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Gran sentencia judicial; no hace falta autorización para copia de seguridad de juegos...

OqTpO

Me he encontrado en El Mundo con una noticia que puede ser muy importante ;) :

Para hacer copias de seguridad de un juego 'no se necesita autorización'

Resumiendo; tras 7 años de proceso judicial ( X( :( :-O ... 7 años) una sentencia del titular del juzgado de los penal nº3 de Granollers absuelve al propietario de una tienda de alquiler y venta de videojuegos de un delito contra la propiedad intelectual, porque según la sentencia "las copias de seguridad no necesitan autorización de nadie".

Quien esté interesado que lea con detenimiento la sentencia porque no tiene desperdicio (ni el pataleo de la acusación), y es que en el fondo, y lo más importante es que "las copias de seguridad no necesitan autorización de nadie".

Saludos.

Bilbokoa
-1

¿Y Ramoncín que dice de esto?

🗨️ 6
inar
-1

No creo que tenga que decir nada, porque la noticia no es relativa a derechos de autor de obras (música, libros, películas, etc.), sino a derechos de copia y reproducción de software privativo (aplicaciones, videojuegos, etc.), donde ha quedado demostrado una vez más que el derecho de copia de seguridad existe y es totalmente legal, siempre y cuando dispongas del original.

🗨️ 4
Bilbokoa
-1

Si, igual no tiene que decir nada, pero seguro que no le gusta nada de nada dicha sentencia. Un saludo.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez
-1

Gustarle no le va a gustar, pero de ahí a tener algo que decir hay un gran paso, sobre todo porque Ramoncín ya no trabaja en esa entidad tan conocida.

🗨️ 1
Stan

Pues a pesar de todo son camaradas de Coalicion.

Ivaner3k

pues que si no hace falta autorización para copiarse un juego por la regla de tres tampoco para copiarse un libro, un cd etc etc etc... y si lo dice un juez, ajo y agua.

Tan es autor el que hace un juego como el que hace un cd, como el que te hace un tatuaje o el que hace un edificio, lo de los canones estos son un poco.... en fin

xavisuper
1

Nunca ha hecho falta autorización para hacer una copia de seguridad de un programa de ordenador.

noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/…96.l1t7.html (párrafo 2 del artículo 100 del Real Decreto Legislativo 1/1996; dicho de otro modo, Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual)

Como siempre, los titulares "manoseando" la realidad. O buscando el titular jugoso.

En esta sentencia se viene a decir que las copias que este hombre hacía eran copias de seguridad, y por tanto, no necesitaba autorización para ello. Por otro lado, lo que los denunciantes denunciaban (valga la redundancia) es que las copias que este señor hacía era para venderlas, pero por lo que se ve no han sido capaces de demostrarlo.

🗨️ 7
inar

lo que los denunciantes denunciaban (valga la redundancia) es que las copias que este señor hacía era para venderlas

La sentencia es clara: No han podido probarlo.

Ahora bien, a mí hay algo que me llama la atención:

"una torre grabadora con la que según parece hacía una copia de seguridad de los juegos originales para su propio uso y para reparar los juegos originales, porque según dijo los mismos se solían estropear con cierta frecuencia"

¿Reparar? :-/ ¿Cómo se hace eso? Si el original se estropea, ¿cómo se repara con/desde una copia? ;)

🗨️ 6
Bilbokoa
-1

Imagino que hacia varias copias de seguridad de los juegos orginales, y según estos se iban rayando/estropeando, los sutituía por dichas copias.

🗨️ 5
inar

Pero, ¿se puede alquilar la copia? Que yo sepa no. Sólo se puede alquilar el original.

Con lo cual cuando el original se estropee, la copia no te sirve de nada porque no puedes regrabar sobre la estampación del original.

🗨️ 4
OqTpO
🗨️ 1
inar
kzend

LOGICO, se ha librado por los pelos.

como Add on: (dado que muchos de los de aqui, por BA, no estan contando la verdad)

EL DIA que algún juez entienda que MIENTRAS "se baja" algo en plan p2p, y AUN antes de tenerlo completo, a la vez se esta compartiendo algo que no se tiene, "Ni copia privada", ni copia de seguridad, ni churras en vinagre...(de hecho, eso tampoco autoriza a la generación de muchas copias sin control y su distribución, aunque sea gratuitamente), pero es que EL COLMO es que el 99% de los usuarios de p2p no saben que estan compartiendo simultaneamente a la descarga... y el otro 1%, no se lo dice, ademas de llevar ratios de 5:1 como minimo...

NO SE PUEDE fusilar ninguna obra intelectural, libros, programas, musica, cd´s, dvd´s, ni 10%, ni 15 % ni na, el argumento copia privada colgado de internete para compartir ES un argumento ~ estafa...

el dia que demuestren eso y un juez lo entienda. Tururú.