Estoy pensando en empezar a recibir las facturas por correo electrónico. En las páginas de las empresas que envían éstas facturas puedes acceder a las tuyas y, las que he visto, son en formato .pdf. Yo pregunto si lo que te mandan también es en .pdf.
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¿Las facturas que mandan al e-mail son en .pdf?
todas las facturas electrónicas ke recibo son en .pdf, y en ningún momento he visto la opción de recibirlas en otro formato...
Es que así me será muy fácil guardarlas. Aunque lo que vale es el justificante de haberlas pagado.
Hombre, no se a que te referiras, pero si hablamos de relacion empresa-empresa, fiscalmente y de cara al IVA lo que vale es la factura y no el justificante.
No es que me quiera meter contigo. Una factura el tal cuando pone "cobrado", "pagado" o similar y la firma del que cobra. De cara al IVA la máquina ha de comprobar que esa determinada factura se ha pagado. (Creo que esa máquina la llaman Rita)
Insisto lo que vale es el justificante.
Pregunta lo del formato porque lo más seguro que las reciba en Linux. Y así me será fácil guarfarlas.
Hay de todo. Nosotros las enviamos siempre en PDF, pero nuestros proveedores, la gran mayoría, nos las envían en PDF o en HTML en el propio mensaje. También hay algun "chapucillas" que te manda un DOC, un XLS o una imagen a pelo :D , pero son los menos.
Hoy día, también empieza a ser habitual poder descargártelas de su web con tu cuenta de acceso, pero ésto depende mucho del sector en que te muevas o mejor dicho, en el que se mueva tu proveedor. En este caso suelen estar generalmente en formato HTML o PDF.
En cualquiera de los casos, esa factura tiene total validez a efectos tributarios, independientemente de su pago, como te comenta Tarod26, pero siempre y cuando la factura venga debidamente cumplimentada. Ésto es, con los datos fiscales completos tanto del emisor como del destinatario, la fecha de emisión, número de factura e importes con impuestos o retenciones desglosadas.
Otra cosa es el pago de la misma. En pagos en metálico es conveniente tener firmado un recibo, pero en el resto de casos el comprobante del medio de pago empleado (transferencia, tarjeta, recibo domiciliado ...) es suficiente como justificante del mismo.