no sé ver donde pone la velocidad mínima de mi ADSL a 6 mg, normalmente siempre me ha ido bien, pero me gustaría saberla. No logro encontrar en el contrato ni en la web dicha velocidad mínima, ¿alguien lo sabe? Creo que la ley les obliga a poner las condiciones del servicio, pero no pone nada concreto o al menos no lo he sabido ver.
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¿Cuál es la velocidad mínima en Jazztel?
La ley obliga al servicio mayorista de Telefónica a ofrecer un 10% como mínimo. En cuanto a Jazztel la ley lo que dice es que tiene que decir en el contrato cuales son los parámetros de calidad que va a ofrecer.
En el contrato de Jazzel sale un apartado referente a eso y se lavan las manos indicando que ofrecen parámetros de calidad correspondientes con lo que diga la ley. O lo es que lo mismo que no dicen nada.
Si te va muy lento primero mira si es tu velocidad de sincronización es correcta y despúes mira si llegas al 10-25%, si estas por debajo de forma continuada llamas a Jazztel y les dices siempre una velocidad por debajo del 10%, sino igual te dicen que no te abren incidencia.
por contrato creo que no garantizan nada, pero vamos, siempre intentan que vaya al 100% y lo consiguen bastante bien. Si quieres garantías.. pues telefónica empresas. Eso sí, pagando :P
La minima es 1 Kbps, otra cosa es que tu permitas eso o no xDDDD
Como dice Luke, si quieres garantías, vete a Japón xDDDDDDDDDDDDDDDDDD
eentonces se pasan esto por el forro, ¿no?
(link roto)
Los operadores ofrecen distintas modalidades de acceso a internet en banda ancha, algunas de ellas con velocidades de acceso mínimas garantizadas.
Qué se saltan?
"Los compromisos de velocidad mínima garantizada por los operadores vendrán determinados por lo establecido en el contrato de alta del servicio."
Yo no sé ver esto en mi contrato.
1- OBJETIVO DEL CONTRATO. Por el presente Contrato, la persona física o jurídica (en adelante el “Cliente”), cuyos datos se recogen en el apartado “Datos del Cliente” del presente documento, se abona al uno o más servicios prestados por JAZZTEL, entre los que se encuentra el servicio telefónico fijo disponible al público en su modalidad de acceso directo, (en adelante, el “Servicio” o los "Servicios"), de acuerdo con la Oferta Comercial realizada por JAZZTEL cuyas características se encuentran en www.jazztel.com, que el Cliente declara conocer y aceptar. JAZZTEL activará cada uno de los Servicios en el plazo máximo indicado en las cláusulas específicas correspondientes a cada uno de los Servicios. JAZZTEL intentará asegurar un nivel de calidad acorde con los Servicios y como mínimo se compromete a asegurar los niveles de calidad exigidos por la normativa de calidad, y que se encuentran disponibles en www.jazztel.com. El servicio de acceso a Internet contratado podrá alcanzar la velocidad de hasta 20 Megas o hasta 6 Megas en función de su ubicación y zona de cobertura. La baja del servicio de ADSL hasta 20 Megas o del servicio telefónico con línea incluida supondrá la baja total del servicio, no pudiendo mantenerse ninguno de los componentes por separado con las características de esta Oferta. Este servicio se presta al Cliente en calidad de Cliente final, para su uso exclusivo en su domicilio, en ningún caso podrá el Cliente revender o distribuir el servicio a terceros.
¿Alguien ha visto publicados en la web de Jazztel los niveles de calidad?
aqui seguro que viene:
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/…32-2003.html
viene de todo, solo que hay que encontrar lo que buscas
cito de :(link roto)
"Los contratos a los que se refiere el apartado anterior
precisarán, como mínimo, los siguientes aspectos:
a) El nombre o razón social del operador y el domicilio
de su sede o establecimiento principal.
b) El teléfono de atención al cliente.
c) Las características del servicio ofrecido, con indicación
del plazo de la conexión inicial, la descripción de
cada una de las prestaciones incluidas en el contrato, con
la indicación de qué conceptos se incluyen respectivamente
en la cuota de abono y, en su caso, en otras cuotas.
Asimismo, figurará el derecho de desconexión, en su caso,
y su modo de ejercicio, en los supuestos del artículo 113.
d) Los niveles individuales de calidad de servicio
que el operador se compromete a ofrecer y los supuestos
en que su incumplimiento dé derecho a exigir una indemnización,
así como su método de cálculo. A tales efectos,
los operadores deberán utilizar los parámetros y métodos
de medida que, en su caso, determine el Ministerio de
Industria, Turismo y Comercio."
creo que en el contrato que nos dan se pasan por el forro la los apartados c y d. En el mío no pone nada de "plazo de conexión inicial" ni especifica los "niveles individuales de calidad de servicio" Si alguien sabe ver donde esta, que me lo diga
Todo esto supongo que viene porque se ha publicado por ahi que los ADSL2+ de Telefonica unicamente garantizan 800/64 de caudal mínimo. (menuda ridiculez)
yo hace tiempo lo publiqué y nadie me lo supo decir, pero como llevo más de 100 días que me toman el pelo con la migración de 6 a 20 mb, pues a lo mejor les presento una reclamación y pondría todas las cositas que ellos hacen, como lo de no enviarme la copia del contrato, no saber cuales son los niveles de calidad que tienen, mentir e nlos tiempos de alta del servicio.
Telefonica garantiza el 10% de la velocidad ATM, ¿que es la velocidad ATM? (la velocidad a la que sincronizas, no?, no a la contratada? o me equivoco?
pues quiza es dentro de su red atm, o sea sin ni siquiera llegar al "mundo" ip..
vamos, que las garantias en conexiones residenciales yo las tomo como inexistentes. Si quieres garantías te vas a conexiones para empresas, caras eso sí..