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Cálculo de la retención de IRPF cuando no has trabajado el año completo

BocaDePez

Tengo una duda con la retención del IRPF cuando no se trabaja el año completo.

Supongamos que tienes un sueldo bruto de 20000 €/año y a eso le corresponde un IRPF del 10% (por ejemplo).

Simplificando para el ejemplo, esto en 12 pagas serían 1666€ brutos que después de quitarle el IRPF serían 1500€ netos

¿Qué ocurre si empiezas a trabajar en septiembre y el resto del año no has tenido pagadores?

  1. El IRPF se sigue calculando sobre los 20000 €/año bruto y por lo tanto vas a cobrar 1500€ netos al mes.
  2. O se calcula sobre los 6666€ brutos que vas a cobrar en esos 4 meses y al ser un sueldo inferior a los 14000€ no tienes que pagar IRPF y por lo tanto ¿cobrarías los 1666€ netos?

Gracias

BocaDePez
1

Cada ejercicio fiscal comprende del 1 enero al 31 de diciembre… da igual que empieces en febrero a cobrar o en abril…

BocaDePez

A eso me refiero

si se empieza el 1 de enero ese año has ganado 20000€ brutos

pero si has empezado el 1 de septiembre, ese año has ganado 6666€ brutos

entonces pagas el mismo IRPF que si fueses trabajado todos los meses del año o págs solo por la cantidad que realmente has cobrado, independientemente de los meses trabajados y la retención sería mucho mejor o nula?

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BocaDePez

La retencion se he calcular por lo que vas a cobrar al final de año. si el pagador sabe que vas a conrar 6666 te ha de retener sobre eso.

hacienda no se preocupa de que se te retenga de mas, pues ya te lo devolvera cuando toque hacer la liquidacion.

lo que si se preocupa es que se retenga de menos y la multa es para ti pues eres el sujeto del impuesto.

superefren

Se te aplica por tiempo trabajado, siendo el máximo posible el año natural/fiscal (1 enero - 31 diciembre).

Si por ejemplo trabajas 7 meses y el sueldo en bruto para esos 7 meses es de por ejemplo, 7000€, te pasarán 3 cosas:

  • "No necesitas" presentar la declaración de la renta, dado que el mínimo para hacerlo son 22000€ (puede cambiar cada año).
  • Dado que no llegas al mínimo de los 22000€ para este año, la retención que te aplicarán en la empresa será la del 2%, por lo que tu salario neto este año será más alto que en los siguientes; si tu bruto anual supera esos 22000€, la empresa automáticamente te ajusta la retención para que te salga, si no tienes nada adicional, "lo comido por lo servido". Puedes pedir que te incremente la retención pero nunca lo podrás reducir a no ser que tengas desgravaciones (minusvalías, hijos a cargo…).
  • Te entrecomillo lo de no presentar la declaración, porque al no llegar al mínimo, preséntala igualmente, dado que el IRPF que te hayan retenido te lo devolverán (y es tuyo). Si no, se lo queda el Estado.
  • El tramo de IRPF que te aplicarían es del 19% dado que es el mínimo, pero al no tener obligatoriedad de presentarla, lo que hayas retenido te lo devolverán si no tienes nada más añadido.

Ahora, por ejemplo, el bruto es de 40000€:

  • El tramo de tributación del IRPF sería del 37%.
  • Como no vas a llegar a esos 40000€ dado que no hay tiempo físico, la suma del bruto estará alrededor de los 25000€, por lo que tendrás una retención por parte de la empresa más baja a la del siguiente año (este año tendrás más neto disponible) y el tramo de retención de IRPF de hacienda será del 24%.
  • Al año siguiente, ya estarás al 37%, la empresa te retendrá más, y bajará tu sueldo neto.

Guíate siempre por el bruto que cobrarás a final de año, utilizando la parte proporcional en este caso, y utiliza las tablas de IRPF que salen para el año fiscal.

Espero haber aclarado tus dudas. Un saludo!

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BocaDePez

Muchisimas gracias por la explicación, muy currada

Me ha salido una duda, pero supongo que será que no lo entiendo bien.

Supongamos que ganas 20000 brutos y la empresa te retiene un 10% y has trabajado todo el año, por lo que lo has cobrado todo, esos aproximadamente 18000€ netos

al no haber llegado a los 22000 mínimos de la renta, si presento la declaración, me tienen que devolver esos 2000€ que me han retenido?

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superefren

Correcto; pero normalmente si la empresa calcula que no vas a llegar al minimo, ya te retiene un 2% que es el minimo.

Si no tienes ni un segundo pagador, ni nada a tu nombre, deberia devolverte lo retenido.

Saludos.

vukits

el irpf se calcula sobre la cantidad total de dinero percibida en el año natural.

no, en estimaciones y previsiones teoricas…

al igual que los autonomos, vaya (parecido)