Apreciados Todos,
Intentaré aportar un poco más de datos ya que efectivamente las noticias siempre son un poco limitadas.
Como indicado en el CNAF (Cuadro Nacional de Asignación de Frecuencias) avancedigital.gob.es/es-es/Paginas/index.aspx Nota de Uso 107 los canales entre los 3400 MHz y los 3600 MHz están destinados al acceso inalámbrico de banda ancha (BWA) y se indica que hay unas subbandas para uso militar, concretamente desde 3485-3495 MHz y 3585-3595 MHz. La restante parta de banda está canalizada en canales máximos de 20 MHz.
El uso de la banda, hasta hace 2 años creo recordar, solo era para tecnología LMDS y con enlaces de servicio fijo Punto a Punto.
La normativa europeo Decisión 2008/411/CE introdujo la harmonización del espectro en toda Europa, fijo el uso del espectro para BWA y además indico que fuera agnóstico a la tecnología de acceso de banda ancha empleada.
Actualmente, las tecnología estándar propuestas en todo el mundo para esa banda son la tecnología 802.16 conocida como WiMAX y el actual LTE como indicado por la 3GPP. Pero, en realidad, no marca que estándar emplear para hacer BWA. Eso sí, cualquier equipo se emplee, propietario o no, deberá cumplir una serie de restricciones tecnológicas para la armonización del espectro y además con las directivas europeas y española sobre equipamiento electrónico.
Por lo tanto, un equipo con chip 802.11 emitiendo en 3.5 GHz no tiene porqué ser valido. Requiere que lleve sus Declaration of Conformity (DoC) para cumplir.
Por otro lado, referente a quien puede y quien no puede transmitir en esa banda:
- Se trata de banda licenciada. Por lo tanto SOLO las empresas con una licencia asignada por la secretaría de telecomunicaciones o adjudicatarias de una subasignación de la misma podrán emitir en esa banda y SOLO en los canales indicados por la secretaría.
- No puede haber dos empresas emitiendo en la misma zona en los mismos canales. Eso es punible por ley con sanciones muy elevadas. El objetivo de una banda licenciada es justamente evitar las interferencias y poder emitir a potencias radio mas elevadas que las previstas, por ejemplo, en bandas de uso común. A esa condición se le dice uso privativo del espectro en contra del uso común.
- En España, en su día, se entregó, bajo una subasta, una serie de 2 bloques de 20 MHz cada uno a 4 empresas diferentes (lo que queda libre es de uso militar y unos MHz de guarda para proteger el servicio de BWA). Una de ella es ONO que en 2009 devolvió dicha licencia como se puede leer en la página del ministerio indicada arriba. Hay muchas empresas que dicen que tienen subasignanda la banda de ONO, eso es falso, es ilegal, de lo contrario debería estar indicado en esa página. Básicamente se trata de piratas que incumplen la ley regularmente. Los demás operadores son Clearwire (Ahora Grupo Cartuja), Telefónica (Iberbanda), Neo-Sky.
- Concretamente, Eurona Telecom, es asignataria desde hace tiempo en varios municipios de espectro de NeoSky como bien indicado en la página del ministerio. Por lo tanto en esos municipios no podrá haber nadie transmitiendo en los mismos canales que Eurona.
- Y desde ahora Eurona Telecom, como indicado en la página del ministerio, ha conseguido otra subasignación del espectro de Cartuja pero para toda España. Por lo tanto, no puede haber ninguna otra empresa transmitiendo en los mismos canales que Eurona en todo el territorio español.
Las trasmisiones de banda ancha de Eurona en esos canales por lo tanto deberán estar protegidas frente a interferencia siempre y cuando no aparezcan piratas para los cuales solo hay un camino, el apagado inmediato de todo equipo radio y el cumplimiento de sus obligaciones legales frente a la Jefatura Provincial que corresponda.