Las cláusulas administrativas y particulares de la subasta de la banda de 700 MHz imponen a las operadoras ofrecer cobertura en el 100% de ciertos municipios e infraestructuras antes del 30/06/2025 (siendo Movistar la compañía con más obligaciones por ser ganadora del bloque 1), según las cláusulas 24 y 25.
Para comprobar el cumplimiento de estas obligaciones, en la cláusula 26 se especifican los "Parámetros técnicos de las obligaciones de cobertura". Por ejemplo, para municipios con cobertura obligada, debe haber un nivel de señal mínimo de -110 dBm con una probabilidad del 90 %. Sin embargo, no me queda del todo claro qué significa la "probabilidad del 90%". ¿Se refiere al 90% del territorio, de la población, el 90% de las muestras tomadas en el mismo sitio…?
Esto me preocupa especialmente porque estos municipios han sido excluidos de las próximas ayudas al despliegue de 4G:
En la identificación de las zonas elegibles se han excluido los municipios y las carreteras en las que se han establecido obligaciones de cobertura, incluidas en los Apéndices II, VI, X y XI, del pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por subasta de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 700 MHz, aprobado por la Orden ETD/534/2021, de 26 de mayo.
En el mapa preliminar de la consulta podéis comprobar cómo los municipios con obligación de cobertura por la subasta de 700MHz no tienen ninguna zona elegible para la ayuda, aún cuando algunos de ellos tienen zonas con construcciones sin ningún tipo de cobertura móvil por su orografía.
Solo se me ocurren dos razones para que hayan sido excluidos completamente:
- Que la obligación de cobertura por la subasta pretenda llegar al 100% del municipio (por tanto lo del 90% significa otra cosa).
- Que pretendan esperar a la convocatoria de 2025 o 2026 de estas nuevas ayudas para saber qué zonas quedan sin cobertura tras el despliegue de la banda 700MHz.
¿Qué opináis al respecto?