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¿Contrato arrendamiento sin posibilidad de empadronar?

BocaDePez
BocaDePez

Hola, buenas.

Tengo que hacer un contrato de empadronamiento de un año (prorrogable obligatoriamente a 5) y quisiera saber si es posible especificar en el mismo la imposibilidad de que, aparte de los inquilinos reflejados en el contrato, nadie más pueda empadronarse en la vivienda, ya que la ley permite que el inquilino pueda empadronar a quien quiera en la casa.

Muchas gracias.

BocaDePez
BocaDePez

Perdón, se me olvidaba. ¿Se pude especificar que solamente algún familiar de los inquilinos sí pueda empadronarse, pero otras personas no?

Muchas gracias.

vukits

No veo en qué te afecta a ti si los inquilinos empadronan a fulanito o menganito.

saludos

francis31

El empadronamiento es un derecho que no se puede regular en contrato privado y al que a tí, como propietario, no afecta en absoluto.

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BocaDePez
BocaDePez

Gracias a los dos por las respuestas.

Con lo que Vds. contestan significa que, aunque estén empadronadas terceras personas en la vivienda, éstas nunca podrán exigirme derechos en relación con el arrendamiento, ya que esas personas no figuran en el contrato de arrendamiento como inquilinos y yo puedo exigir que se vayan de ella en cualquier momento y sin deberles compensación ninguna. ¿Es así?

Además, tengo especificado en el contrato que queda prohibidos la cesión, subarriendo, hospedaje, acogida, etc. de la vivienda.

Un saludo.

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BocaDePez
BocaDePez

Hola,

No puedes exigir que se vayan en cualquier momento.

Cuando tú arrendas esa vivienda, el arrendatario puede unilateralmente prorrogar el contrato por 5 años, aunque inicialmente sea de 1. Durante este periodo no puedes exigir al arrendatario que abandone la vivienda, ni mucho menos echarle (entrar en el piso solamente sin su consentimiento sería allanamiento de morada, que es un delito según el CP).

Con la nueva ley, me parece que sólo puedes emprender acciones judiciales en el supuesto de que el arrendatario te deba más de 3 meses de alquiler. Antes de esta ley, ni eso.

Si tienes dudas acerca de la seriedad del inquilino, mi consejo es que no le arrendes. Que sigas buscando hasta que encuentres a alguien que no te haga pensar en eso, vaya. Y si la vivienda está en la Comunidad de Madrid, haz el contrato a través de la consejeria de vivienda, que sin pagar ni un duro, te proporcionan peritos, abogados, seguro de impagos... para ayudarte con todos los lios que te puedan surgir.

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BocaDePez
BocaDePez

Gracias por su respuesta.

Tiene Ud. toda la razón en lo que dice. Pero yo no me estoy refiriendo a los inquilinos que figuran en el contrato, sino a las personas que los inquilinos puedan empadronar en mi vivienda. Esos, al no figurar en el contrato, teóricamente no serán inquilinos y no deben de tener los derechos de estos últimos, ¿no? Y como especifico explícitamente en el contrato que no admito que vivan en la casa ningún tipo de persona ajena a los inquilinos, pues no debe de haber impedimento legal para exigir que se vayan (si me entero que viven allí).

Un cordial saludo.

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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Si tienes dudas, mejor busca ayuda profesional, que para eso son especialistas.

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BocaDePez
BocaDePez

Gracias por su respuesta, pero creo que esos especialistas cobran no muy barato y yo estoy ahora mismo en el desempleo (está de moda).

Saludos.

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BocaDePez
BocaDePez

Pues jugártela a tener problemas con los inquilinos por tratar de solucionar tus dudas legales en un foro de internet no parece la mejor solución, si no quieres problemas legales lo mejor es vender el piso y olvidarte de alquilarlo.

Otra opción es contratar un seguro de alquiler, de modo que sea la aseguradora la que se encargue de los posibles impagos o problemas legales.