Hola amigos. Vista la ofensiva por parte de las operadoras con el aumento descomunal de las tarifas (sobretodo la de establecimiento de llamada), y dado que hay mucha gente preguntando lo mismo en varios posts de este foro, propongo reunir toda la información de que dispongamos y nuestras experiencias al tratar de rescindir el Contrato con nuestro operador por no aceptar las nuevas tarifas.
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NUEVAS TARIFAS
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Movistar: [Enlace]
Vodafone: No Anunciado Todavía
Orange: [Enlace]
Yoigo: No Anunciado Todavía
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REAL DECRETO 424/2005
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Artículo 107. Modificaciones Contractuales
Cualquier propuesta de modificación de las condiciones
contractuales, incluidas las mencionadas en el artículo
105.2, deberá ser comunicada al abonado con una
antelación mínima de un mes, en la que se informará, al
mismo tiempo, del derecho del abonado a resolver anticipadamente
el contrato sin penalización alguna en caso de
no aceptación de las nuevas condiciones.
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RESPUESTA DE USUARIOSTELECO.ES ANTE ESTE TEMA
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Gracias al usuario badec, que preguntó a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones sobre la posible exigencia por parte del operador de hacernos pagar la penalización de subvención del terminal por baja anticipada, tenemos esta interesante respuesta:
Estimado Sr.,
En relación a su consulta recibida a través de nuestra pagina web el día 24 de Enero de 2007, le informamos de lo siguiente:
Los operadores pueden realizar modificaciones en los contratos avisándolo al abonado con un mes de antelación. Además tienen que informar en la notificación del derecho del abonado a darse de baja sin penalización alguna si no está de acuerdo con las nuevas condiciones.
Si le facturan dicha penalización puede presentar una reclamación ante el operador. Puede ser por teléfono siempre que le den un número de reclamación o de identificación de su llamada, también puede ser por escrito mediante correo certificado o de burofax con acuse de recibo a la dirección de la sede social del operador.
Si en el plazo máximo de un mes no obtiene respuesta o no le satisface puede continuar con el procedimiento de reclamación a través de la Junta Arbitral de Consumo de su provincia o de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
Recuerde que para cualquier duda o consulta , puede contactar con nosotros a través del numero 901 33 66 99 o bien en nuestra web www.usuariosteleco.es'
Según he podido leer por aquí, desde Movistar en su CRC ya están diciendo que la exigencia de permanencia es independiente del contrato. Esto es a todas luces falso, pues la exigencia de permanencia es una mera cláusula dentro del contrato, que según el RD 424/2005, si el cliente rechaza la modificación de dicho contrato firmado por ambas partes, esto no le acarreará penalización alguna, y por tanto queda incluida la penalización por baja anticipada.
Yo tengo Vodafone, y de momento estoy a la espera de que anuncien sus nuevas tarifas para mandarles a tomar viento.
Ojalá Yoigo y los OMVs no sigan la estela de estos atracadores.