Vamos a ver, si segun la LSSI los prestadores de servicios no son responsables de lo que hagan sus clientes, pongamos en este caso cualquier usuario de adsl de telefonica.net y este esta haciendo las gestiones mediante le proxy obligatorio impuesto por telefonica.
¿contra quien actua la justicia?
Si la ip responsable es la del proxy en cuestion y esto no pueden tener ningun log de las conexiones efectuadas por los usuarios para hecharle la culpa a alguien, vamos que entonces se considera que Telefonica de España complice necesario en esta clase de delitos dado que dicho proxy alienta a los usuarios a cometer este tipo de delitos dado que gozan de una completa impunidad ante la ley.
Este particular seguramente en breve sera abordado por las pertinestes autoridades, por que si no vaya ley tenemos en españa, y si la LSSI sigue vigente tali como esta y los prestadores de servicio son impunes a lo que hagan sus clientes lo unico que pueden hacer es prohibir en españa el uso de dicho proxys, por que la otra opcion seria loguear lo que hace cada uusario y eso es antiinscustitucional (Derecho a la Intimidad Personal) y tamien violaria la ley de protección de datos.
Os agradeceria que aportaseis mas cosas a esto, a ver si juntamos todo y redactamos un documento para presentarlo ante la secretaria de telecomunicaciones española o en su defecto europea (donde ahi telefonica, auna cable, etc son unas de tantas).
Si estais interesados en ayudar a este respecto enviad los comentarios y la informacion a antonio@hispaser.com.