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¿Denunciar por impago de alquiler a uno de los inquilinos o a los dos?

BocaDePez

Tengo a un matrimonio como inquilinos de vivienda (así aparecen los dos en el contrato) que me deben unos 577 € de rentas.

Próximamente interpondré un proceso monitorio para exigirles judicialmente el pago de lo debido. Al ser la deuda menor de 2000 € puedo realizar la denuncia yo solo sin obligación de abogado o procurador. Mi duda está en si debo denunciar solamente a uno de los inquilinos o puedo, en el mismo impreso, denunciar a los dos. En el proceso monitorio se puede obtener la devolución de lo pendiente mediante embargo de bienes (banco, nómina trabajo, vehículos...) pero como no sé si la titularidad de bienes es de uno u otro inquilino, ¿puedo legalmente denunciarlos a los dos para no fallar con el embargo?

PD: al no especificarse en el contrato que la responsabilidad es mancomunada (cada inquilino paga su parte proporcional), la jurisprudencia indica que la responsabilidad se considera automáticamente (tácitamente) como solidaria (a cada inquilino se le puede exigir el pago total de la deuda).

Un saludo.

rbetancor
1

Aunque este no es un foro para plantear cuestiones legales ... te voy a contestar de lo que yo sé.

1- La denuncia siempre se ha de hacer contra los titulares del contrato, si es uno, uno .. si son dos, dos ... si son 50, a los 50. No es necesario un escrito por cada titular, el mismo escrito los denuncias a los dos.

2- Un monitorio NO te permite obtener la devolución de NADA y mucho menos vía embargo de bienes. El monitorio es un "tu dices que te deben, y ellos pueden contestar que no reconocen la deuda" y ya está monitorio cerrado y te tocará ir por la vía civil.

3- Que yo sepa, en un contrato de alquiler, no se puede especificar si la responsabilidad es mancomunada o solidaria. Es siempre solidaria, incluso con los avalistas, si los hubiera.

🗨️ 11
BocaDePez

Muchas gracias, amigo, por su respuesta. Tomo nota.

Un saludo.

Lobo Anonimo

Sobre el punto 2: Si los inquilinos no se presentan ni se no se oponen a la deuda, a los 20 dias (despues del juicio monitorio) puedes solicitar la ejecucion de esos 577 euros. Directamente se embargarian sus cuentas, nominas, vehiculos, etc.

Es posible que se opongan, pero el escrito de oposicion debe hacerse de forma "fundada y motivada". Es muy dificil que se opongan, ya que tendrian que mostrar recibos de pago o demostrar de otra manera que no estan obligados a pagarlo.

Ten tambien en cuenta que este proceso puede durar meses. Yo tuve un juicio monitorio que tardó 10 meses... En España todo va a su tiempo..

🗨️ 8
rbetancor

De acuerdo en todo, menos en lo del embargo, de un monitorio JAMAS sale un embargo, sale un (no se el nombre legal técnico) "derecho de cobro" ... luego tienes que pedir al juzgado que lo ejecute y eso es OTRO procedimiento.

El mónitorio, solo es un "procedimiento rápido" para intentar liquidar deudas de mutuo acuerdo o por incomparecencia.

Por cierto ... que no te presentes al monitorio tampoco le da la razón de forma directa y automática a la parte contraria en su reclamación, el juez puede, de oficio, denegar la reclamación (y lo sé, porque me pasó en carne propia)

🗨️ 1
BocaDePez

Gracias de nuevo, rbetancor.

En realidad es un juicio verbal lo que oficialmente interpongo. Pero por alguna razón que no sé, mi juzgado comienza con un monitorio, tal y como señala el amigo MrRex. Pasado el plazo de 20 días, si el demandado no paga o no se opone, se da por cerrado el proceso y solo cabe solicitar embargo contra el deudor: durante 5 años se puede solicitar varias veces el embargo hasta satisfacer la deuda pendiente.

En el caso de que el deudor se oponga, también se cierra el monitorio y solamente me queda solicitar el juicio verbal directamente (sin tener que volver a denunciar).

Un saludo.

BocaDePez

Gracias, amigo, por su respuesta.

Hay deudores que se oponen, aunque sea de forma fútil, solamente para ganar unos meses y así cambiar de titularidad sus bienes.

Un saludo.

🗨️ 5
Lobo Anonimo

Sinceramente el cambio de bienes es aun peor a largo plazo. Se llama delito de alzamiento de bienes y esta penado con 1-4 años de carcel.

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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
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rbetancor
rbetancor
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Josh

En Offtopic se puede plantear lo que sea. Otra cosa es que haya gente que controle del tema 😉

vukits

Sobre el papel , todo es muy bonito.

Si les denuncias, te dejaran de pagar. Así que es mejor reclamarles, cuando se hayan ido.

Mientras la deuda no supere 1000€ por persona, no merece la pena reclamar por vía judicial.

BocaDePez

Hola, ¿cómo están?

Soy el que empezó este hilo. Les cuento que interpuse el monitorio a finales de noviembre. Una vez presentado se lo enseñé a los inquilinos. El proceso está todavía en trámite (ni yo ni los inquilinos hemos recibido ningún comunicado de los juzgados) pero hace una semana los inquilinos me lo han pagado todo y yo les he entregado los recibos pendientes.

Ahora debo quitar el proceso presentando. Me han dicho que tengo que presentar en los juzgados una súplica con mis datos y firmada para solicitar que retiren el monitorio. Ya tengo el impreso a entregar pero, disculpen mi ignorancia, no sé qué debo exactamente escribir.

La estructura del impreso es más o menos así:

AL JUZGADO DE:___________

Procedimiento:____________

(mi datos personales)

Por medio del presente ___________________________________

________________________________________

________________________________________

Al Juzgado Suplico ________________________

_____________________________________

Es Justicia que pido en (ciudad) a _______ de _______ de __________

(mi firma)

Ruego nuevamente me disculpen porque no soy abogado. Hasta ahora había presentado monitorios por impago de alquiler pero esto es nuevo para mí.

Saludos.