BandaAncha

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Contestación de Telefónica a bloqueos de LaLiga a Usuarios Teleco

redcupyt
13

Adjunto la contestación de Telefónica a Usuarios Teleco por la reclamación que puse por los bloqueos:

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Tengo 15 dias para alegar…

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lordman
3

Es una contestación bastante vergonzosa pero totalmente imaginable, a mi por lo menos no me sorprende para nada.

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redcupyt
2

totalmente, lo he subido sin recortar ya que tampoco me afecta que aparezca mi nombre y apellidos :)

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lordman
1

El nombre y apellidos igual te da igual, pero el teléfono no se yo…

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redcupyt
1

Lo he editado, no es mi linea principal pero por si las moscas, gracias por el aviso :)

RaulWhite
3

He recibido exactamente la misma respuesta, palabra por palabra. Lo único que cambia es la fecha y el nombre.

No nos dicen nada nuevo que no sepamos ya, y que nos mandan a paseo porque ellos están "con las manos atadas" por una sentencia judicial que acatan.

Amenhotep

Creo que el quid de la cuestión es que el juez indica que el bloqueo no debe perjudicar a terceros y eso se lo salta Movistar, lo omite intencionadamente.

Las IP no realizan en exclusiva actividades supuestamente ilicitas sino que se comparten por muchos usuarios que no las realizan que son la mayoría.

Bloquear la IP en esas circunstancias equivale a detener a todos los habitantes de un bloque de viviendas porque un vecino realice un acto ilegal.

Por lo tanto es recurrible. Movistar actua como parte interesada interpretando la sentencia de acuerdo a sus intereses no como mero ejecutor de la sentencia respetando su letra y espíritu.

🗨️ 4
pastor de becerros

Esa respuesta la habran escrito los abogados de la compñia por lo que habran tenido en cuenta lo que comentas en su redactado y tambien para un posible recurso

🗨️ 2
Amenhotep

Que unos abogados redacten un respuesta no significa que ésta no sea recurrible o que sea ajustada a la ley. El abogado defiende los intereses de su cliente, no el interés general.

🗨️ 1
pastor de becerros
1

Ya y yo te he dicho que tendran preparada tanbien su defensa para ese recurso

redcupyt

He contestado basandome en eso :)

redcupyt
7

Mi contestación

HECHOS

  1. Mediante escrito de fecha 5 de mayo de 2025, Telefónica Móviles España S.A.U. ha respondido a mi reclamación en relación con el bloqueo de direcciones IP que afectaron al servicio de Internet contratado con dicha compañía.
  2. En dicho escrito, Telefónica se ampara en la Sentencia 310/2024 del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona, indicando que actúa en cumplimiento de lo ordenado judicialmente en relación con la protección de derechos de propiedad intelectual de LaLiga.
  3. Sin embargo, el bloqueo aplicado ha afectado a una parte del tráfico legítimo e incluso a servicios web no vinculados con los contenidos protegidos, dado que muchas de las IP bloqueadas pertenecen a proveedores de CDN (como Cloudflare), lo que ha supuesto un perjuicio real a mi experiencia de navegación y acceso a servicios legítimos.
  4. El Auto n.º 295/2025 al que Telefónica hace referencia, lejos de probar la inexistencia de perjuicio, simplemente indica que no se acreditaron suficientemente en el incidente de nulidad de actuaciones, lo cual no puede interpretarse como que no existan, sino que no fueron oportunamente probados en aquel trámite procesal específico.
  5. No se me ha proporcionado información específica sobre qué IPs fueron bloqueadas, cuándo exactamente se aplicaron los bloqueos, ni si existió un mecanismo para excluir del bloqueo recursos legítimos afectados colateralmente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. El artículo 11.2 de la Ley 34/2002 establece que la retirada o bloqueo de contenidos debe hacerse con las debidas garantías y evitando en lo posible daños colaterales a terceros no involucrados en las infracciones.
  2. La jurisprudencia nacional y europea establece la necesidad de proporcionalidad en las medidas que restringen el acceso a servicios de Internet, en especial cuando pueden vulnerar derechos fundamentales como el acceso a la información, la libre comunicación y el derecho a la tutela judicial efectiva.
  3. La falta de transparencia en el proceso de bloqueo y la ausencia de mecanismos de control, revisión o exclusión de recursos legítimos afectan de manera directa al consumidor final y pueden suponer un uso excesivo o desproporcionado de las órdenes judiciales.

CONCLUSIÓN

Por todo lo expuesto, solicito que se valore si la actuación de Telefónica ha vulnerado derechos del consumidor y ha incurrido en responsabilidad por una implementación inadecuada de los bloqueos, afectando a servicios legítimos sin causa justificada ni aviso previo, y en su caso, se adopten las medidas oportunas.

🗨️ 2
Salinger66
1

ya, pero el auto que mencionan (y mencionas) indica claramente que nadie pudo probar la existencia de daños, y ahi esta la clave.

Uno puede decir que le hace mucho daño, pero para anular una acción realizada por mandato es necesario aportar evidencias que justifiquen no aplicar el mandato. Igual una nueva demanda con elementos probatorios seria lo suyo.

Lo triste es que haya que aportar pruebas y el juez no se le ocurra hacer una investigacion que incluya una pericial porque, ¿ como probar que tu experiencia de navegacion se ha visto afectada ?, ¿ y en que medida ?….

Es absurdo, es como soltar veneno al aire y si ningun muerto se queja, aquí no pasa nada porque no hay pruebas del daño. Estos jueces, y luego se quejan……

Aun asi, es sorprendente que con tanto revuelo nadie presentase ninguna evidencia de daños……

Josh
ManuMtz

y los que son clientes Movistar (no o2) o Digi como les retienen si la excusa de que te vas es porque bloquean ips y te afecta a tu teletrabajo? Porque normalemente te intentan retener a toda costa para que no te vayas

MiguelIT

Ayer presenté mi reclamación en Usuarios Teleco, no sé si llegaran a hacer algo, lo que me fastidia es que a nivel profesional he estado de manos mientras han estado los bloqueos, no todos los servicios son el CDN. Cuando me contesten (que deben) lo adjunto.