Se te aplica por tiempo trabajado, siendo el máximo posible el año natural/fiscal (1 enero - 31 diciembre).
Si por ejemplo trabajas 7 meses y el sueldo en bruto para esos 7 meses es de por ejemplo, 7000€, te pasarán 3 cosas:
- "No necesitas" presentar la declaración de la renta, dado que el mínimo para hacerlo son 22000€ (puede cambiar cada año).
- Dado que no llegas al mínimo de los 22000€ para este año, la retención que te aplicarán en la empresa será la del 2%, por lo que tu salario neto este año será más alto que en los siguientes; si tu bruto anual supera esos 22000€, la empresa automáticamente te ajusta la retención para que te salga, si no tienes nada adicional, "lo comido por lo servido". Puedes pedir que te incremente la retención pero nunca lo podrás reducir a no ser que tengas desgravaciones (minusvalías, hijos a cargo…).
- Te entrecomillo lo de no presentar la declaración, porque al no llegar al mínimo, preséntala igualmente, dado que el IRPF que te hayan retenido te lo devolverán (y es tuyo). Si no, se lo queda el Estado.
- El tramo de IRPF que te aplicarían es del 19% dado que es el mínimo, pero al no tener obligatoriedad de presentarla, lo que hayas retenido te lo devolverán si no tienes nada más añadido.
Ahora, por ejemplo, el bruto es de 40000€:
- El tramo de tributación del IRPF sería del 37%.
- Como no vas a llegar a esos 40000€ dado que no hay tiempo físico, la suma del bruto estará alrededor de los 25000€, por lo que tendrás una retención por parte de la empresa más baja a la del siguiente año (este año tendrás más neto disponible) y el tramo de retención de IRPF de hacienda será del 24%.
- Al año siguiente, ya estarás al 37%, la empresa te retendrá más, y bajará tu sueldo neto.
Guíate siempre por el bruto que cobrarás a final de año, utilizando la parte proporcional en este caso, y utiliza las tablas de IRPF que salen para el año fiscal.
Espero haber aclarado tus dudas. Un saludo!