En una escueta nota de prensa, la CNMC ha autorizado al operador DIGI Spain a cobrar a sus clientes por el uso de sus tarifas bajo Roaming. Se trata de un caso excepcional contemplado por la normativa europea en la que un operador puede solicitar al organismo regulador de su país que se le permita aplicar recargos a sus tarifas de itinerancia.
La CNMC ha atendido esta petición del operador rumano y ha autorizado que la operadora aplique unos recargos inferiores a los que había solicitado, ya que sólo deben cubrir costes que no pueda recuperar al prestar sus servicios regulados de roaming. Estos recargos tendrán validez por un periodo de doce meses.
Más info en: blog.cnmc.es/2017/11/23/un-caso-raro-rar…-el-roaming/ y en elpais.com/economia/2017/11/23/actualida…_081734.html