros que después del año de contrato, si dicen que hay que avisar con 60 dias, si la tramito ahora me cumpliria justo al acabar el año de contrato aproximadamente. Si me podeis echar una mano e indicarme los pasos a realizar os estaría muy agradecido.

Un saludo

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xavisuper

Si quieres darte de baja debes solicitarlo con una antelación mínima de 60 días (parece que últimamente lo han rebajado). Si avisas con más días de antelación, no pasa nada, tú dejas claro qué días quieres dejar de recibir servicio, y punto.
La forma de aviso debe ser FEHACIENTE, según lo que la ley dice que es fehaciente. Los medios de hacerlo fehaciente son:
- burofax, preferentemente con certificado de contenido y acuse de recibo. No olvides que un burofax se envía a una dirección postal y no a un número de fax.
- certificado, pero ahí no tienes posibilidad de certificar el contenido.
- Si vives cerca, lléva la solicitud en mano junto con una copia, y pide que te sellen la copia y que pongan la fecha.

En todos los casos, la petición la envías a la dirección que pone en el contrato: hay un apartado de correos para notificaciones, y consta también la sede social. ¡Tú eliges!

Lo de dar orden al banco debe ser algo complementario, para evitar que en Ya se "despisten" y te carguen recibos que no deben.

Como se te ocurra dejar de pagar recibos sin más, sin haber solicitado la baja, te pueden meter en un registro de morosos, y entonces ya puedes olvidarte de contratar nada con nadie.

Lo de dar orden al banc